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28 de mayo de 2010

Se aprueba la prestación por desempleo (paro) para los autónomos

El Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad el dictamen del proyecto de ley que regula la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos, es decir, que los autónomos podrán cobrar paro si cesa su actividad y tendrá una vigencia de entre 6 y 12 meses.

La ley sigue su trámite en el Senado, y se ratificará nuevamente en el congreso y 1 año después de que comience a cotizar los autónomos para la prestación de desempleo, podrá cobrar el paro si cesa su actividad.

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¿Es obligatorio para los autónomos cotizar para la prestación?

El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio. Tendrán derecho a la protección por cese de actividad los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Según la normativa, hay dos tipos de colectivos afectados:

  • Los trabajadores autónomos que obligatoriamente tienen que cotizar por accidentes de trabajo y enfermedad profesional, que son los trabajadores autónomos económicamente dependientes, y los trabajadores autónomos que estén en actividades profesionales con un mayor riesgo de siniestralidad. En este grupo hay aproximadamente 1 millón de trabajadores.
  • Los trabajadores autónomos que voluntariamente opten por cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En la actualidad hay 539.338 trabajadores autónomos que cotizan por esta cobertura.

¿Cuánto dura la prestación?

La duración de la protección está en función de periodo cotizado en los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que, al menos 12 meses deben de ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación:

Periodo cotización Periodo de protección Trabajadores de 60 a 64 años
12 a 17 meses 2 meses 2 meses
18 a 23 meses 3 meses 4 meses
24 a 29 meses 4 meses 6 meses
30 a 35 meses 5 meses 8 meses
36 a 42 meses 6 meses 10 meses
43 a 47 Meses 8 meses 12 meses
48 meses o más 12 meses 12 meses

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La cuantía del subsidio será el 70% de la base por la que se viene cotizando durante los últimos 12 meses anteriores a la situación de cese. Los límites de prestación será entre 589,26€ a 1.397,84€ en el caso de tener 2 o más hijos.

¿Cuál es el coste para los autónomos?

El tipo de cotización para los trabajadores autónomos es del 2,2% de la base de cotización, lo que supondrá un mínimo de 19€ mensuales. Eso sí, el primer año tiene una reducción del 0,5%, lo que significa 18,5€ mensuales.

Sin embargo este coste será mayor para los autónomos que no tenían que cotizar por los accidentes de trabajo que supone otros 15€ a 60€ mensuales.

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208 comments to Se aprueba la prestación por desempleo (paro) para los autónomos

  • ELENA

    HOLA MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE SOY AUTONOMA DESDE HACE 9AÑOS HACE UN AÑO CAI DE BAJA POR ENFERMEDAD LO CUAL TUVE QUE DEJAR DE TRABAJAR EN MI TALLER DE ARREGLOS DE ROPA HE AGOTADO LOS 365 DIAS Y EL INSS, ME DA EL ALTA CUAL SERIAMI SITUACION YA QUE SIGO SIN PODER TRABAJAR TENGO DERECHO A PARO O SEGUIR COTIZANDO DE AUTONOMOS 850 E. CUAL SERIA MI SITUACION ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS ELENA

  • ana belen gonzalez duarte

    Tengo 1 tienda desde hace 4 anos y en septiembre de este ano la cierro, ?tengo derecho a paro?

  • ROLAN

    Hola:
    Mi marido ha sido autónomo varios años, y no ha recibido ningún tipo de ayuda económica, para recibir la ayuda de autonomos cuanto tiempo deben haber estado como tal??. gracias.

  • carmen

    Hola. Mi marido es autonomo desde hace tres años. Por la crisis ha tenido que cerrar su negocio porque ya no era rentable, y ahora le dicen que no tiene derecho a paro. ¿ Por que no si salio la ley el año pasado?

    • Cierto que salió la ley el año pasado.

      Pero para poder percibir el paro tiene que cotizar al menos durante 12 meses y eso aún no es posible, ya que como mucho comenzó a cotizar a partir de noviembre y no ha pasado 12 meses.

      Salu2.

  • Tatiana

    Hola. En qué se diferencian y en qué se parecen la prestación por desempleo y la prestación por ces de actividad de los Autónomos. Gracias.

  • Tati

    Hola, estoy cotizando como autonomo y a la vez estoy dada de alta en el regimen general a jornada completa en otra empresa. Estoy pagando el paro de autonomo desde Diciembre, no tengo el año en ninguno de los dos regimenes, ¿Me corresponderia paro?

    Saludos.

    • En tu caso cotizar el paro en el régimen de autónomos es malgastar el dinero…

      Para poder cobrar el paro tienes que estar en desempleo y mientras que no pierdas ambos trabajo no lo vas a estar.

      Además, por el régimen de autónomos tienes que declarar pérdidas para poderte benenficiar del paro de los autónomos.

      Salu2.

  • Antonio

    hola, soy autonomo desde hace mas de 10 años, desde hace mas de año y medio no tengo trabajo y en diciembre pasado me di de baja de autonomos porque no tengo dinero ni para eso. eso quiere decir que como no estoy dado de alta no podré cobrar la prestación? si es asi entonces en una mierda de prestación. la gente del regimen general cuando pierden su trabajo no les obligan a seguir pagando su seguridad social como si estuvoieran trabajando. ¿ alguien me puede informar, por favor?

    un saludo.

  • reyes

    Soy autonoma, pago por cese de actividad. Que te piden para solicitarlo??????? Pues un autonomo no se da una carta de despido a si mismo, no??? Imagino que luego tendras que justificar que no ganas suficiente para ejercer la actividad, no????
    Un saludo,

  • olga

    mi marido es autonomo,tiene una tienda y trabajando en ella 27 años.desde hace 1 año tuvo que cerrarla obligatoriamente por una operacion quirurgica.actualmente esta de baja y cobrando unos 380 euros deducida la cotizacion de autonomos que esta obligado a pagar todos los meses.esta pendiente de tribunal medico.tiene derecho al paro?gracias.

  • ANGEL SAEZ SANZ

    Buenos dias, mi mujer es autonomo y en el dia de hoy va a traspasar el negocio al que se ha dedicado durante 6 años y medio, ella cuenta con 52 años.
    mi pregunta es:ahora ella se queda en el paro puesto que no tiene actividad ¿tiene derecho a algun tipo de prestacion? ¿puede solicitar el paro o´jubilacion anticipada ó ayuda de algun tipo?
    De antemano agradezco vuestro interes y ayuda.
    Saludos

    • No, no tiene derecho ya que no ha cotizado lo suficiente (si es que lo ha hecho) a la prestación de desempleo de los autónomos que entró en vigor en noviembre de 2010.

      Salu2.

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