El Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad el dictamen del proyecto de ley que regula la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos, es decir, que los autónomos podrán cobrar paro si cesa su actividad y tendrá una vigencia de entre 6 y 12 meses.
La ley sigue su trámite en el Senado, y se ratificará nuevamente en el congreso y 1 año después de que comience a cotizar los autónomos para la prestación de desempleo, podrá cobrar el paro si cesa su actividad.
¿Es obligatorio para los autónomos cotizar para la prestación?
El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio. Tendrán derecho a la protección por cese de actividad los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Según la normativa, hay dos tipos de colectivos afectados:
- Los trabajadores autónomos que obligatoriamente tienen que cotizar por accidentes de trabajo y enfermedad profesional, que son los trabajadores autónomos económicamente dependientes, y los trabajadores autónomos que estén en actividades profesionales con un mayor riesgo de siniestralidad. En este grupo hay aproximadamente 1 millón de trabajadores.
- Los trabajadores autónomos que voluntariamente opten por cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En la actualidad hay 539.338 trabajadores autónomos que cotizan por esta cobertura.
¿Cuánto dura la prestación?
La duración de la protección está en función de periodo cotizado en los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que, al menos 12 meses deben de ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación:
Periodo cotización | Periodo de protección | Trabajadores de 60 a 64 años |
12 a 17 meses | 2 meses | 2 meses |
18 a 23 meses | 3 meses | 4 meses |
24 a 29 meses | 4 meses | 6 meses |
30 a 35 meses | 5 meses | 8 meses |
36 a 42 meses | 6 meses | 10 meses |
43 a 47 Meses | 8 meses | 12 meses |
48 meses o más | 12 meses | 12 meses |
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La cuantía del subsidio será el 70% de la base por la que se viene cotizando durante los últimos 12 meses anteriores a la situación de cese. Los límites de prestación será entre 589,26€ a 1.397,84€ en el caso de tener 2 o más hijos.
¿Cuál es el coste para los autónomos?
El tipo de cotización para los trabajadores autónomos es del 2,2% de la base de cotización, lo que supondrá un mínimo de 19€ mensuales. Eso sí, el primer año tiene una reducción del 0,5%, lo que significa 18,5€ mensuales.
Sin embargo este coste será mayor para los autónomos que no tenían que cotizar por los accidentes de trabajo que supone otros 15€ a 60€ mensuales.
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soy autonoma desde hace 15 años por tener una pequeña tienda de alimentación. El negocio no me va bien y no creo que pueda aguantarlo mucho.¿Me interesaria empezar a pagar
para percibir el paro? ¿durante cuanto tiempo tendría que pagar antes de darme de baja para poder cobrar? ¿cuanto tendria que pagar más si actualmente pago 251 € al mes? Muchas gracias
Para recibir la prestación de desempleo en el régimen de autónomos, tienes que cotizar al menos durante 12 meses.
La cuota adicional es de aproximadamente 30€ mensuales.
Sallu2.
Soy profesional libre sin trabajo desde hace más de dos años. Me apunté al paro el dia 16/9/2009,y desde entonces no he tenido ninguna oportunidad por lo que no he ingresado nada desde hace más de dos años. He hecho dos cursos que me ofrecieron y estoy apuntado aotros esperando que me llamen . ¿puedo solicitar las prestaciones actuales?
Si eras autónomo, desgraciadamente te tenemos que decir que no te corresponde ninguna de estas ayudas.
Salu2.
No entiendo como se dan ayudas extras a los parados que han agotado las ayudas,y al resto nada.
A partir de ese momento entiendo que todos tenemos las mismas necesidades
Los autónomos están considerados en este país como empresario y como tal, no tiene derecho sociales.
Pero me dirás que hay autónomos que están peor que muchos que trabajan por cuenta ajena, y es totalmente cierto, pero la ley está hecho así.
Salu2.
Soy autónomo del Taxi en Madrid, desde 2004. Desde el primer momento, pagué la coberturas por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. El coste mensual, venía siendo de 27,78 Euros, siendo la cuantía total de 278,64 Euros. El pasado Noviembre, gracias a estos estupendos políticos que tanto miran por nosotros, mi recibo ascendió a 292,95 Euros, como consecuencia del incremento de 18,52 Euros por la Protección de Cese de Actividad. Mi actividad como Taxista, cesará por los siguientes motivos: retirada de la licencia por sanción administrativa, venta de la licencia, jubilación, o fallecimiento. Es decir, NINGUN TAXITA COBRARA JAMAS LA PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD, porque ninguno de estos casos está contemplado por la nueva normativa. Para nosotros, esto significa un incremento del coste de Accidentes de Trabajo, y nada más, dado que han vinculado ambas protecciones. Viendo el límite de las prestaciones, entiendo que es una tomadura de pelo para cualquier autónomo, pero para el sector del Taxi, es una verdadera estafa, que espero, alguien lleve a los tribunales.
Efectivamente, han impuesto que la cobertura de cese de actividad es obligatoria para algunos casos como es el tuyo.
Si nunca te puedes acogerte al paro, ciertamente parece una subida impuesta de tus cotizaciones.
Podéis recoger firmas, quizás consigáis algo…
Suerte!!!
Soy autonomo desde junio de 2008 y probablemente en junio de este año cese mi actividad, ya que solo facturo a una unica empresa (crea a mi situacion de le denomina autonomo dependiente, y ésta, en junio es posible de que termine el contrato de explotacion que tiene concedido. al ser menor de 30 años he estado pagando sobre unos 170€ de autonomo hasta este mes que me ha subido a 290€. mi pregunta es:
¿tendria derecho a paro?, en el caso de que si, ¿cuanto tiempo tendria?, y si mi facturación mensual es de 1000€, ¿cuanto dinero percibiria?
muchas gracias y saludos!!!
No, no tienes derecho al paro.
Salu2.
HOLA,
¿QUE TIPO DE AYUDA ES PARA AUTONOMOS CONTRACTADOS DE EMPRESARIOS Y LE HECHEAN QUANDO QUERE ELLOS SIN PROTECCION SOCIAL?
UN CONTRATO INDEFINIDO ES UN LUJO,LOS EMPRESARIOS TRABAJA CON CONTRATO MERCANTIL O POR OBRA.ENTONCES, QUAL ES LA PROTECCION DEL TRABAJADOR?
Ahora ya puedes cotizar por desempleo.
Salu2.
Llevo de autónomo desde Enero de 2000. Desde que entró en vigor la ley de desempleo estoy cotizando para ello. Mi actividad, que es artística, no genera ingresos varios meses al año, concretamente desde mediados de Octubre a mediados de Diciembre y alguna otra época más. Dado que en ese período lo único que tengo son gastos (nave, gestoría, autónomos, etc…) o sea pérdidas, ¿tengo derecho a la prestación por desempleo? Muchas gracias.
¿Pero durante ese tiempo te das de baja del negocio? En tal caso, es posible que puedas cobrar el desempleo, pero acude a la seguridad social y allí te informarán más concretamente.
Salu2.
He sido autonomo en el epigrafe de publicidad, me dedico al tema de diseño grafico y publicidad, desde 2004 a 2009, Segun la vida laboral tengo unos 1500 dias trabajados. Desde el 2009 he estao haciendo bajas y altas en funcion del trabajo que entraba. Ahora estoy de baja defintivamente. podria solicitar algun tipo de prestación.
No, los autónomos que se den de baja aún no tienen derecho a la prestación de desempleo y los subsidio son exclusivamente para los trabajadores por cuenta ajena.
Salu2.
Tengo 54 años y a partir del 1 de marzo 2011 inicio una actividad como autónomo . Anteriormente estuve trabajando como asalariado para multinacionales durante 22 años y cotizando al nivel máximo.
Mis consultas son:
Cuanto debería cotizar mensualmente como autónomo para garantizar el nivel de mi futura renta?
Cuanto mas debería cotizar para tener también cobertura del paro?
Gracias por anticipado y un saludo,
José Luis
La pensión de jubilación depende de la base de cotización, cuanto más cotices mayor será la pensión de jubilación que se calculará para cuando te jubiles con la media de los últimos 25 años.
En cuanto a la cobertura por desempleo es algo a mayores.
Te recomiendo que acudas a un asesor laboral para que te ayude a tomar la mejor decisión para que el coste sea lo menor posible y que tu pensión de jubilación sea lo más alta posible.
Suerte con tu negocio.
Salu2.
soy autonoma desde hace dos años y medio, voy a cerrar mi negocio por que no puedo seguir manteniendolo, tengo el seguro automono mas bajo, pero se que tengo todavia dos años de prestacion pendiente de cobrar por un trabajo por cuenta ajena anterior, que debo hacer para poder cobrar estos dos años que tengo cotizados, gracias
Para poder volver a ejercer los derechos de prestaciones de desempleo por las cotizaciones por cuenta ajena, primero has de encontrarte en situación legal de desempleo, para ello has de volver a cotizar por el régimen general.
Lo que no estoy seguro es si vale con 1 día cotizado o se requiere un mínimo de 3 meses.
Haz una consulta en el siguiente número de teléfono: 901 11 99 99.
Ya nos contrarás.
Salu2.