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25 de mayo de 2010

Pérdida de puntos carnet de conducir: nueva ley de tráfico

Indicamos la nueva Tabla de Pérdida de puntos del carnet de conducir actualizada ahora que ya está en pleno funcionamiento la modificación de la Ley sobre Tráfico, Vehículos a motor y Seguridad Vial, puesto que han transcurrido ya 6 meses desde su publicación en el BOE (18732 Ley 18/2009, de 23 de noviembre):

6 puntos:

  • Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida: Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l) .
  • Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
  • Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
  • Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas
  • Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar.
  • El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre .
  • La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.

4 puntos:

  • Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello.
  • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.
  • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
  • No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación.
  • No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
  • Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.
  • Tasa de alcohol: Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l).

3 puntos:

  • Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente.
  • Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado.
  • No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.

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343 comments to Pérdida de puntos carnet de conducir: nueva ley de tráfico

  • JPG

    Hola a todos. Me gustaría realizar una pregunta: si tengo la direccion electrónica habilitada (DEV) y tengo además un buzón electrónico, la carta informando sobre perdida de puntos llega a casa? Otra duda que tengo es que al intentar suscribirme a procesos de la DGT para que se me notifique mediante Internet, no me aparece la opcion para que pueda elegir recibir en mi correo electronico notificaciones sobre perdida de puntos o retirada de carnet.

    Gracias de antemano, un saludo.

  • joselu

    Me ha llegado una notificación por conducir utilizando auriculares en la que me solicitan que identifique al conductor. Quería saber cual es la multa y si que quitan puntos.
    Me han dicho que si pongo en la identificación a una persona que no reside en España no pueden hacer nada ya que no pueden notificarle la sanción. Me suena muy raro.

    • La multa es de 200 euros y 3 puntos en el carnet.

      Estás obligado a identificar al infractor, en caso contrario constituye una infracción grave y sancionable.

      Si identificas a un extranjero no residente, se librará de la sanción ya que no le podrá notificar.

      Salu2.

  • AFC

    Hola, buenas, tengo dos dudas diversas:
    1) Me ha llegado una multa de un ayuntamiento por «no obedecer una señal de entrada prohibida, excepto vehículos autorizados», que de hecho no recuerdo, por captación de imagen, por lo que no se identificó al conductor. ¿Implica pérdida de puntos? En el escrito no se menciona nada. También me piden, para identificar al conductor, que haga constar, entre otros datos, el número de permiso o licencia de conducción ¿A que se refiere? Porque el permiso no tiene más que el nº de bastidor, Y el de conducir ¿es facil de averiguar si no tienes accesible el carnet de la persona en cuestión pero sí el DNI?

    2) ¿cuando se recuperan la totalidad de los puntos perdidos en una infracción muy grave, 6 puntos? ¿Cada dos años 1 punto?

    Gracias y perdona el lío.

  • YOLY

    Hola, estoy recien llegada a España y he canjeado ya mi carne de conducir. este fin de semana llevaba puesto un manos libres de movil que era de auricular y por eso me colocaron una de 200 euros aunque trate de explicar que no estaba escuchando nada ni hablando y habia sido un olvido (por que asi Fue) no me hicieron caso. No me preocupa pagar si no los 3 puntos que pierdo. Quisiera saber si hacer una alegacion por disconformidad me permitiria no perder estos puntos (asi pasa en Canada de donde vengo, y asi uno se declare culpable no pierde los puntos). Gracias.

  • CHIONEA IONUT LIVIU

    queria saber como e perdido 8 puntos de mi carnet

  • JPG

    Buenos días a todos. Antes de nada, me gustaría destacar que no sé si he posteado en el sitio correcto, así que si me he equivocado, pido perdón. Me gustaría preguntar una cosa: si interpingo un recurso de alzada a una retirada de carnet, podré conducir hasta que me llegue la resolución a mi recurso?

    Muchas gracias de antemano, un saludo.

  • ana

    me van ha retirar el carnet por exceso de velocidad .quisiera saber cuanto tiempo es la retirada he perdido 12 puntos

  • EPM

    Epm
    25 junio 2011 at07.30
    ¿ lleva alguna sanción el circular sin llevar encima el carnet de conducir?

    • Sanción lleva, aunque no te podemos indicar de qué cantidad se trata exactamente. Si llamas a la Jefatura provincial de Tráfico de tu ciudad te lo confirmarán.

      Lo único es que la reducen si presentas en carnet en Tráfico en un determinado plazo.

      Pero si te paran y nos dispones del carnet, no te dejarán seguir conduciendo, y procederán a su inmovilizado en el caso de que vayas sólo sin otra persona que disponga de carnet para poder llevarte.

      Lo cual es una faena…

      SAlu2

  • IVAN

    QUISIERA SABER CUANDO RECUPERO LOS PUNTOS PUESTO QUE TENGO 3
    LAS MULTAS FUERON POR CINTURON Y POR MOVIL 2 VECES Y LA ULTIMA MULTA FUE EL 10 DE JUNIO DE 2009

  • Isabel

    Hoy he mirado por primera vez mis puntos, desde que entró en vigor. Y me he sorprendido ya que tengo 14 de los 15 que creìa tener. Puesto que nuca me ha llegado ninguna multa ó sanción. Alguien me sabe decir porque me falta ese punto si el mínimo de pérdida son dos?

    Muchas gracias y confío en que alguien me despeje la duda.

    • Hola Isabel.

      Depende un poco de cuántos años han pasado desde que te sacaste el carnet.

      En el artículo siguiente Carnet por puntos en el último punto donde pone «Si nunca he cometido infracción con retirada de puntos, ¿qué puntos de bonificación podría obtener?» indicamos información que a lo mejor te sirve de explicación.

      Echale un vistazo a ver si te cuadra con tu caso.

      Salu2

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