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25 de mayo de 2010

Pérdida de puntos carnet de conducir: nueva ley de tráfico

Indicamos la nueva Tabla de Pérdida de puntos del carnet de conducir actualizada ahora que ya está en pleno funcionamiento la modificación de la Ley sobre Tráfico, Vehículos a motor y Seguridad Vial, puesto que han transcurrido ya 6 meses desde su publicación en el BOE (18732 Ley 18/2009, de 23 de noviembre):

6 puntos:

  • Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida: Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l) .
  • Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
  • Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
  • Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas
  • Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar.
  • El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre .
  • La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.

4 puntos:

  • Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello.
  • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.
  • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
  • No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación.
  • No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
  • Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.
  • Tasa de alcohol: Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l).

3 puntos:

  • Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente.
  • Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado.
  • No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.

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343 comments to Pérdida de puntos carnet de conducir: nueva ley de tráfico

  • belén

    Me acaba de llamar mi hermano que vio en el boe y que tengo tres multas,dos del 2008 del mismo dia en el cual no ponen la hora una de 301euros y otra de 210euros cuaNDO TENGO UN COCHE QUE NO ME PASA DE 110KMS y otra del 2009 de 105 euros que esa si que puede ser posible ya que CUAL ES EL que radar pero de octubre pero de ese mismo año recibi otra de 70 euros del 25 de diciembre que recibi a casa y la pague ,Yo me negué nunca a pagar una multa ,pero de las otras tres nunca recibi ninguna notificacion,vi mis puntos hoy en la dgt y tengo 14 puntos,alguien me puede explicar esto????.

  • Alex

    Buenas, he leido en el boe que he perdido el carnet de conducir y estoy fuera de plazo de recurrir. No he recibido ninguna notificacion y me gustaria saber si puedo recurrir ahora alegando que quien conducia en el momento de las multas no era yo. Gracias por vuestras respuestas!

    • victor gonzalez cardenas

      buenas mi nombre es victor yme gustaria saber informacion de este tema estoy en la misma situacion que usted y necesito saber como arreglarlo, si es que disongo de algun arreglo, gracias de antemano

    • period

      Hola, soy periodista de Antena 3. Estamos investigando sobre la pérdida de puntos del carnet y el posible fraude de la DGT. Nos gustaría ponernos en contacto con usted para que nos cuente su caso y también para poder ayudarle. Queremos denunciar la poca información que da la DGT sobre este tema.
      Mi correo es slopez@pulsocontenidosdeactualidad.es

      Muchas gracias.

  • Ada

    Hola, los ciudadanos rumanos residentes en España y con carnets de conducir canjeados, en el caso de cometer una infracción grave de trafico le quitan puntos? es decir ellos también tienen puntos?
    P.D. – agradecería una respuesta URGENTE!

    • Buenos días.

      Auqnue creemos que sí, lo mejor es que lo confirmes en un momento llamando por telf a la Jefatura Provincial de Tráfico de tu provincia.

      Ya nos dirás a ver qué te comentan.

      Salu2!

  • dani

    hola me a llegado una multa de radar iba por poblado a 30 km mas yo me pueden quitar 2 puntos solo yo no veo correcto si alguien me da alguna información gracias

  • guillermo

    hola, e perdido todos los puntos del carnet y soy taxista, me gustaria saber cuanto tiempo me quitan el carnet, y que teengo que hacer para recuperarlo, gracias.

  • Miguel Angel

    Hace unos dias me quede sin puntos. Ahora se me plantean varias dudas:
    1- Puedo conducir hasta que me notifique trafico la perdida del carnet?
    2 – Si no es así, cuando empiezan a contar los 6 meses.
    3 – Si empezaran acontar cuando reciba la notificación y puedo conducir hasta entonces , que pasaría si recibo otra sanción con disminución de puntos. ?

    Gracias por vuestras respuestas

    • Buenas tardes Miguel Angel.

      1.- Tráfico te tendría que notificar la pérdida del carnet. Cuidado con las notificaciones a través de Boe si no te localizaran en el domicilio registrado en la base de datos de tráfico o no estuvieran los datos actualizados.

      2.- Empezaría a contabilizarse desde la notificación.

      3.- Si en ese tiempo recibieras una nueva sanción con retirada de puntos, como no puede haber saldo de puntos negativo, entendemos que te aplicarían la sanción económica correspondiente, pero no se aplicaría la retirada de puntos al no disponer ya de saldo.

      Salu2

  • angel

    buenos dias
    Buenas mi pregunta es que el domingo me pillaron a las 12 de la noche en control de alcholemia los moixos descuadra.1 prueba 0,36 subi a la furgoneta y 2 prueba 0,32.Luego me dejaron 10 minutos sople y 0,26 por una decima me dijeron que si mi acompañante se llebaria el coche dije que no que lo llebaria yo sople al momento y 0,21 ya me lo podia llebar.mi pregunta es que la multa es de 500 euros y rebajada 250 me parece que esta mal.A ver si alguien mepuede ayudar.mil gracias

    • Buenas tardes Angel.

      Como estabas en la franja Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 correspondería retirada de 4 puntos

      Y por el punto << c) La conducción por las vías objeto de esta Ley habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las que reglamentariamente se establezcan, y en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y cualquier otra sustancia de efectos análogos >>

      de la Nueva Ley de Tráfico se trataría como Infracción Muy grave sancionada con 500€ (250€ por el pronto pago)

      Según esto estaría correcto..

      Salu2

  • Angel

    Gracias pero entoces es lo mismo dar por ejemplo 1 que 0’26,las dos son muy graves ??? Es que tengo entendido que dar menos de 0’60 es grave y si pasas es muy grave.

  • hernan,,,

    hola,,

    en noviembre del 2010,,me pararon en un control de alcoholemia,,y di 0.77 y la segunda di 0.78,,, tengo varias preguntas,,,,

    –me llevan detenido,,sin hacerme el examen de sangre,,,(es obligatorio hacerlo por parte de la policia,,antes de privar a una persona de la libertad)???????

    –me hacen soplar mas de 5 veces,,,ya que al etilometro no le salia el tique del resultado ,,la policia lo golpeaba para que saliera el tique,,es normal esto(puedo discutir esto ante el juez y el fiscal)?????

    –me citan,, al juzgado el dia siguiente,,ante el juez,,,y me negue que habia bebido alcohol,,el di anterior,,por que vi en el atestado,,de la polica,,que no presentan el certificado de la ultima revision del etilometro,,(¿¿es obligatoria presentarlar por parte de la polica??),solo ponen en boli que fue el 3 de marzo del 2010,,la ultima revision,,,(¿¿cada cuanto se hacen revision a estos aparatos??).

    –por que me quitan (6)puntos,,si tengo un jucio abierto es normal esto?????

    –como puedo justificar todo esto ante el juez,,donde lo puedo ver,,en que ley,,o que codigo,, puedo averiguarlo,,,para demostrar que tambien hay errores por parte de ellos,,,tengo el jucio el 11 de junio del 2011,,

    a la espera de vuestros comentario,,y de antemano muchas graciasss,,,por vuestra ayuda,,,

    saludos cordiales,,

    hernan lopez.

    • Buenos días Hernan

      – Estaba en tu derecho de haber solicitado análisis de sangre. Pero es un tema que depende de ti. Si tú no lo pides ellos no tienen por qué enviarte a hacértelo.

      – Puedes comentarlo, pero si al final el ticket salió correctamente y visible, no te servirá de mucho.

      – Sobre las revisiones del etilómetro, desconocemos si existen o cada cuánto se realizan. No te podemos comentar sobre ello.

      – Al tratarse como delito, y no por vía administrativa no correspondería quitar puntos debido a esa infracción.
      Tendrías que revisar a ver si te han quitado los puntos por alguna otra infracción cometida diferente.

      – Normalmente este tipo de juicios van por vía más rápida. En muchos casos dan cita para el juicio a los pocos días sin que el acusado tenga apenas tiempo de contratar abogado (se asignaría uno de oficio).

      En tu caso al menos dispones de más tiempo para revisar todos estos puntos. Consulta un abogado especializado que te pueda indicar cómo afrontarlo para que la pena sea la menor posible.

      Salu2

  • eu

    Hola, a ver si alguien me puede ayudar, he recibido una carta de la Dgt, informando que mi saldo de puntos era menos de 4, si es cierto realmente me quedan solo 2.
    Pero en esta misma carta decían que recuperaría 12 si en el plazo de 2 años (desde la ultima infraccion)no cometía ninguna otra.
    Ya hace más de 2 años que he tenido la ultima multa y ahora consulto el saldo y no me han dado ningun punto.
    ¿alquien sabe si es así? y como tengo que hacer para conseguir los puntos??
    Gracias

    • Buenas tardes

      La ley dispone que transcurridos 2 años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa, por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, los titulares de los permisos o licencias de conducción afectados por la pérdida parcial de puntos recuperarán la totalidad del crédito inicial de doce puntos.

      No obstante, en el caso de que la pérdida de alguno de los puntos se debiera a la comisión de infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de 3 años.

      Cometiste alguna infracción muy grave en este tiempo? A lo mejor por eso no te han actualizado los puntos.

      Salu2 y ya nos contarás.

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