Indicamos la nueva Tabla de Pérdida de puntos del carnet de conducir actualizada ahora que ya está en pleno funcionamiento la modificación de la Ley sobre Tráfico, Vehículos a motor y Seguridad Vial, puesto que han transcurrido ya 6 meses desde su publicación en el BOE (18732 Ley 18/2009, de 23 de noviembre):
6 puntos:
- Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida: Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l) .
- Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
- Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
- Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas
- Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar.
- El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre .
- La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.
4 puntos:
- Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello.
- Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.
- Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida.
- Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.
- Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
- Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
- No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación.
- No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
- Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.
- Tasa de alcohol: Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l).
3 puntos:
- Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente.
- Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado.
- No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.
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Hola, quisiera saber, siendo conductor profesional (llevo un taxi desde hace 3 años) como se regula la recuperación de puntos, tengo entendido, que si no hay multas con retirada de puntos, se recuperan cada 6 meses o 1 año.
Muchas gracias por vuestra respuesta. Un saludo
Hola.
EL tiempo para recuperar los puntos por no cometer infracciones es el mismo para los profesionales que para los que no lo son. Puedes verlo detallado en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/05/30/en-cuanto-tiempo-se-recuperan-los-puntos-del-carnet-de-conducir/
Sin embargo, los profesionales tienen algunas ventajas como que si pierdes todos los puntos en vez de quedarte sin carnet 6 meses, será sólo 3 meses.
Salu2
hola buenas….tengo retirado el carnet por la perdida de puntos,y quisiera saber si tengo que entregar el carnet en la gefatura de trafico..
un saludo
BUenas
Tendrías que haber recibido la notificación de la retirada del carnet donde te tendría que indicar todo.
De todas formas, aclara tu situación poniéndote en contacto con tu Jefatura provincial de Tráfico.
Salu2
Una persona que pierde tres puntos de los doce que tiene, cuando podra llegar acomular los 15 puntos Maximo permitido.gracias
Puedes ver cuándo se recuperan en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/05/30/en-cuanto-tiempo-se-recuperan-los-puntos-del-carnet-de-conducir/
Salu2
¡Hola!
Me comenta un amigo, que por conducir con chanclas, es motivo de pérdida de 3 puntos, según el nuevo código de circulación, buscando por internet en dicho código, no encuentro este artículo.
¿Quisiera saber si hay algo sobre este tema?
¡Gracias!
Hola.
Nunca lo habíamos oído..
Puedes llamar a tu Jefatura de Tráfico y consultarlo.
Pero no creemos que en ningún sitio figure si se puede ir o no con chanclas, qué tipo de chanclas, o sandalias, etc…. No se podría concretar..
Salu2
hola erecibio una carta cual medice que me an quitao todos los puntos del permiso quiero saber cuanto tienpo puedo segir cunduciendo asta que me quiten el carne supogo que me tiene que llegar otra carta diciendome que tego que entregalo asta en tonce yo ? puedo segir cun duciendo
Una vez constatada la pérdida total de los puntos que tuviera asignados, la Administración, en el plazo de quince días, notificará al interesado,
en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, el acuerdo por el que se declara la pérdida de
vigencia de su permiso o licencia de conducción.
Una vez que recibas esa notificación, ya no estarías autorizado para conducir o sino cometerías delito penal con las penas que puedes ver en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/06/13/conducir-sin-carnet-o-sin-puntos-delito-penal/
Si tienes dudas sobre la carta recibida, lo mejor es que lo confirmes llamando a tu Jefatura de Tráfico por si acaso.
Salu2
hola si pierdo todos los putos tego que borber asaminarme o acer algun esamen?
me lo an quitao por alcolemia
Hola.
Si pierdes todos los puntos, puedes ver cómo tienes que hacer para recuperar el carnet en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/12/10/carnet-por-puntos-como-recuperar-el-permiso-de-conducir/
Salu2
Hola
acabo de recibir notificacion de la dgt informandome que me quedan 2 puntos del carnet.
consultando a traves de internet veo que figura 0 puntos
.- ¿tengo que recibir otra notificacion antes de que sea efectivo?
.- ¿puedo presentarme a recuperacion de 12 horas , antes de rebicir notificacion o por el contrario ya no se puede y tengo que hacer el curso de 24 horas?
saludos
Hola.
Te tendrían que enviar una notificación avisándote de tu saldo a 0 puntos y la relación de sanciones que han provocado que te los retiren.
Creemos que aún estás a tiempo de intentar recuperar puntos para qu no te retiren el carnet tal como indicamos en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/etiquetas/recuperacion-parcial-puntos-carnet/
Por si quieres intentarlo…
Sino ya sabes que lo perderás por 6 meses y tendrás que realizar una prueba escrita para recuperarlo.
Salu2
Hola, me han puesto una multa de alcoholemia y la perdida de 4 puntos.
Me gustaría saber si en la carta de notificación de dicha perdida se especifica el motivo por el cual se han perdido los puntos.
Espero respuesta,
Saludos
Hola.
En la notificación deberán indicar todos los datos que detallamos en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/05/23/notificacion-de-las-sanciones-y-multas-de-trafico-procedimiento/
Salu2
Hola
Te quitan puntos si acumulas multas que no acarrean retirada de puntos? ejemplo 3 multas por velocidad de limite 120 e ir a 130
Gracias SL2
Hola.
No. Si no conlleva retirada de puntos no te los van a quitar, acumules multas sin pagar o no.
Salu2
Hola muyburnas yo queria saber yo trabajo para una empresa y hay fias.puntuales.que nos hacen respetar ni las.horas fe conduccion ni las de descanso y mi pregunta es para la empresa la multa y la perdida de puntos es para mi no ?y creo que seria una falta grave por que conducimos una media de. De 10 diarias
Buenos días
Pues no estamos muy seguros ya que en el listado de infracciones que disponemos no está esa incluida.
Lo mejor es que para no arriesgarte lo confirmes llamando por telf a tu Jefatura de Tráfico a ver qué te comentan.
Salu2