La existencia de vecinos morosos que no cumplen con los pagos de los gastos comunes en una Comunidad de vecinos de un edificio puede comprometer el presupuesto destinado a la limpieza comunitaria, luz, ascensor, etc.
¿Qué es el Fondo de Reserva de una Comunidad de vecinos?
La Ley de la Propiedad Horizontal exige la creación de un fondo de reserva de forma obligatoria para poder hacer frente a los imprevistos o gastos extraordinarios que surjan en una Comunidad.
De esta forma en caso de tener endeudamiento en un momento dado servirá para realizar las reparaciones urgentes y evitar que se produzca un caos en el edificio.
¿Los vecinos morosos tienen derecho a voto en las reuniones vecinales?
Los propietarios que en el momento de realizarse una junta vecinal no estén al corriente del pago de sus cuotas comunitarias, sin haberlas impugnado judicialmente ni consignado el importe, podrán asistir pero no podrán votar.
En el acta resumen de las Juntas vecinales podrá indicarse aquellos vecinos que hayan sido privados de derecho a voto y que por tanto no contarán en las deliberaciones.
Para dejar constancia en la Junta vecinal de qué vecinos tiene deudas y a cuales se priva de voto habrá de realizarse una Certificación de deuda pendiente de la forma siguiente.
A efectos que se disponen en los artículos 15.2 y 16.2 de la vigente Ley de Propiedad Horizontal, y a la fecha de esta convocatoria no se encuentran al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad de propietarios que más abajo se relacionan.
piso | Nombre y Apellidos | Concepto | Importe |
Port.A 2ºC | Juan García Rodriguez | P.Fondos | 202.00€ |
Port.C 5ºB | Carla Dominguez Pozo | Ascensor | 30.00€ |
De no haber acreditado suficientemente estos propietarios, al inicio de esta junta, el abono de las cantidades, la impugnación de las mismas, o la consignación judicial o notarial de la suma adeudada, se advierte que podrán participar en las deliberaciones, pero no tendrán derecho a su voto.
¿Puede crearse una lista de morosos disponible para que lo vean todos los vecinos?
Podrá citarse a los vecinos morosos en las citaciones que convocan a las reuniones vecinales.
También podrán colgarse en el tablón de anuncios un listado de los vecinos morosos junto a las convocatorias de reunión vecinal cuando no se haya podido localizar a los vecinos que tengan una deuda pendiente. En ese caso se podrá incluir el listado de morosos y las cantidades que adeuda cada uno.
Este listado por la Ley de Protección de datos no deberá colocarse en un sitio visible a todo el público como vergüenza pública, sino que deberá ser colocado en un lugar donde sólo pueda ser visto por los vecinos del inmueble. En caso contrario la Comunidad podría ser sancionada.
Inconvenientes de los vecinos morosos para vender su piso o vivienda.
Los vecinos que no paguen o acumulen deudas a la comunidad se encontraran con el inconveniente de que en caso de querer vender su piso, el nuevo comprador se entere de las cargas pendientes sobre él y se echen para atrás en la compra.
No podrán ocultar su deuda ya que en la venta los notarios deben certificar que el vendedor se encuentra al corriente de pago de los gastos comunes.
El secretario de la comunidad con el visto bueno del presidente deberán certificar con su firma la cantidad adeudada por el vecino moroso, aunque el escrito lo podrá elaborar aunque no firmar el administrador de fincas.
Procedimiento judicial para obligar al moroso al pago de la deuda
Los juicios sobre este tema se han vuelto más rápidos y económicos que hace algunos años, con lo cual es más fácil que una vez dictada sentencia se cobre la deuda pendiente.
Por ejemplo:
- Si el vecino moroso no se presentara ante el juez o no pagara la deuda la comunidad de vecinos tendría garantizado el pago, ya que el vecino deudor respondería con la propiedad del piso.
- En el caso de que la comunidad de vecinos desee pedir el embargo preventivo mientras se resuelve el caso, ya no será necesario que deposite una fianza para indemnizar al vecino moroso en el caso de que la sentencia dictada en el juicio lo exculpe finalmente.
- El deudor deberá pagar las costas del juicio, así como del abogado y procurador en caso de perder el caso.
- Si la deuda pendiente o importe reclamado no fuera superior a los 900€ no es necesario abogado ni procurador, pudiendo acudir en representación de la comunidad el presidente de la misma.
¿Y si después del juicio volviera a ser moroso de nuevo?
Habría que volver a tramitar de nuevo el requerimiento de cobro de la deuda…
Quizás una medida más eficaz sea la inclusión del vecino moroso en un listado de morosos tipo ASNEF o RAI que le impidan solicitar algún crédito para lo compra de coche o bienes de consumo.
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Tenemos una deuda con la comunidad de 5.000 euros por una derrama y algunas cuotas, han decretado el embargo del piso, mi pregunta es ¡como nos afecta? ¿nos pueden echar de la casa? ¿puede el banco exigir lo que queda de hipoteca? Somos tres en casa mi marido en paro y mi sueldo es de mil euros
Si te embargan el piso… te echarán de allí ya que sacarán a la subasta pública.
Por otro lado, si tienes una hipoteca, no es tan fácil el embargo, el banco tiene preferencia sobre el resto de los acreedores.
Salu2.
si se debe 250 euros ¿ se puede pagar en la cuenta de la comunidad una cantidad hasta que se liquide la deuda?
soy la presidenta de una comunidad donde casi la mitad de los vecinos son morosos,estos aseguran que no van a pagar porque la ley les ampara, nuestra cuota al año es muy baja 84€ y dicen que no podemos llevarlos a juicio hasta que la deuda sea mayor.
Yo no s nada de leyes y nuestro asesor esta cansado de mandarles escritos y llamarles para que abonen su deuda y ellos como si nada, que no van a pagar o que pagarán cuando les de la gana.
YO queria saber a cuanto tiene que escender la deuda para poder ir a juicio, y si tiene derecho los morosos a veneficiarse del seguro encaso de que les iciera falta.
Consúltalo a vuestro asesor o administrador, que para eso les pagáis.
Salu2.
Un propietario tiene dos pisos, debe en cada uno una cantidad superior a 900 euros y lo hemos llevado a juicio (el cual va lento), la pregunta es, si consigna la deuda de uno de los pisos pero sigue sin pagar la deuda del otro, en una hipotética junta podría votar por el piso que ha consignado la deuda.
Sí, claro.
Salu2.
en mi comunidad se deben mas de 14.000€. llevan mas de 2 años denunciados, pero la administradora nos dice que va muy lento,y que mientras no se pague una deuda no les podemos denunciar por otra, con lo cual en el portal la deuda sigue subiendo, y los que no pagan se estan beneficiando de todo, agua caliente, calefacion,ascensor,etc..que podemos hacer, porque yo creo que nuestra administradora no lo esta haciendo bien,por favor si alguien puede ayudarnos os lo agredeceria, porque el resto de vecinos ya estamos muy quemados con esta gente, muchas gracias
Si crees que no estás de acuerdo con el administrador, podéis contratar a otro siempre que la comunidad esté de acuerdo.
En principio creo que lo que dice este administrador tiene sentido, pero intenta hacer una consulta con otro administrador y de paso pide presupuesto para llevarlo a la siguiente reunión si quieres proponer ese cambio.
Salu2.
Buenos dias, soy presidente de una comunidad y tenemos un vecino que nos debe 1400 euros, pero tiene el piso alquilado a otra persona y no se puede localizar la direccion del propietario. Que debemos hacer para notificarle la deuda u los pasos a seguir para reclamar la dueda pendiente. Gracias de antemano.
Pregúntalo al administrador de vuestra finca.
Generalmente en estos casos hay que solicitarlo mediante un procedimiento judicial.
Salu2.
Un vecino no paga desde hace más de 2 años la comunidad. Tiene alquilado el piso. Él dueño vive en otra ciudad y está ilocalizado. Es guardia civil y es difícil localizarlo. ¿Cómo podríamos localizarlo?
A través de una denuncia judicial que tendrá que aprobar la comunidad de vecinos.
Salu2.
TENEMOS VARIOS VECIONS MOROSOS EN LA MI COMUNIDAD EL AÑO PASADO YA DENUNCIAMOS A UNO DE ELLOS POR UNA CANTIDAD DE 800 EUROS PERO HA PASADO EL AÑO Y CLARO TAMPOCO A PAGADO NADA DEL 2011 QUE DEBO DE HACER Y COMO YA QUE NO TENGO ADMINSTRADOR DE FINCAS PARA QUE SE RECONOZCA LA DEUDA ACTUAL EN LA DENUNCIA YA INTERPUESTA???
La verdad es que ese está conviertiendo en un grave problema en muchas comunidades de vecinos y lo peor es que ya sabes que la justicia va despacio…
Imaginamos que un abogado está llevando el caso, aunque no tengais administrador de fincas. Y sino tendríais que contratar uno.
El procedimiento a seguir es el indicado en el artículo superior, en el punto «Procedimiento judicial para obligar al moroso al pago de la deuda», pero tendreis que armaros de paciencia.
Salu2 y ánimo.
En mi comunidad hay un vecino que no esta pagando las cuotas. Al parecer esta incurso en procesos judiciales por no pagar la hipoteca. El presidente de la comunidad nos ha propuesto en una carta que para que la comunidad no genere un saldo negativo,todos los demas vecinos nos hagamos cargo a partes iguales de las cuotas comunitarias de este vecino. Si me niego a ello y mas adelante me pasan una derrama,
tengo obligacion a pagarla?
?
Si es decisión de la comunidad, tendrás que acatarlo.
Salu2.
Buenas, en mi inmueble estan colocando ascensor y realizando reformas, mi situación economica es delicada y pago lo que puedo mes a mes, pero ellos quieren embargarme mi piso, soy padre soltero y tambien pago una pension y más no puedo llegar ¡me pueden embargar?
Por poder, sí, pero será un proceso muy largo.
Intenta hablar con el administrador para hacer un plan de pago.
Salu2.