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4 de mayo de 2010

Tributación conjunta o individual

Los matrimonios tienen la opción de elegir la tributación conjunta o individual, ¿pero cuál es mejor? En realidad depende de la situación de cada pareja y el nivel de ingresos de cada cónyuge, generalmente conviene la declaración conjunta cuando uno de los cónyuges tiene ingresos muy bajos, y si los 2 tienen ingresos es mejor optar por la individual.

¿Quién puede hacer la declaración conjunta?

Las personas que están casadas tienen la opción de hacer la Declaración de la Renta de forma individual o conjunta. En este sentido, la ley admite también los matrimonios entre personas del mismo sexo, con lo que sus derechos y deberes a efectos fiscales son los mismos que tenga un matrimonio tradicional, formado por un hombre y una mujer.

En caso de que un miembro de la unidad familiar opte por presentar la declaración individual, el resto de los miembros de la unidad familiar pierden el derecho a declarar conjuntamente.

La Agencia Tributaria admite los matrimonios entre personas del mismo sexo como unidades familiares y que, por tanto, pueden acogerse a la opción de tributación conjunta.

¿Qué modalidades de tributación conjunta existen?

Según la ley del IRPF, las dos modalidades de ésta son las siguientes:

  • La formada por los cónyuges y sus hijos menores de 18 años. En esta unidad se incluyen, también, los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
  • Unidades familiares monoparentales, formadas por el padre o la madre y todos los hijos menores no emancipados que convivan con uno de los cónyuges. La condición imprescindible para poderse acoger a esta modalidad es que la cabeza de familia esté separado.

¿Qué elegir, conjunta o individual?

  • Cuando se hace la tributación conjunta, las rentas obtenida por cada cónyuge se suman y se gravan de forma acumulada. Esto puede provocar que se deba tributar dentro de un tramo superior de la escala de gravamen del IRPF, si esto ocurre conviene optar por las declaraciones individuales.
  • En general, se puede decir que cuando todos los miembros de la unidad familiar obtienen ingresos es más ventajoso hacer la declaración en forma individual, ya que los importes y límites cuantitativos establecidos a efectos de la tributación individual se aplican en la misma cantidad. Por el contrario, si sólo uno de los dos cónyuges trabaja y obtiene ingresos, la Declaración conjunta será más propicia.
  • También se ha de tener en cuenta los límites de las deducciones por vivienda habitual que es de 9.015€ por cada declaración. Así, si se hace la tributación individual cada miembro se puede deducir 9.015€, es decir, hasta 18.030€, mientras que la tributación conjunta sólo permite deducirse como máximo 9.015€.
  • Una de las ventajas de la tributación conjunta es que permite compensar pérdidas patrimoniales y las bases liquidables generales negativas, realizadas y no compensadas por los contribuyentes que componen la unidad familiar en períodos impositivos anteriores en que hayan tributado individualmente como por ejemplo las minusvalías que hayan tenido por vender inmuebles, acciones o participaciones de fondos de inversión.
  • Se tiene derecho a la reducción por tributación conjunta de 3.400€ en caso general y las unidades familiares monoparentales de 2.150€.

Las personas que tenga la opción de elegir la tributación conjunta o individual, todos los años deben de realizar una simulación con el programa padre para determinar qué modalidad le conviene más: conjunta o individual.

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149 comments to Tributación conjunta o individual

  • Andrés

    Mi pareja no ha estado casada nunca, pero convivió con el padre de su hija durante 8 años. Se separaron (no legalmente sino dejaron la relación). Al hacer la declaración de la RENTA el año pasado, le han puesto como familia monoparental (deducen 100 euros), y la opción de tributación es conjunta (la diferencia es de unos 400 euros). Estamos con el borrador de este año y mi pregunta es que si puede volver a hacer la declaración como CONJUNTA. Pregunto porque ella es la que vive con la hija pero no se produjo ninguna ruptura legal ya que tampoco hubo ningún enlace legal. Sin embargo, el año pasado al hacerla en oficina se la hicieron así, CONJUNTA y MONOPARENTAL. Este año la esta haciendo por internet y no se si habrá algún problema de inspección por ponerlo o si debería volver a la oficina y hacerla allí como el año pasado, que quizás sea menos probable una inspección. Ni idea. Espero respuesta. Gracias.

    • Sigue pudiendo poner declaración conjunta monoparental con su hija.

      Su ex, nunca se ha incluido en su declaración al no estar casados, cuya situación no ha cambiado desde entonces.

      Salu2.

  • Andrés

    Mi pareja no ha estado casada nunca, pero convivió con el padre de su hija durante 8 años. Se separaron (no legalmente sino dejaron la relación). Al hacer la declaración de la RENTA el año pasado, le han puesto como familia monoparental (deducen 100 euros), y la opción de tributación es conjunta (la diferencia es de unos 400 euros). Estamos con el borrador de este año y mi pregunta es que si puede volver a hacer la declaración como CONJUNTA. Pregunto porque ella es la que vive con la hija pero no se produjo ninguna ruptura legal ya que tampoco hubo ningún enlace legal. Sin embargo, el año pasado al hacerla en oficina se la hicieron así, CONJUNTA y MONOPARENTAL. Este año la esta haciendo por internet y no se si habrá algún problema de inspección por ponerlo o si debería volver a la oficina y hacerla allí como el año pasado, que quizás sea menos probable una inspección. Ni idea. Espero respuesta. Gracias.

    Mejores depositos Mayo 2012
    17 mayo 2012 at 9:44

    Sigue pudiendo poner declaración conjunta monoparental con su hija.

    Su ex, nunca se ha incluido en su declaración al no estar casados, cuya situación no ha cambiado desde entonces.

    Salu2.

    Vale comprendo la respuesta, pero la hija es menor de edad y no trabaja, seguiría siendo viable poner la declaración CONJUNTA??
    Muchas gracias

  • monica

    Hola,
    Mi marido y yo no tenemos claro si realizar la declaracion conjunta o individual, hemos hecho los borradores individuales y a ambos nos sabe a devolver. Nuestra situacion es la siguiente, yo trabajo y él está en el paro, pero la hipoteca de nuestra casa esta a su nombre..merecería la pena hacer la declaración conjunta? se puede hacer borrador de la declaracion conjunta?
    Gracias!!

    • El borrador no te lo darán en conjunta, pero sí que podrías utilizar el programa padre y rellenar los datos que figuran en el borrador y elegir la opción de conjunta para ver cómo sale.

      Salu2.

  • lola

    Hola,muy buenas.
    yo estoy en la misma situación,que ana,que pregunta ,el cinco de mayo.
    siempre me mandarón,la declaración conjunta,excepto este año,
    ya que mi hija hizo los 18 años,el pasado año.
    porque,no puedo hacerla conjunta.
    y si afectaria,a la hora de pedir beca,o al subsidio de los 52 años,que yo percibo.
    ya que te piden,el computo general de ingresos
    muchisimas gracias,por vuestra ayuda.
    saludos

  • lola

    hola.
    pero ella,no esta obligada a hacerla,se supone,¡no!..
    puesto que esta
    a estudiando y no tiene ingresos..

    gracias por todo

    • Ella si quiere no tiene que hacer la declaración, pero no puede integrarse dentro de una declaración conjunta con vosotros.

      Eso sí, puedes deducirte lo que corresponda de mínimo por descendiente.

      Salu2.

  • montse

    Hola, estoy cobrando la paga para mayores de 52 años, pero por un fallo en hacer las delaraciones de renta desde el año 2009, la seguridad social me reclama unos miles de €,las declaraciones se hacian conjuntas, tenia un piso alquilado y mi marido unos intereses en cuentas, mi pregunta es se pueden rehacer las declaraciones de renta desde el año 2009 hasta ahora y presentarlas a hacienda? queo tener entendido que tengo cinco años lo mismo que hacienda para reclamar, gracias por vuestra ayuda

  • lola

    muchas gracias.
    por su ayuda,aunque,somos familia monoparental.
    al ser mayor de edad,ya dtiene que ir,por libre.
    saludos..

  • Jéssica

    En una unidad familiar con dos niños menores, en la que los dos cónyuges trabajan, ¿podría el marido no hacer la declaración de la renta porque no llega al límite de 22000€ de un solo pagador y su mujer si hacerla individual porque resulta a devolver? Tienen derecho a deducción por vivienda habitual.

  • Jéssica

    Y la mujer ha estado trabajando y también cobrando paro (más de 1500€) en 2011, está obligada?
    Gracias

  • Jéssica

    Muchas gracias, me ha servido de mucha ayuda.

    Un saludo.

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