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15 de abril de 2010

Cancelación póliza de seguro vehículo: no renovación

En caso de no querer renovar el seguro de su vehículo con la misma aseguradora, antes de la crisis bastaba con devolver el recibo del seguro una vez cargado en el banco y contratar con una nueva compañía.

Pero ahora las compañías aseguradoras no están dispuestas a perder clientes sin más, así que en caso de que el cliente no avise con la antelación necesaria o incumpla las cláusulas de se verá obligado a seguir con la misma compañía o podrá ser penalizado.

A la hora de cancelar la prórroga o renovación del seguro de coche habría que avisarlo enviando una notificación a la compañía aseguradora con una antelación mínima de dos meses y conviene revisar las cláusulas de cancelación indicadas en las condiciones generales de la póliza.

Lo perfecto sería enviar el escrito por Burofax con acuse de texto y certificado de recibo, pero sale algo caro… nos 25€ aproximadamente.

Si no quisiera gastar tanto, convendría enviar la notificación al menos por carta certificada con acuse de recibo y guardar bien el justificante para presentarlo en el caso de que la compañía reclamara no haber recibido el aviso dentro del plazo.

En el escrito habría que indicar lo siguiente:

Asunto: Cancelación de la póliza de seguro

Compañía de seguros: ——
Asegurado: (Nombre y apellidos)
Dirección asegurado:
Nº Telf contacto: ——

Nº Póliza: —–
Matrícula vehículo asegurado: —-
Marca y modelo:

En ——- a ——-

Referencia: póliza nº—-

Muy Sres. míos:

Por la presente, les comunico mi deseo de no prorrogar la póliza de referencia correspondiente al vehículo matrícula —, que tiene fecha de vencimiento el día —–, cumpliendo para ello el plazo de preaviso de dos meses.

Les ruego que me confirmen la tramitación de mi petición.

Un saludo cordial,
(Firma)

Notas:
Según el art. 22 de la Ley 50/1980 del Contrato de Seguro: «Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del periodo del seguro en curso».

Ultimas noticias:

Hasta ahora en caso de cambiarse de compañía aseguradora bastaba con devolver el recibo de la antigua compañía y se daba por cancelada la póliza. Normalmente enviaban cartas amenazadoras y realizaban llamadas telefónicas avisando al tomador sobre la posibilidad de iniciar acciones legales por no haber preavisado con los 2 meses de antelación exigidos por Ley, pero no iban más allá de ser meras amenazas..

Sin embargo, estamos empezando a recibir comentarios de usuarios a los cuáles les están ya enviando requerimiento judicial, con lo que habrá que empezar a tener más en cuenta lo indicado en el artículo superior para proceder a cancelar sin problemas:

pili – enviado el 27 febrero 2013 at 11:22 

hola
OJO CON MAPFRE TE LLEVA A JUICIO SI NO PAGAS
hace unos meses cancele mi seguro con mapfre no lo hize dentro del plazo de los 2 meses y ahora despues de mandar una carta y un burofax me ha llegado un requerimiento judicial que han mandado al juzgado ellos con toda mi documentacion y dice si no alego o pago el recibo mas las costas de su abogado tendremos un juicio.
Mi duda es que en el contrato de mi poliza que han entregado en el juzgado me he dado cuenta que en el tomador no es mi firma la que aparece si no que ha firmado otra persona. puedo con eso conseguir que cancelen todo.
gracias

pili – 9 abril 2013 at 23:57
¡OJO CON MAPFRE TE LLEVA A JUICIO SI NO PAGAS!
hola
hace un mes escribi que mapfre me habia denunciado pues si que llega la denuncia ya tengo fecha del juicio el 30 de abril vamos a juicio, asi que esto no es un susto si no que van a por todas, si lo pierdo tendre que pagar el seguro,las costas del juicio y a sus abogados.
Ya os contare como termina esto pero si alguno esta pensando en devolver el recibo pensarlo antes.

Pili – 15 mayo 2013 at 0:55
¡OJO CON MAPFRE TE LLEVA A JUICIO!
Tener cuidado con anular el seguro sin el tiempo suficiente yo ya he ido a juicio por darme de baja cuando me faltaba menos de 2 meses para terminar el suguro ahora estoy a la espera de la sentencia el precio del seguro era de 550 euros y la compañia es MAPFRE.
acabo de recibir la sentencia y he perdido tengo que pagar el seguro y las costas del juicio.

Otro caso:

indignado – 21 octubre
Después de 21 años de cliente en esta compañía (Mutua General de Seguros)MGS seguros
me a denunciado judicialmente por cambiarme a otra compañía sin según ellos avisar con el tiempo suficiente, practica que sus agentes te aconsejas realices si deseas cambiar de compañía, devolver el recibo sin mas y en mi caso avisando verbalmente ami agente.
Practica que solo parece servir para cambiarse a su compañía y no al contrario.
Por lo que me indican es la única compañía que lleva esta denuncia hasta el final y me veo en la obligación de pagar 2 seguros en un año.
Por lo que desaconsejo totalmente contratar con estas compañía

Diego – 26 noviembre 2015 at 22:25
hola a todos, mi caso es igual al de mucha gente que escribe aquí, MGS me ha denunciado por no avisarles con dos meses de antelación, actualmente estoy a la espera de fecha de juicio pero pagare antes, pues es lo que me recomienda el abogado de la compañía donde estoy ahora, mi advertencia a todo el mundo que tenga pensado hacer un seguro con estos impresentables que se lo piense dos veces

Una solución a este problema:

Sugerida por el usuario «Pedro» y que no es mala idea:

La solución al tema de los 2 meses es que cuando se contrate el seguro y firmes la póliza le entregas en ese mismo momento la comunicación de no renovación a vencimiento y así te curas en salud si te despistas con lo del plazo.
Lo único que tienes que hacer es tener en cuenta la fecha de vencimiento para comparar con calma el precio de renovación con el que te ofrezca otra/s compañía/s.

Basta con que lleves de casa el texto: “En relación con la póliza nº: _(la rellenas allí a mano)______ le comunico mi decisión de no renovación a su vencimiento.
(Que te sellen tu copia y ya está)

Si todos hiciesemos esto veríamos qué pronto las aseguradoras dejarían de hacer estas malas practicas, porque tendrían todas las pólizas “en el aire” y sería ellas las que se verían obligadas a hacer buenas ofertas para que no te vayas.

Un comentario muy interesante para los que os hayáis cambiado de compañía por haberos subido la prima y os reclamen que continueis:

Zikiro – 31 marzo 2015 at 13:10
En Febrero del año pasado, recibí un cargo en cuenta para la renovación automatica de la poliza de auto con la compañía MGS, con un incremento de un 4% con respecto al año anterior, lo que suponía unos 15€ de un incremento, quedando la prima en 390€ aprox. Devolví el cargo, y fuí a hablar con mi agente para que me explicará la razón de esa subida, alegando este que era debido al IPC y no se qué otras cosas más. He de decir que durante el periodo anterior, no di ningún parte, por lo que en mi caso, no procede aplicar Bonus Malus. Tampoco he recibido notificación alguna de nueva prima, importante esto, porque es lo que a la postre, lo que decantó la balanza a mi favor.

Con todo esto, abrieron proceso monitorio contra mí, y por mi parte, realicé escrito de oposición. En febrero de este año fué el juicio.

Al ser un importe menor de 2.000€ (creo recordar que ese es el límite) no es necesario abogado ni procurador, por lo que en la sala estabamos el juez, secretaria, abogada de MGS y yo.

La semana pasada recibí la sentencia, favorable a mí y entre otras cosas decía lo siguiente: (sic.)

“El mero hecho de que en las condiciones generales de la póliza se establezca en su condición 9.3, apartado relativo al pago de la prima, que “En cada prórroga de la póliza la prima podrá actualizarse de acuerdo con la aplicación de:
-el sistema Bonus-Malus previsto en estas Condiciones Generales
-el índice de Precio al Consumo (IPC) genera…”, en modo alguno justifica que, caso de ejercitar la aseguradora la facultad que recoge dicha condición, no se vea obligada a comunicar al tomador el ejercicio de la misma, y en definitiva, el aumento de la prima por cualquiera de las causas que la contemplan.
La demanda, por tanto, debe ser desestimada”

De lo que se desprende que, aunque la subida sea un céntimo, por el motivo que fuera, la compañía de seguros está obligada a comunicarlo, en tiempo y forma tal, que pueda dar oportunidad al tomador de aceptar o rechazar la nueva prima. Si no se notifica, constituye un cambio en un elemento sustancial del contrato, por lo que procede su cancelación.

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454 comments to Cancelación póliza de seguro vehículo: no renovación

  • rebeca

    hola, he estado asegurado durante un año en una compañia de internet, al poco de finalizar el plazo me he encontrado con una buena oferta de otra compañia y personal, he dado el aviso al banco para no cobrarme la anterior compañia, pero pasado unos dias me han cobrado dos seguros, la nueva compañia y la anterior de internet, le he llamado para decirles que habia cancelado la poliza pero dicen que no lo hice en el plazo previsto, que puedo hacer para que no me cobren?? ya que tampoco puedo cancelar la nueva compañia..? gracias, espero vuestra respuesta con urgencia.

    • Hola.

      Salvo avisar al banco para que no te carguen ese recibo, no puedes hacer nada. Si finalmente te lo han cargado, devuélvelo.

      Es cierto que no lo has cancelado con el preaviso exigido por Ley de dos meses de antelación, tal como indicamos en el artículo superior. Pero también es cierto que aunque te amenacen con iniciar acciones legales por ello, normalmente y por los casos que vemos no van más allá de ser meras amenazas.

      Así que sólo puedes devolver ese recibo y seguir con la nueva compañía, si es así lo que prefieres. O sino devolver el recibo de la nueva y seguir con la antigua… Pero asegurarlo en los dos sitios a la vez, como que no es muy rentable.. 😉

      Salu2

  • anto

    Alguien con caser como antigua compania ha ido a juicio por no renovar y avisar con dos meses?.

  • aliss

    hola, tengo el recibo de la moto con lineadirecta y me han cobrado ya el recibo, resulta que la moto la necesita otra persona y he llamado para ampliar y la pueda coger otro, resulta que no puede, he llamado a otra aseguradora y no me dan problemas, podria devolver el recibo aunque ya este cobrado o es ilegal.
    gracias.

    • Hola.

      Puedes devolver el recibo, aunque es probable que el seguro te amenace con reclamar su pago si ya has firmado el contrato.

      Generalmente a pesar de de que te amenacen no van más allá..Pero tú decides si cambiarte a la nueva compañía o continuar.

      Es raro que no te dejen incluir a nadie, aunque sea abonando una diferencia.

      Salu2

  • fernando

    hola, he estado leyendo los comentarios anteriores, pero tengo una cuestión, mi póliza caduca en el plazo de un mes y pico por lo que me encuentro fuera de plazo en la cancelación, como yo he dado un parte la compañía seguro que me subirá la póliza, bien la compañía no debería comunicarme la modificación de la cuota en un plazo de dos meses como yo a ellos, pues entiendo que es un contrato bilateral y ambos estamos sujetos al art. 22, yo entiendo que cuando hay una modificación del contrato inicial este pierde todos los derechos por lo que como no me han comunicado en el plazo de dos meses en cualquier momento puedo rescindir la vinculación con la compañia ¿estoy equivocado? un saludo

    • Hola.

      Lo que se indica en el artículo 22 es que:

      «Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.»

      Con lo cual si no deseas continuar con esa compañía deberás preavisar con esos 2 meses de antelación, sino se considerará el contrato renovado automáticamente.

      En este artículo no se especifica que el seguro tenga que preavisar del precio de la póliza con esa antelación… Así que los clientes estamos totalmente indefensos y las compañías de aprovechan de esta situación.

      Si decides no renovar a pesar de todo devolviendo el recibo, la compañía seguramente intentará presionarte diciendo que iniciará acciones legales por no haber preavisado… No suelen pasar de ser meras amenazas, ya que ningún cliente preavisa así por desconocimiento de ello, y tendrías que emprender acciones contra muchísimos usuarios, pero tu decides qué hacer.. si continuas o no..

      Salu2

  • Marita

    Quisiera saber si al estar desempeada y cumplirme mi prestacion económica el proximo mes, estoy obligada a renovar mi poliza de seguros que me cumple este mismo mes. Si no puedo hacer frente al pago….¿que hago? me parece una locura que me obliguen a pagar algo como un seguro de vehiculo sin tener dinero para ello y que la ley no me ampare

  • José Antonio

    -Tengo uno de mis coches en venta y ahora se renueva la póliza del seguro, una vez pasado el plazo de los dos meses. Puesto en contacto con la compañía me dicen que aunque venda el vehículo, el seguro se renovará y que tendré que hacer frente a la prima y que su importe lo puedo destinar para otro coche¿?, bueno ante esto y dado que el coche lo tengo prácticamente vendido, he convenido con la aseguradora de cambiar las coberturas reduciéndala a mínimos. Estoy de acuerdo de que las compañías aboguen por mantener sus carteras de asegurados, pero creo que si vendo el coche deben facilitar las cosas al cliente de forma que este le sirva de vehículo para que el mismo seguro sea aplicable al comprador, es decir dar baja al vendedor y alta al comprador con nueva póliza y nuevas coberturas según interesen a las partes. Por otra parte se produce una ingratitud por las compañias al no estudiar y analizar al cliente saliente, pues puede resultar que este lo sea potencialmente en el mismo u otros ramos, como es mi caso y te tratan con frialdad y con la amenaza de la ley y la norma. Así que con la fea pretensión de quedarse con una prima pierden un buen cliente ya que en la agenda se prepara el traslado a otras compañias y si estás en disposición de reconducir a otros clientes como es mi caso, debo castigarles diciéndoles con «TAL» compañía no contrates. «La pulga aunque no mata, hace todo el daño que puede». Es el único amparo que tenemos los consumidores PATALEAR, qué lástima!!

    • Buenas tardes.

      No renueves si vas a vender tu coche. Si lo vendes no estás obligado a renovar de nuevo si el coche ya no es tuyo. Para ello presenta a tu compañía el Historial del coche donde figurará que ya no está a tu nombre (te lo dan en Tráfico).

      Si te cargan el recibo, devuélvelo y si insisten pídeles la Hoja de Reclamaciones y acude a Consumo.

      Si vendes el vehículo antes de la fecha de renovación no estás obligado a pagar si ya no tienes el coche, faltaría más! Te lo dicen por si cuela…

      Al menos sería lo que nosotros haríamos. Luego ya está en tu mano decidir.

      Véndelo antes de que venza el seguro.

      Salu2

  • Antonio Moreno

    llamo ala compañía CASER para decirles que no puedo pagar el seguro , con un mes de antelación y me dicen que e firmado una póliza en la que pone que son dos meses para avisar.Cuando el año pasado llame 15 días antes y me aseguraron que avía que llamar con un mes de antelación este año lo hago como me dicen que no es un mes son dos, NO HAY MANERA DE DESHACERME DE ESTA COMPAÑÍA . Y encima me dicen que me van a mandar el formulario donde lo pone porque yo no lo tengo,¿esto es legal ?¿puedo poner quejas?, cuándo me cuentan que por ley son 15 días ,o un mes ,me puede informar alguien

    • Hola.

      Según la Ley de contrato de Seguro hay que preavisar de la cancelación con 2 meses de antelación.

      Hasta hace unos años esa claúsula daba igual porque había clientes de sobra, pero ahora con las crisis los clientes se van a compañías más baratas, así que las aseguradoras se «agarran» a esa claúsula para intentar impedir la fuga de clientes…

      Salu2

  • Antonio

    Hola, mi caso es parecido al de Rebeca, pero yo lo contraté con una Correduria de Seguros, les llamé para decirles que no quería seguir y que me cambiaba de compañía. Pero ahora ellos se hacen los locos. Yo entiendo que nunca he tratado con la empresa aseguradora y que por lo que no es a ella a la que tengo que avisar, pues para cualquier siniestro siempre he tratado con ellos.
    Pero pasado unos meses concreta mente seis, me han mandado una carta de «Intrum Justicia» una empresa cobradora en la que me dicen que si no pago me llevarán a juicio y tendré que pagar las tasas del juicio y la prima impagada.¿ Que puedo hacer?

    • Hola.

      Sólo puedes continuar con ellos, y la próxima vez preavisarles con dos meses de antelación según indicamos en el artículo superior, o sino devolver el recibo y esperar que no te reclamen judicialmente (normalmente no van más allá de meras amenazas…)

      Salu2

  • anto

    Vamos a poner un caso, resulta que pago 300 por mi poliza y a la reno acion me suben a 500, no deberian avisarme con antelacion ya que las condiciones gan cambiado?, por esa regla de tres tengo que pagarles si o si. Imagino que estas cuestiones son las que vera un juez para tomarse una idea del tipo de estafa que es esto, ademas demostrar que no se ha recibido en casa las nuevas modificaciones.

    • En ese caso tendrías que acudir a Consumo, interponer la reclamación y seguramente te darían la razón ya que sería un abuso si no es justificado por parte de la compañía.

      Salu2

  • Francisco manuel

    Buenas a todos. Al igual que la gran mayoria de los comentarios, a mi me ha pasado exactamente lo mismo con CASER, no he avisado con dos meses de antelación. Mi pregunta es la siguiente. En el Artículo 22 indica que el plazo de renovación debe de estar indicado en la póliza, o sea, según entiendo, debe de estar escrito en la póliza la duración total del contrato (que no puede ser superior a diez años) y que la renovación será anual, ¿no?. En la póliza que yo he firmado no indica la duración del contrato ni el plazo de renovación. ¿Podría poner una reclamación a la compañía y consumo con estos argumentos?

    Muchas gracias.

    • Buenas.

      No es sólo Caser la que está respondiendo así. Si lees los anteriores comentarios verás que es algo que está ocurriendo con la mayoría de las aseguradoras.

      Sí, si en tu póliza no indica eso puedes interponer una reclamación. De todas formas, antes de nada consúltalo en Consumo. seguro que ya han tenido más casos similares y te indicarán la mejor forma de reclamar en tu caso.

      Salu2

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