La renta básica de emancipación entró en vigor el 1 de enero del 2008, que consiste en una ayuda de 210 euros mensuales para los jóvenes entre los 22 y 30 años para que alquilen una vivienda y se independicen de sus padres.
La ayuda está destinada para los los gastos del alquiler de una vivienda, y su duración máxima es de 4 años.
Adicionalmente se puede obtener:
- 600 euros de préstamo para la constitución de la fianza, este préstamo deberá devolverse cuando se termine de recibir la renta de emancipación o cuando finalice el contrato de alquiler.
- 120 euros para los gastos de tramitación del aval.
De esta forma, un jóven puede «ahorrarse» el desembolso de hasta 930 euros durante el primer mes.
Los requisitos para acceder a esta ayuda son:
- Tener entre 22 y 30 años.
- Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales.
- Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
- Ser titular del contrato de alquiler o uno de los firmantes.
- Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España.
Ultimas noticias (01/01/2012): A partir de esta fecha queda derogada la Renta Básica de Emancipación de los jóvenes (RBE). (RD 20/2011, de 30 de diciembre)
- Los beneficiarios que tengan reconocido el derecho a la Renta Básica de Emancipación continuarán disfrutando de dicho derecho en las condiciones establecidas en la norma que se deroga y de acuerdo con los términos de la resolución de su reconocimiento.
- Excepcionalmente, podrán ser beneficiarios del derecho a la Renta Básica de Emancipación quienes lo hubieran solicitado a 31 de diciembre de 2011 y siempre que cumplan a dicha fecha los requisitos contemplados en la norma que se deroga, y en los términos que se establezca en la resolución de su reconocimiento.
14 de Julio de 2012: El Consejo de Ministro decreta que la ayuda a partir de ahora serán de 147 euros en lugar de los 210 euros.
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muy buenas a tod@s, mi pregunta es la siguiente,tengo concedidas estas ayudas desde enero del 2010 , quedandome dos años todavia, estoy mirando otro piso de alquiler y no se si ahora, como ya no te dan estas ayudas ,se pierde el derecho a cobrarlas, vivo en logroño esto depende de cada comunidad o simplente es a nivel estatal?si alguien puede contestarme se lo agradezco mucho, un abrazo
Me temo que si cambias de piso, lo más probables es que pierdas la ayuda.
Salu2.
buenos dias mi pregunta es la siguiente, estoy cobrando la ayuda de los 210 desde hace ya unos casi 3 años y ahora se me presenta la oportunidad de mudarme a un piso mas barato dentro de la misma ciudad que el que tengo y no se si al mudarme la perderé¿?,o que tengo que hacer para no perderla en su caso….???? gracias..atte!
Si te mudas tienes que volver a solicitar la ayuda, y como ahora ya no conceden…
Salu2.
Hola, buenas noches queria hacer dos preguntas. Si por casualidad te quedas en el paro ¿ segurias cobrando la ayuda? Aunque no la e cobrado nunca y yevo 15 meses esperando.Y si cambias de trabajo ¿tendria que cambiar los papeles del contrato? Muchas gracias
Siempre que tengas ingresos regulares.
Salu2.
Ok entonces no tendria.problemas en que la ayuda siga asi adelante. Y si cambio de trabajo no ay que ir a cambiar papeles ni nada??. Ya que se sigue pagando el alquiler como es. Muchas gracias por la.informacion
Mientras que tengas ingresos regulares, te seguirán dando la ayuda.
Salu2.
Hola,
Se sabe algo de como van las trámites de las personas que tuvimos problemas con esta ayuda, al principio de darlos. A mi me reclamaban el dinero pq una vez que me lo ingresaron ya no cumplía los requisitos, y con intereses me lo pedían, cuando yo ese dinero no lo había tenido en mi poder. Claro… ahora si que llevo casi 2 años a la espera y con él!
Gracias!
Esta ayuda es un desastre, tanto para pagarlo como para devolverlo.
Si pasado 4 años y no te lo reclaman, tuyos son para siempre.
Salu2.
Buenos días,
Yo recibí la ayuda entre febrero y mayo de 2008, fecha en que cumplí los 30 años y me la quitaron automáticamente. Ese año me subieron el sueldo y acabé pasándome 500 euros de los 22000, por lo que en 2010 me enviaron resolución suspendiendo la ayuda, que llevaba dos años sin cobrar y diciéndome que me enviarían resolución para la devolución de las cantidades indebidamente percibidas. El caso es que la primera resolución ha prescrito y ahora me han mandado dos nuevas resoluciones, una con la prescripción de la primera y otra abriendo un nuevo proceso de reintegro. Mi pregunta es ¿cuándo empiezan a contar los 4 años de prescripción? Muchas gracias y perdón por la extensión.
Desde la última vez que te reclamaron algo con respecto a dicha ayuda.
Salu2.
Buenos dias, nada decirles que estuve esperando 16 meses para cobrar la ayuda. Solo decirles que tengan paciensia como me dijeron a mi que la cobraran. La cobre este mes. Un saludo a todos.
Efectivamente hay que tener paciencia, que al final se cobra, ¿cuándo? eso es la incertidumbre.
Salu2.
hola, hace un mes deje el piso de alquiler donde vivia cancelando el contrato de alquiler, pero no pense en cancelar la ayuda y me beneficie de los 210e, ahora ya la tengo cancelada pero mi pregunta es que tengo hacer con estos 210 euros, que tengo que hacer para devolverlos y si tengo que pagar intereses de estos 210 euros??
gracias
Tienes que solicitar la devolución de esa ayuda que has recibido indebidamente.
Salu2.
Que pasa si debo algún mes de alquiler a mi casero? Me quitan la ayuda de alquiler? Puede mi casero informar de ello y así me la quitan?
Si no pagas, claro que te pueden quitar la ayuda.
Salu2.
ola me queda poko por seguir cobrando lo.de la ayua mi pregunta es si puedo echarla otra vez o una vez cobrada no puedo renovarla para seguir cobrandola??gracia de antemano
La RBE.. Una vez que se cobra termina de cobrar ya no te darán ma´s.
Salu2.