La renta básica de emancipación entró en vigor el 1 de enero del 2008, que consiste en una ayuda de 210 euros mensuales para los jóvenes entre los 22 y 30 años para que alquilen una vivienda y se independicen de sus padres.
La ayuda está destinada para los los gastos del alquiler de una vivienda, y su duración máxima es de 4 años.
Adicionalmente se puede obtener:
- 600 euros de préstamo para la constitución de la fianza, este préstamo deberá devolverse cuando se termine de recibir la renta de emancipación o cuando finalice el contrato de alquiler.
- 120 euros para los gastos de tramitación del aval.
De esta forma, un jóven puede «ahorrarse» el desembolso de hasta 930 euros durante el primer mes.
Los requisitos para acceder a esta ayuda son:
- Tener entre 22 y 30 años.
- Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales.
- Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
- Ser titular del contrato de alquiler o uno de los firmantes.
- Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España.
Ultimas noticias (01/01/2012): A partir de esta fecha queda derogada la Renta Básica de Emancipación de los jóvenes (RBE). (RD 20/2011, de 30 de diciembre)
- Los beneficiarios que tengan reconocido el derecho a la Renta Básica de Emancipación continuarán disfrutando de dicho derecho en las condiciones establecidas en la norma que se deroga y de acuerdo con los términos de la resolución de su reconocimiento.
- Excepcionalmente, podrán ser beneficiarios del derecho a la Renta Básica de Emancipación quienes lo hubieran solicitado a 31 de diciembre de 2011 y siempre que cumplan a dicha fecha los requisitos contemplados en la norma que se deroga, y en los términos que se establezca en la resolución de su reconocimiento.
14 de Julio de 2012: El Consejo de Ministro decreta que la ayuda a partir de ahora serán de 147 euros en lugar de los 210 euros.
Artículos relacionados:
Buenas tardes.
Presenté la solicitud el día 27 de diciembre, junto con un contrato de arrendamiento que comenzaba el día 1 de enero, pero firmado con fecha 27 de diciembre. Me han denegado la ayuda diciendo que con fecha 31 de diciembre no soy titular del arrendamiento. ¿Puede hacer algo?
Muchísimas gracias.
Un saludo.
Ellos tienen la razón.
NO puedes hacer nada.
Salu2.
Buenas tardes.hemos recibido 210 euros hasta febrero y haora disen que debemos que devolver el dinero por cambio de domicilio porque teniamos que vivir en la misma vivienda minimo 3 años.¿Ha sabido alguin eso?
Esa condición está puesta para determinar que una vivienda es habitual…
hola
estoy cobrando la renta basica de emancipacion desde hace un año, pero me he quedado en paro y voy a cobrar prestaciones.
Tengo que informar?
Voy a perder la renta basica de emancipacion por estar en paro?
Sí, cuando te quedas sin ingresos regulares.
El paro se considera un ingreso regular.
Salu2.
Buenas tardes, me aprobaron la renta de emancipación en Julio de 2010 y aún no he cobrado nada, ¿es normal que se retrasen tanto? Es que va a hacer casi 2 años y me voy a ir del piso y no he visto ni un duro.
Además, me han dicho que para hacer la Renta ahora, tengo que declarar la renta de emancipación porque tengo la ayuda aprobada pero no he visto ni un duro. ¿esto es así?
Un saludo y gracias
No debería de haber tardado tanto.
Haz una consulta de tu caso.
Se me ha olvidado decir en el comentario de antes, que sigo acudiendo cada mes a la oficina del gobierno de aragón para llevar el justificante con el recibo del alquiler, demostrando que sigo viviendo allí. Me dicen que los papeles presentados son correctos y que todo está bien, pero sigo sin ver un duro desde Julio de 2010.
En cuanto a la ayuda percibida, tienes que declararlo…
En mi opinión puedes hacer 2 cosas, declararlo aunque no hayas recibido o declararlo cuando lo recibas; pero consultalo en la agencia tributaria.
Salu2.
Hola recibo la ayuda del alquiler desde hace un año, y seguramente dentro de unos días acabare en el paro. Dejare de recibir la ayuda de emancipacion?
SI recibes prestación economica del INEM eso cuenta como fuente de ingresos.
sí que cuenta.
Hola.
En marzo se me acabó el paro.
En abril me di de alta de autonomos para un trabajo de ventas pero he obtenido unos ingresos muy bajos.
Ahora me he dado de baja de autonomos y vuelvo a estar en paro pero ya no recibo prestación económica.
Voy a perder la RBE?
Me queda un año y medio de uso.
En caso de que la perdiese, si encuentro trabajo dentro de x tiempo podría cobrar ese tiempo que me queda?
Puedes recibir la RBE siempre que tengas ingresos regulares.
Salu2.
Gracias Ana. Y debo informar de que estoy en paro o no tengo que hacer ninguna gestión? Y si debo hacerlo a donde tendria que dirigirme? tu lo has cobrado estando en paro?
Cuando te quedes sin ingresos regulares tienes que solicitar la renuncia de la ayuda de la misma forma que solicitaste dicha ayuda.
Salu2.
Estoy llamando al 900900707 y hablan en ingles un contestador y en el 012 comunica siempre. Sabe alguien a que tlf puedo llamar para informarme? Gracias
No sé si la página de RBE te permite comunicarte con ellos:
rbe.vivienda.es
Salu2.
Ok gracias