Si dejamos de pagar un crédito o deuda (préstamos personales, de cuotas de la hipoteca, tarjetas de crédito, el préstamo del coche…), además de incluirnos en la lista de morosos, nos reclamarán la deuda a través de los tribunales y seguramente nos embargarán los bienes presentes y futuros.
En estos casos conviene saber lo que pasará con la nómina si se tiene un trabajo y la cuantía del sueldo que será embargado. En este artículo trataremos aclarar estos puntos y crearemos una calculadora para determinar la cuantía de la nómina embargable.
¿Qué puede hacer una entidad acreedora ante un cliente moroso?
Una de las primeras acciones que pueden hacer las entidades acreedoras es inscribir al deudor en las llamadas lista de morosos. Ello conllevaría el inconveniente de no poder solicitar ningún tipo de préstamo bancario o hipoteca, ya que las entidades bancarias se lo denegarán.
Lo siguiente podría ser contratar los servicios de una empresa de cobros o ir ya por vía judicial.
En caso de tener deudas con administraciones públicas (multas de tráfico, impuestos,..), ¿qué procedimiento seguirían para reclamar la deuda?
Si el acreedor fuera una administración pública, enviarían antes de nada un aviso mediante procedimiento de apremio, comunicando de esta forma al deudor el plazo máximo que dispone para saldar la deuda pendiente.
Estas instituciones pueden ejecutar forzosamente sus propios actos y embargar bienes y derechos de los administrados sin tener que acudir a los Tribunales. La Administración puede proceder directamente al embargo, siempre que actúe de acuerdo con los procedimientos establecidos en la ley (artículos 93 a 101 de la Ley 30/1992)
¿Qué bienes serían embargables?
En el caso de que ambas partes no lleguen a un acuerdo en la forma de pago ante el juez, se podría sentenciar el embargo de bienes empezando por el dinero depositado en las cuentas corrientes, los sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades y mercantiles autónomas suyos y de su cónyuge (dependiendo del régimen matrimonial), bienes materiales (coches, vivienda, joyas, etc)
¿Si no dispusiera de dinero en el banco, fondos, propiedades ni avalistas, ¿cómo le podrían reclamar la deuda pendiente?
En el caso de carecer de avalistas y de fondos suficientes para saldar las deudas, podrían sentenciar el embargo de la nómina, salario o pensión, aunque normalmente es una de las últimas medidas judiciales para el cobro de los impagos (salvo en el caso de las deudas o multas administrativas, o el impago de la pensión alimenticia o compensatoria en separaciones o divorcios).
¿Le podrían embargar la totalidad de la nómina?
Por Ley no se puede embargar la totalidad de la nómina excepto para el caso de hacer frente al pago de la pensión alimenticia de los hijos si los hubiera.
¿Qué cantidades máximas de la nómina le podrían embargar?
Los límites máximos de la nómina que le podrían embargar se fijan en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El SMI se considera la cantidad mínima necesaria para poder subsistir.
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el 2017 es de 707,60 euros/mes.
Se establecen así unos tramos máximos embargables en función de su nómina:
- Si el salario o pensión es de hasta 2 veces el SMI (1.415,20) se embargará el 30% de lo que excede de 707,60 euros.
- Si el salario es hasta 3xSMI (2.122,80€) se embargará el 30% de lo que pase de 707,60 y el 50% de lo que supere los 1415,20 euros.
- Si el salario es de hasta 4xSMI (2.830,40€) se añadirá a los anteriores tramos el embargo del 60% de lo que exceda de 2.122,80 euros.
- Si el salario es de hasta 5xSMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 75 % de la cantidad que exceda de 2.830,40 euros.
- Si el salario o pensión supera cinco veces el SMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 90 % de la cantidad que exceda de 3.538,0 euros.
Calculadora para calcular la nómina embargable
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Hace 4 años que me embargaron el piso y lo subastaron. Me siguen reclamando un importe y me han embargado la nomina. En la actualidad tengo trabajo y mi pareja no.
Me embargan la nomina quedándose en 785. Es posible el embargo si mi pareja esta desempleada desde hace 5 años y para vivir los dos y pagar un alquiler nos quedan 785e??. El no percibe ningún ingreso.
NO influye sobre tu embargo la situación de tu pareja.
Salu2.
No me queda nada claro qué pasa con las pagas extras. He leido que en unos casos se cuenta como 2 smi y en otro sólo como 1. No encuentro ningún sitio según lo contemple la ley
Depende de los ingresos totales:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/03/30/lista-de-morosos-y-embargo-de-bienes/
Salu2.
hola….como pedo averiguar en que lista de morosos estoy…hice una consulta en asnef y me mandaron un informe que no tengo nada aqui…(tengo embargo de nomina por un prestamo) gracias
Hola.
Puedes contactar con las otras empresas que se encargan de los listados de morosos para ver si alguna te tiene incluido.
Puedes ver los datos de contacto en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/10/26/listado-de-morosos-como-saber-si-estoy-incluido-y-como-salir/
Salu2
Tengo pendientes varias deudas con entidades bancarias y financieras. . Si domicilió mi nómina en la cta. Bancaria de mi hija en otro banco no acreedor y yo figuro sólo como autorizado, siendo la titular ella. ¿ pueden embargarme O esa cuenta o al estar a nombre de mi hija no la pueden tocar ?
Cuidado con hacer eso… hay problemas fiscales; y existe un delito denominado «alzamiento de bienes».
Salu2.
Hola. Debo una facturación en una compañía ADSL y me van a poner en la lista de morosidad si no pago. Quería saber si esto pidria afectar a no percibir las becas de estudio gubernamentales.
Muchas gracias
No, no afecta.
Salu2.
Hola, me han embargado la liquidación que me pertenecía de 400€ pues me despidieron el 1 de septiembre. Sólo me han ingresado 93€. ¿Pueden embargar una liquidación aun cuando me ha despedido la empresa y me quedo en situación de desempleo?.
Me temo que sí.
Mi salario es de 1634, de los cuales, paso una pensión por alimentos de 600 € mensuales. Mi deuda total es de 97.000 € con varias entidades de crédito, ninguna hipotecaria. Cual sería la base para calcular el embargo, 1.634 o el resultante de deducir la pensión de alimentos, es decir, 1.034 €.
Muchas gracias
Me temo que es sobre todo el salario que tienes.
Ten en cuenta que lo que miran son los ingresos, pero no los gastos ni las cargas familiares.
Salu2.
Me embargaron por ejecución de sentencia parte de la nómina por no pagar parte de la pensión de alimentos de mi hijo según el juez y mi salario se corresponde con el primer tramo de hasta el doble del salario mínimo. La cantidad embargada es de 75 €/mes, hasta 15000€.
Como me afectaría y que debería hacer si paso de trabajar por cuenta ajena a propia?
Gracias por adelantado
Por tema de pensión de alimentos, no respetan ningún mínimo.
Salu2.
hola buenas , tengo un embargo en la nomina de 200 euros sobre 1300 de nomina , ahora me a llegado otra sentencia de otro juzgado para un segundo embargo , me pueden aplicar otro embargo en la nomina y quitarme otros 200?? entiendo que el primer acreedor ocupo todo el porcentaje maximo de embargo y el segundo tendria que esperar , no es asi?? las deudas son de bancos
NO, debes de acudir al juzgado e indicar que ya tienes un embargo y que entre los 2 embargos han de ajustarse al límite embargable.
Salu2.
Hace 13 años contraje una deuda con un banco, de 500, estando todavía soltera, a dia de hoy,q estoy dada de alta en la seguridad social, me llega un embargo, embargo q no se puede hacer efectivo por no llegar al minimo. mi pregunta es la siguiente;se pueden meter con la nomina de mi marido, o con la cuenta q tenemos en común? Gracias.
Con la nómina de tu marido, no. Ya que la deuda es privativa tuya.
Pero sí contra la cuenta que tenéis en común.
Aunque la cuenta sea gananciales, el 50% de lo que haya allí es tuyo, y lo que es tuyo, se podrá embargar.
Salu2.