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9 de marzo de 2010

Buscar trabajo en el extranjero: búsqueda de empleo en la UE

En estos tiempos de crisis una opción para conseguir un empleo es buscar trabajo en el extranjero. Elegir otro país de la Unión Europea (UE) facilita todos los trámites. Sin embargo, conviene informarse bien antes de nada sobre la convalidación de títulos, asistencia sanitaria, pago de impuestos, cobro de desempleo mientras se busca trabajo en otro país, etc. Indicamos toda la información que puede serte útil.

¿Podría irme a buscar empleo a cualquier país de la UE?

Gracias a la libre circulación de trabajadores en los países del Espacio Económico Europeo (EEE) se permite a sus ciudadanos trabajar y establecerse libremente, sin necesidad de autorización de trabajo, en cualquier país miembro. De esta forma se garantiza la igualdad de derechos con los nacionales de dicho país.

Sin embargo cada país posee una serie de normas transitorias, que puede varias de un Estado miembro a otro, que regulan la libertad de movimientos con el fin de obtener un empleo. Conviene consultarlas antes de nada en el siguiente enlace:

¿Serviría el título que tengo para ejercer en otro país de la UE?

Cada ciudadano europeo puede ejercer su actividad profesional en otro país de la UE teniendo los mismos derechos y obligaciones que los nacionales de forma general.
Sin embargo, para determinadas actividades cualificadas será necesario solicitar el reconocimiento de los mismos a efectos profesionales, ante los organismos competentes de cada Estado de acogida.

Podrán informarte sobre este tema en:

Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones:
Paseo del Prado, 28. Telef. 91 506 56 00

Servicio de Información General:
Alcalá, 36. Telef. 902 218 500

Toda la información, requisitos generales, modelos solicitud acreditación, etc. en:

¿Me quedaría sin Seguridad Social si me voy a trabajar a otro país de la UE?

En principio, está asegurado en el país en el que trabaja. Usted y su familia tendrían derecho a recibir el mismo trato en materia de seguridad social y pueden recibir las mismas prestaciones que los ciudadanos del país de acogida.

¿Con qué Asistencia Sanitaria contaría?

En cuanto a la asistencia sanitaria: si es usted beneficiario de la Seguridad Social, debe obtener antes de salir de España el formulario correspondiente de la serie E-100.

A partir del día 1 de junio de 2004 los formularios de estancia temporal, fundamentalmente E-111 y E-128, fueron sustituidos por la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). Esta tarjeta es individual y certifica el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que sean necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en cualquiera de los países integrantes del Espacio Económico Europeo y Suiza.

El período de validez consta en la Tarjeta Sanitaria Europea.

Para su obtención deberá personarse en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

La asistencia sanitaria es gratuita en la mayoría de los países. Sin embargo, en algunos de ellos tendrá que abonar parte o la totalidad del coste. Es importante que guarde recibos y facturas para que luego le reembolsen el dinero.

¿Podría cobrar la prestación de desempleo mientras busco trabajo en otro país de la UE?

Si está recibiendo prestaciones o subsidio por desempleo, puede exportarlas para buscar un trabajo durante un período máximo de 3 meses. Para ello se le exigirá haber estado a disposición del Servicio Público de Empleo del país de origen al menos durante 4 semanas, comunicar al mismo la fecha real de su partida e inscribirse en el Servicio Público de Empleo del país de destino en un plazo de 7 días.

Deberá llevar consigo el formulario E-303 que le expedirá el Servicio de Empleo que le reconoció el derecho. Tenga en cuenta que los trámites pueden dilatarse en algunos países hasta 2 meses.

Por último conviene solicitar el formulario E-301 antes de salir del país en el que ha trabajado, a fin de que los periodos cotizados puedan tenerse en cuenta para el cálculo de futuras prestaciones.

¿Dónde me correspondería pagar los Impuestos?

No existe legislación comunitaria específica en materia de impuestos, si bien se ha cuidado evitar la doble imposición de las rentas de las personas que tienen ingresos procedentes de diferentes países y la no discriminación con respecto a los nacionales. Habitualmente se tributará en el país donde se tenga la residencia fiscal.

Podría y conviene informarse de este tema antes de nada en:

Agencia Estatal de la Administración Tributaria
Guzmán el Bueno, 139 – 28071 Madrid
Teléfonos: centralita 915 826 767

Dirección General de Aduanas
Guzmán el Bueno, 137 – 28071 Madrid
Teléfono: 91 582 62 26

Consejos útiles a tener en cuenta para buscar empleo en otro país de la UE

Es importante que tenga en consideración si:

  • Habla un idioma comunitario con la suficiente fluidez para desempeñar el puesto de trabajo.
  • Obtener el reconocimiento de sus cualificaciones académicas y/o profesionales en el país a donde se quiere ir.
  • Recopilar e informarse bien sobre el país al que se desplaza, en cuanto a trámites generales de residencia, condiciones de vida, de trabajo, alojamiento, impuestos, asistencia sanitaria, etc.

¿Qué documentación es importante llevar?

  • Pasaporte o DNI en vigor.
  • Traducción certificada del título.
  • Curriculum vitae traducido, cartas de presentación y de referencia de otros empleos, títulos académicos y cursos.
  • Tarjeta Sanitaria Europea para asistencia sanitaria en el EEE. Formularios E-301 y /o E-303, cuando proceda.
  • Fotocopia de la partida de nacimiento y libro de familia.
  • Varias fotografías de carnet.
  • Otros permisos y licencias que considere adecuados (carnet de conducir…).
  • Dinero para los primeros gastos (alojamiento, desplazamientos, manutención…).

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2 comments to Buscar trabajo en el extranjero: búsqueda de empleo en la UE

  • Jose Luis Pérez Muñoz

    Me parece una muy buena información para poder iniciar una «nueva vida» en el extranjero, aunque me gustaria una mayor información con repecto a la vivienda y derechos de los niños, para los colegios ,ayudas y demás… etc.
    Además, saber si el Consulado o el Estado nos proporcionaria casa o alguna subbención para pagar alquiler de la vivienda…

    • Hola José Luis

      Eso ya sería información concreta que habría que estudiar dependiendo del país al que decidieras ir a vivir. La verdad es que tal como están las cosas aquí sí que es un tema interesante.

      Salu2

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