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24 de febrero de 2010

Garantía coches de ocasión: ¿reparación con piezas nuevas o usadas?

La compra de un coche de segunda mano o de ocasión siempre conlleva un riesgo de que nos de una avería imprevista por vicios ocultos o fallos que no detectáramos antes de efectuar la compraventa.

Ante estos problemas, los concesionarios o empresas compraventas están obligados a dar un año de garantía.

Pero, ¿podemos exigir como clientes que realicen la reparación a su cargo con piezas nuevas?

¿Deben repararme el coche con piezas nuevas o pueden hacerlo con piezas usadas?

Para subsanar un vicio o defecto oculto en un coche de ocasión, el taller no tiene la obligación de utilizar piezas nuevas en la reparación, puede utilizar recambios usados.

Ya que si el vendedor reparara el vehículo utilizando piezas nuevas que sustituyan a piezas antiguas o con un kilometraje grande, estaría asumiendo un coste que para el comprador supondría un beneficio injustificado, ya que se incrementaría el valor del coche respecto al momento en que lo adquirió. (Real Decreto legislativo 1/2007 – Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios)

El valor del vehículo quedaría igualado si se sustituyeran las piezas defectuosas por otras de otros vehículos de similares características o piezas reacondicionadas.

La utilización de estas piezas viene recogida en el Decreto de talleres, aunque se exige para ello la previa conformidad escrita del cliente. (art 9.1.a del Real Decreto 1457/1986 prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos)

Por otro lado, el Instituto Nacional de Consumo, también que indica que en el caso de que haya que emplear para la reparación piezas de recambio podrán utilizarse piezas reacondicionadas, reconstruidas o usadas, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que sea técnicamente posible la reparación del vehículo haciendo uso de tales piezas.
  • Que la pieza incorporada tenga un estado de conservación conforme al contrato.
  • Que no se trate de elementos activos o conjuntos de los sistemas de frenado, suspensión y dirección del vehículo.

¿Puede el taller reparar con piezas usadas el vehículo sin avisar de ello previamente al cliente?

El cliente debe dar su consentimiento por escrito, que podrá anotarse en el presupuesto o en la hoja de taller de la utilización de piezas de recambio usadas para la reparación.

¿Y si el comprador insistiera que las piezas de la reparación sean nuevas?

En el este caso, sería el propio comprador el que tendría que asumir el sobrecoste que conlleve adquirir las piezas de recambio en vez de emplear unas ya usadas o reacondicionadas.

¿Y si el comprador se negara a abonar el sobreprecio de instalar piezas de recambio nuevas?

En el caso de que el comprador no diera su consentimiento para la utilización de piezas usadas de recambio y exigiera que se colocaran piezas nuevas negándose a pagar el sobreprecio de éstas, el vendedor estaría oficialmente en su derecho de reclamar contra el comprador por el enriquecimiento de éste.

Guía de vehículos de ocasión:

135 comments to Garantía coches de ocasión: ¿reparación con piezas nuevas o usadas?

  • Ernesto

    Hola,
    Yo creo que hay que tener mucho cuidado a la hora de comprar un vehículo de segunda mano, si no entiendes mucho de mecánica, lo mejor es ir con algún amigo que sepa algo a probar el coche antes de comprarlo. Si no, es fácil que te den gato por liebre como se suele decir.
    Saludos.

  • Eladio Garcia Ferraz

    Hace 5 mases que compré un coche de 2ª mano no me podian bajar el precio por que tenian que darme una garantía de un año por futuras averias, me ha dejado en la carretera 2 veces y una semana caminando, la primera ves dicen que era una tonteria y creo que es la misma averia que la 2ª ahora me dicen que no tiene garantia el motor de arranque por desgaste que las cocas electricas no tienen garantia en cinco meses no desgasto un motor de arranque pues tuve un coche más de 20 años y no se desgasto,¿que pasos tengoque dar para ver si tengo razón?

    • Si compraste el vehículo a un concesionario o compraventa por Ley están obligados a dar una garantía de 1 año.

      Es cierto que es un poco subjetivo decir que piezas entran o no en dicha garantía. Se consideran elementos de desgaste las pastillas, discos de freno, embrague, neumaticos, amortiguadores, etc..

      En el caso del motor de arranque podría tratarse como un defecto oculto, ya que como bien dices, no se desgasta de un día para otro.

      Así que lo mejor es que acudas con el contrato de compraventa y garantía a la Oficina de Información al consumidor para que te indiquen cómo interponer mejor la reclamación oportuna y acudir al sistema de arbitraje de consumo que decidirá quíen tiene la razón.

      Cuándo te sucedió por primera vez esa avería se encargo el que te vendió el coche de su reparación? O te tocó hacerte cargo a ti de los gastos?

      Si la avería es el mismo fallo que ya se reparó debes saber también que la garantía de las reparaciones en un taller es por Ley de 3 meses o 2.000kms.

      Salu2 y ya nos contarás cómo sigue tu caso.

      — Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • david

    hola, en Abril de este año compre un coche de segundamano a un concesionario, el vendedor me dijo que no me daba garantia, hace unos dias circulando por autopista se salio la rueda derecha con todo el mecanismo, palier buje trapecio, etc. no me mate de milagro,ahora el vendedor me enseña un papel que firme rechazando la garantia sin darme cuenta puesto que lo metio con los demas papeles del vehiculo que tenia que firmar, tengo derecho a denunciar esta situacion?
    gracias

    • Hola David.

      Nos alegramos que te encuentres bien después de lo sucedido.

      Los concesionarios y compraventas están obligados por Ley a dar una garantía de un año (Ley 23/2003, de Garantías en la venta de Bienes de Consumo) en los vehículos que venden.

      Haber firmado un documento en el que rechazas dicha garantía no te favorece.. Sin embargo, te aconsejamos que acudas a la Junta de arbitraje de Consumo de yu localidad llevando el contrato de compraventa y documentación que dispongas para ver si podría tratarse como claúsula abusiva y proceder así a la reclamación.

      Es importante guardar factura de la reparación y pruebas de los daños del coche, fotos y demás por si te hicieran falta en la reclamación.

      Salu2 y ya nos contarás. Animo!

  • david

    me he comprado un coche peugeot 407,llevo con el un mes y me sale en la pantalla pastillas desgastadas,mi pregunta ¿me lo cubre la garantia?solo tiene un mes,me han comentado que las piezas de desgaste en un coche de segundamano deben de estar a medio desgate

    • Hola David.

      Por acudir al concesionario o compraventa donde lo compraste e indicar que no es normal que no te hayan durado ni un mes las pastillas, no tienes nada que perder.

      Pero depende ya de la empresa que te lo ha vendido en cambiártelas a su cargo o no, ya que en los elementos de desgaste (neumáticos, embrague, pastillas..) es todo muy subjetivo y podrían decirte que las has gastado tú en este tiempo, y en ese caso no hay mucho que puedas hacer para reclamar..

      A ver si tienes suerte y te las cambian, Ya nos contarás a ver qué te dicen.

      Salu2!

  • Adrià

    Buenos dias,

    Hace ahora aproximadamente 7 meses y que compré un coche de segundamano en un concesionario multimarca Auto Roma94.sl he disfrutado de todo este tiempo sin problemas. Hasta que ha fallado un tensor de distribución y pierde liquido refrigerante.

    En el contrato de garantía que firmamos dice que el coche debe pasar una revisión en un concesionario a los 6 meses o 6000km (ahora han pasado 7 i 6500km), pero la direccion del taller esta tachada en el contrato por que ya no trabajan con ellos.

    Me puse en contacto para notificar la avería i me dicen que lo lleve a un taller cualquiera que las pasaran presupuesto y lo arreglaran. Hoy me llaman del taller diciedome que ha pasado un hombre de la garantía y que acogiendose a esa cláusula no cubren la reparación. Vamos que se limpian las manos. Es eso legal? No están obligados a cumplir con los 12 meses? La cláusula es legal o abusiva? Mas teniendo en cuenta que el papel de la garantía ofrece un taller que esta tachado?

    Agradeceré todos los comentarios pues la reparación es muy costosa y no puedo hacerme cargo. Muchas gracias

    • Buenos días

      Comentarte que los concesionarios y compraventas están obligados por Ley a dar una garantía de un año (Ley 23/2003, de Garantías en la venta de Bienes de Consumo) en los vehículos que venden.

      Nuestro consejo es que acudas a la Junta de arbitraje de Consumo de tu localidad llevando el contrato de compraventa y documentación que dispongas para ver si podría tratarse como claúsula abusiva y proceder así a la reclamación.

      Sobre el mantenimiento de los 6 meses o 6.000kms, pues si estaba especificado en el contrato de compraventa, quizás puedan intentar aludir a esa claúsula, pero en cualquier caso, en Consumo viendo la documentación te informarán bien sobre cómo actuar en tu caso.

      Esperamos que se resuelva lo mejor posible, ya nos dirás a ver qué te comentan.

      Salu2 y ánimo!

  • Nacho

    Hola, hace un mes que vendí un vehículo de mi propiedad, y resulta que se ha roto la correa de distribución, y la nueva propietaria me reclama el importe de la reparación. La correa le faltaban 30.000 km para su sustitución, y por descontado que yo desconocía que la correa estuviera en mal estado o que se fuera a romper prematuramente. La nueva propietaria dice que lo va a denunciar. ¿Puedo estar tranquilo?, ¿ O voy a tener algún tipo de problema? En el caso que se hiciera algún juicio, qué debería decir o a qué debería yo apelar? Gracias.

    • Buenas tardes Nacho.

      En principio es muy dificil que salgan adelante las reclamaciones entre particulares, ya que van reguladas por el Código civil y habría que denunciar e ir a juicio y demás, con la lentitud de todo el proceso.. Así que todo ello echa para atrás a mucha gente a la hora de reclamar por el coche comprado.

      De todas formas, si en tu caso dispones de contrato de compraventa donde indicaras los kms del coche en el momento de la entrega, y consigues una copia aunque sea del manual de mantenimientos indicados por el fabricante (intenta solicitarlo a la marca o algún conocido que tenga esa marca/modelo), donde se vea que aún no correspondía cambiar la correa, te podemos decir que puedes estar tranquilo.

      Sólo tendrías que responder de los vicios o defectos ocultos, y si no tocaba aún cambiar la correa, le será complicado demostrar al comprador que se trata de un defecto oculto.

      Artículo 1484.- El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos.

      Salu2 y ánimo.

  • Nacho

    Pero dice el artículo 1485 que el vendedor deberá sanear la reparación aunque éste, no fuera conocedor del defecto, ¿eso son malas noticias para mí verdad? ¿o cómo se debe entrepretar estos artículos? También dice que me va a pedir daños y prejuicios porque por culpa de la avería, casi tiene un accidente. Gracias de antemano.

    • Hola Nacho.

      No te preocupes. Tanto el comprador como el vendedor tiene que darse cuenta de que se trata de un coche de ocasión y que por tanto tiene el riesgo de una avería imprevisible en cualquier momento.

      Ese tipo de avería no es previsible y como aún no le tocaba cambiarla (** es importante que figuren los kms del coche en el contrato que firmarais en el momento de la entrega), aludiendo a ese punto tendrías que estar eximido del abono de esa reparación.

      Se le ha roto la correa, pero podía haber sido cualquier otra cosa (alternador, bomba de freno, dirección asistida…) Eso no significa que tengas que correr tú con esos gastos, puesto que no son defectos ocultos.

      No ha sido culpa tuya. Aunque estando en la posición del comprador, es normal que te reclame o te llame amenazándote por ello (por intentarlo no pierde nada)

      Intenta no comerte la cabeza. Mientras no te llegue ninguna notificación no hay nada que pueda hacer. Y aunque la recibieras no significa en absoluto que él tenga la razón.

      – Revisa el contrato para ver si indicaste los kms.
      – Intenta conseguir las indicaciones oficiales del fabricante sobre el mantenimiento de ese vehículo.

      Y con eso tendrías ya justificado por tu parte todo.

      Animo y ya nos contarás, ok

  • Nacho

    Muchas gracias, la verdad que me dejas más tranquilo, pero siempre me quedará la duda de saber qué va a pasar finalmente. Ya contaré mi experiencia cuando esté todo acabado y que sirva para futuros vendedores y compradores que en el contrato de compraventa que dejen todo bien atado para evitar complicaciones.

  • SERGIO H.

    Hola, el 3 de Diciembre de 2010 vendi mi coche a un particular y ahora me reclama el coste de la reparacion del motor de la calefaccion y el cambio de la centralita BSM.
    Se consideraria esto vicios ocultos, a mi nunca en casi 6 años que tenia el coche, me habia dado ningun problema sobre eso.
    Gracias.

    • Buenas tardes Sergio

      Entendemos que no se consideran vicios ocultos, ya que tanto que la calefacción funcione como que la centralita vaya bien es algo que se puede probar y comprobar antes de comprar el vehículo.

      Al ser una venta entre particulares, la única vía de reclamación sería judicial y no creemos que esos dos fallos sean lo suficiente para que merezca llegar a esos extremos y aún así tendría que demostrar que se trata de vicios ocultos y demás.

      Así que no te preocupes, ya que por lo que comentas no son fallos que tengan que ser respondabilidad tuya.

      Salu2 y ánimo. ok

  • raul

    hola,buenas tardes…yo iba ha hacer una consulta de si estan obligados los concecionarios ha darte una garantia,pues bien creo k me ha quedado claro k por ley si k estan obligados..entonces k hago si no me ha dado garantia ninguna y ha mi coche le estan saliendo defectos como el deposito de gasoil perdiendo cuya reparacion me gaste unos 200 euros,el alternador,correa,frenos..etc etc,el coche es del 2000 y me costo 3400 euros sin garantia,y en reparaciones unos 2000 euros…pido ayuda y una solucion ha mi problema,gracias!!!ah!y siguen saliendo reparaciones,

    • Hola Raúl

      Es cierto que por Ley tanto concesionarios como compraventas están obligados a dar 1 año de garantía sobre vicios y defectos ocultos.

      Para ello es importnate que en el momento de la compra el comprador solicite contrato de garantía y compraventa firmado por ambas partes, en el cual se indiquen los kms del vehículo en el momento de la entrega y todos los datos de amabas partes.

      Lo tengas o no, te recomendamos que acudas con toda la información de que dispongas (contrato, justificante de pago, documentación del vehículo etc) a una Oficina de Información al Consumidor (OMIC) de tu localidad para que te indiquen cómo proceder a interponer una reclamación en tu caso.

      En cualquier caso, siempre antes de comprar un vehículo de ocasión conviene revisarlo bien antes de pagarlo, solicitando llevarlo incluso a un taller mecánico para que le hagan una revisión previa de su estado.

      Esperamos que tengas suerte y que la reclamación sea efectiva.

      Ya nos contarás a ver que te dicen en Consumo.

      Salu2 y ánimo ok

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