El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se prorroga por seis meses, entre el 16 de febrero y el 15 de agosto de 2010, ambos inclusive, la vigencia del programa temporal de protección por desempleo e inserción o el susbisio de los 420 euros o 426 euros en 2010.
Las condiciones de la prórroga son:
- Tendrán derecho a percibir, por seis meses improrrogables, la ayuda de 426 euros aquellos trabajadores en situación de desempleo que cumplan las condiciones y requisitos establecidos en la Ley que regula el programa y que, entre el 16 de febrero y el 15 de agosto, extingan por agotamiento la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- La prórroga afecta exclusivamente a las personas que extingan por agotamiento la prestación o subsidio por desempleo durante este período, no así a los actuales beneficiarios, ya que el plazo máximo durante el que pueden percibir la ayuda es de seis meses no prorrogables.
La prestación puede percibirse por los desempleados menores de 65 años que, a fecha de la solicitud de incorporación, reúnan los requisitos establecidos, entre los que destacan la extinción por agotamiento de la duración máxima de la prestación por desempleo a nivel contributivo o no contributivo y el compromiso de participar en itinerarios de inserción, con lo que el programa favorece la vinculación entre la percepción de una renta de protección frente al desempleo y la participación de sus beneficiarios en itinerarios de inserción, que aumenten sus posibilidades de acceder a un puesto de trabajo.
Lease todas las condiciones en: subsidio de los 420€
La prórroga afecta exclusivamente a los trabajadores que extingan por agotamiento la prestación contributiva o los subsidios por desempleo a partir del 16 de febrero y hasta el 15 de agosto, no así a los actuales beneficiarios, ya que el período máximo en que pueden percibir la ayuda seguirá siendo de seis meses no prorrogables.
El número de nuevos beneficiarios se calcula en torno a los 243.100 desempleados.
NOTICIA:
- El 1 de Diciembre de 2010, ZP anuncia que derogará la ley a partir del 15 de Febrero de 2011.
- El 20 de Julio de 2010, el congreso aprueba una nueva prorroga de 6 meses para el PRODI.
- El 20 de Agosto de 2010, el consejo de Minisitros aprueba la prórroga de 6 meses para el PRODI.
Artículos relacionados:
A ver, creo que la cuestión es diferenciar entre subsidio, normal y corriente, y subsidio extraordinario.
Cuando dice:
«La prórroga afecta exclusivamente a las personas que extingan por agotamiento la prestación o subsidio por desempleo durante este período,…»
Este subsidio sería el normal, el de los trabajadores con una cotización de más de 6 meses pero que no llega al año (entre otros casos), por lo que no tienen derecho a paro pero sí a subsidio.
Cuando dice:
«no así a los actuales beneficiarios, ya que el plazo máximo durante el que pueden percibir la ayuda es de seis meses no prorrogables.»
Aquí se refiere al subsidio extraordinario, es decir, a los trabajadores que cobraban el paro o el subsidio normal y que luego percibieron la ayuda extra de 6 meses. Éstos no tienen derecho a otros 6 meses. Lo que quedaría sería la RAI: Renta Activa de Inserción.
Existen varios subsidios:
– Subsidio de desempleo.
– Subsidio para mayores de 52 años.
– Subsidio temporal: PRODI.
– RAI
– Subsidio para inmigrantes retornados.
…
Todos estos subsidios está descritos en esta web, el PRODI sólo se puede percibir una única vez y por 6 meses.
salu2.
Solicité el Prodi y lo he suspendido por empezar a trabajar, en total me han correspondido 48 días de la ayuda. Cuando acabe este contrato en septiembre ya tendré acumulado otros 4 meses de paro mi duda es ¿me dan opción entre coger el paro o renovar el prodi? ¿si cojo el paro después puedo renovar lo que me quede de la ayuda o la pierdo? Como el contrato es jornada parcial ¿puedo seguir cobrando la ayuda al tiempo que mi salario? Gracias.
Se puede compatibilizar los subsidios con el trabajo a tiempo parcial.
En caso de quedarse otra vez en el paro, si tiene derecho a la prestación de desempleo, hay que cogerlo… no se puede elegir entre una prestación contributiva (paro) y una prestación no contributiva (subsidio).
Salu2.
Hola el dia 1 de junio termina mi Prodi, no se si se puede prorrogar o no, y si es asi sabeis si hay alguna tipo de subsidio hasta que consiga trabajo? Es que en mi oficina ni se aclaran.
Saludos y gracias
Después del prodi, puedes solicitar la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
o si cumples ahora los 52 años puedes optar al subsidio para mayores de 52 años:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Salu2
El PRODI, desde luego no se puede prorrogar, sólo se puede disfrutar de un único periodo de 6 meses.
Puede intentar optar por la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
o si ha cumplido los 52 años, por el subsidio para mayores de 52 años:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Salu2
hola,pero puedes solicitar el RAI después del PRODI si eres mayor de 45.si no no se si hay alguna ayuda
Sí, si cumples todas las condiciones que exige la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
hola amigos me gustaria saber si hay otra renovacion de los 426 euros??? el mio se me acaba ahora en julio y aun no consigo trabajo soy ciudadano español o tengo drecho alguna ayuda ya que no estoy trabajando,tengo 27 años.. saludos.
El PRODI no se puede prorrogar, ni solicitar 2 veces.
Salu2
Hola pues estas en mi misma situacion a mi tb se me acaba ,y estoy desesperado porque me han dicho que despues del prodi no hay nada!!Este hijo de p… de ZP nos ha llevao a la ruina.Por su culpa yo me quede sin trabajo y eso que era indefinido,ahora resulta qu en el prodi lo ha cobrado to el mundo incluso aquellos con contratos temporales que se lesacao el paro n plena crisis.Igual que los que verdaderamente lo hemos perdio el empleo por el hijo de p.. sociata de mierda!!!
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El PRODI, lo pueden cobrar todos los que terminen de cobrar el subsidio o prestación de desempleo independientemente del tipo de contrato que tenían.
Después del PRODI, sólo se puede disfrutar de la RAI y el Subsidio para mayores de 52 años.
Salu2.
LE AGRADECERIA ME INFORMARA SOBRE SI PUEDO BENEFICIARME DE LA PRORROGA DE 6 MESES MAS,YO TERMINE DE COBRAR LA RENTA ACTIVA DE INSERCION EN FEBRERO DE ESTE AÑO,MUCHAS GRACIAS.UN SALUDO.
Finalmente y según el Real Decreto aprobado, una persona que termina la RAI NO puede solicitar el PRODI.
Salu2.
hola he oido q se aprobo la renovacion del PRODI yo termine de cobrarlo en junio puedo solicitarlo nuevamente?
El PRODI sólo se puede solicitar una única vez y por un plazo de 6 meses.
La prórroga es en plazo de solicitud, no en duración.
Salu2
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Buenas,solo quiero preguntar,el 15 de octubre se me acabo la ayuda de los 420 euros,y podria volver a solicitar los 426 euros,con la prorroga de la ayuda?
NO, la ayuda sólo se puede solicitar por un único periodo de 6 meses.
Salu2
Hola, se me termina el prodi este mes y tengo una duda, la ayuda de la que se habla RAI es solo para mayores de 45 años? es que yo solo tengo 24 y estoy desesperada porque no encuentro trabajo, puedo recibir la RAI siendo menor de 45??
Leete el artículo de la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
Hola, soy rumana tengo 49 años y tengo residncia de ase 5 años en España, 23 años trabajados en Rumania, 4 meses en España y en augosto termino el RAI. My pregunta es de que ayuda puedo beneficia despues del RAI teniendo cuenta de los años trabajados. Muchas gracias y un cordial saludo.
Puedes volver a solicitar la RAI siempre que haya pasado 12 meses desde la última percepción de esta ayuda y que estés dado de alta en la demanda de emleo.
Salu2.