El gobierno anuncia que aprobará el próximo viernes una prórroga del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro y que no perciban algún subsidio a la entrada en vigor de la medida.
NOTICIA:
- El 1 de Diciembre de 2010, ZP anuncia que derogará la ley a partir del 15 de Febrero de 2011.
- El 20 de Julio de 2010, el congreso aprueba una nueva prorroga de 6 meses para el PRODI.
- El 20 de Agosto de 2010, el consejo de Minisitros aprueba la prórroga de 6 meses para el PRODI.
La ayuda sólo se podrá beneficiar los que aún no han percibido el subsidio según señaló el Ministro de Trabajo Celestino Corbacho: la ayuda no debe mantenerse para las mismas personas que ya la percibieron, y quienes ya no la tienen y no trabajan deberían acogerse a las rentas de inserción social de las comunidades autónomas.».
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) con posterioridad a 1 de Enero de 2009 y el 15 de Agosto de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 481,05 euros mensuales (para 2011).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 481,05 euros mensuales (para 2011). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
Artículos relacionados:
despues de terminar con la prestacion de desempleo y el subsidio,solicite la RAI y me exigieron cierta documentacion que entregue enseguida.Me dijeron que que llegaria una carta a mi domicilio en unas semanas,pero aun no la he recibido.
¿como podria enterarme de mi solicitud de la RAI?
es la primera vez que solicito esta prestacion y no se si la pagan el mes que viene dia 10
gracias
Tardan en mandarte la carta entre 1 y 2 meses, así que tranquilo, sigue esperando.
Salu2.
se puede trabajar cobrando la RAI?
Se puede compatibilizar si es un empleo a tiempo parcial.
Salu2.
hola,me cortaron la ayuda familiar a mi y a mi esposa por que encontre un trabajo temporal,hace unos dias vendi unas acciones que tengo de hace tiempo y he obtenido una plusvalia de unos 9000 euros,tenemos un hijo de 5 años y estamos en regimen de gananciales,me concederan la ayuda si la vuelvo a solicitar ya que aparte de esto no tengo otros ingresos,gracias
Cuando lo vuelvas a solicitar te tendrán en cuenta las rentas que puedas tener en ese momento.
Las acciones lo vendiste antes, así que no cuentan.
Salu2.
Mi pregunta es la siguiente:
Heleido hace poco que a partir del 1 de Febrero del 2014 todos los que estemos cobrando prestaciones por desempleo o subsidios,debemos solicitar en nuestra cuenta bancaria el llamado (IBAN) porque nos prodrian perjudicar el pago de estos.
El IBAN se compone de dos letras y 2 digitos…EJEMPLO:
para españa seria (ES21)mas el numero de cuenta bancaria para poder seguir cobrando las prestaciones…tengo entendido que te lo facilitan gratuitamente en el banco.
Quisiera saber si me afectara a mi tambien por estar cobrando la RAI.
un saludo y gracias
Afecta a todas las cuentas bancarias. Es por la introducción de la nueva normativa SEPA:
– http://www.tucapital.es/blogs/noticias/otes-iban-swift-bic-adeudos-directos-todo-sobre-la-nueva-sepa/
Tan sólo tienes que comunicar el código IBAN a todos los que te cobran y te paguen por tu cuenta bancaria.
El código IBAN lo puedes pedir en el banco o utilizar una calculadora para obtenerlo:
– http://www.tucapital.es/calculadoras/calculadora-iban-swift-bic/
Salu2.
Hola necesito que me aclaren algo sobre la RAI
Tengo 51 años, soy emigrante retornado en el 2011, pero No me otorgaron la ayuda de Emigrante Retornado, por faltarme unos días de trabajo, pero me otorgan la ayuda RAI por ser mayor de 45 años, beneficiándome de esta ayuda desde abril del 2011 hasta marzo del 2012, sellando todo el 2012 y en Febrero del 2013 encuentro trabajo pero solo fue por 2 días, pues cause baja por solicitud propia por problemas personales, continuando sellando todo el 2013, y la vez en la búsqueda de empleo, sin resultados
Mis preguntas son las siguientes, tengo derecho a solicitar la ayuda RAI nuevamente?
si recibo la ayuda ÚNICA en el 2013 es considerado como una subvención?
Que documentos debo aportar de ser posible volver a solicitar la Ayuda RAI?
Gracias por su atención
El problema es que ahora la ley ha cambiado un poco.
Debes de estar dado de alta en la demanda más de 12 meses y haber cobrado alguna vez una prestación o subsidio de desempleo.
De todas, formas, vete a SEPE y pide información en concreto de tu caso.
Salu2.
Buenas tardes….en agosto de este año 2014 se me acaba la RAI…tengo derecho a otra?puedes explicarme que debo de hacer cuando finalice mi primer cobro de la RAI?…gracias
Tienes que seguir dado de alta en la demanda de empleo y esperar 12 meses para poder solicitar una nueva RAI.
Saludos.
este mes se me acabo la rai,hasta el año que viene supuestamente no tengo que cobrar la segunda…que pasaria si empiezo a trabajar a jornada completa durante dos o tres meses…perderia mi rai?
Mientras que no trabajes más de 90 días, podrás pedirlo la RAI el año que viene (12 meses después de cobrar la primera RAI).
Si trabajas más de 90 días, tendrías que esperar 12 meses desde que pierdes el último empleo para poder cobrar la RAI.
Buenas tardes,
¿Podrían quitarme la ayuda familiar de los 426 € o el RAI,sin mis hijos y mi mujer se han ido a vivir a otro pais y están inscritos en el consulado de ese pais?
Saludos.
Depende:
– si es el subsidio por cargas familiares, y éstas personas se marchan al extranjero, dejan de ser tu carga familiar.
– si la renta de la nueva situación familiar, sigue estando por debajo de los 483,98 euros brutos mensuales.
Salu2.
buenas….el termino de mi subsicio se termina este 6 de noviembre y la verdad es que ahora mismo estoybuscando trabajo en otra ciudad de españa mi pregunta es si puedo hacer la prorroga de mi subcidio por medio de internet,,,y si es asi quisiera saber cuales son los pasos a seguir…..
gracias
Sí, puedes hacerlo vía internet:
– https://sede.sepe.gob.es/contenidosSede/generico.do?pagina=/sede/procedimientos_servicios/ciudadanos/prorroga_subsidios.html
Salu2.
el dia 10/12/2014 se me agota el paro, tengo 32 años, que tipo se subencion podria pedir, en casa el unico ingreso que hay es la paga de viudedad de mi madre y la de orfandad de mi hermano que se le termina en 2015.
Si no tienes hijos y cónyuge a cargo, no tendrás derecho a ninguna ayuda salvo el Plan Prepara:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/02/11/programa-recualificacion-profesional-de-quienes-agoten-su-prestacion-la-ayuda-de-los-400-euros/
Salu2.