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10 de febrero de 2010

Prorróga del subsidio de 420 euros (426 euros en 2010) en 6 meses más

El gobierno anuncia que aprobará el próximo viernes una prórroga del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro y que no perciban algún subsidio a la entrada en vigor de la medida.

NOTICIA:

La ayuda sólo se podrá beneficiar los que aún no han percibido el subsidio según señaló el Ministro de Trabajo Celestino Corbacho: la ayuda no debe mantenerse para las mismas personas que ya la percibieron, y quienes ya no la tienen y no trabajan deberían acogerse a las rentas de inserción social de las comunidades autónomas.».

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) con posterioridad a 1 de Enero de 2009 y el 15 de Agosto de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 481,05 euros mensuales (para 2011).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 481,05 euros mensuales (para 2011). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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1.332 comments to Prorróga del subsidio de 420 euros (426 euros en 2010) en 6 meses más

  • Cristina

    Estoy viviendo en barcelona con mis padres temporalmente por motivos de salud d mi madre, pero yo estoy empadronada en granada, vivo con mi pareja pero no estamos casados, se me acaba el paro en junio y no se si tendre algun problema en solicitar la ayuda desde el inem de barcelona o me haran desplazarme a granada???
    Gracias

    • Ten en cuenta que si resides con tus padres, sus ingresos formarán parte de tu unidad familiar y tendrías más problemas para recibir el subsidio.

      Te recomiendo que hagas las gestiones en Granada para evitar posibles problemas.

      Salu2.

  • Mª Carmen

    Tengo 41 años, vivo sola no tengo hijos y se me termina la prestación de desempleo el 12 de mayo, ¿tengo derecho a esta prestacion de 420€?
    Un saludo, gracias

  • jose antonio

    hola el dia 10 de mayo se me termina la ayuda de 426 euros,soy soltero y vivo con mi pareja tengo 35 a;os,puedo solicitar alguna ayuda si no encuentro empleo,un salu2

  • maru

    buenas,vivo con mis padres y mis 4 hermanos,no he cobrado el paro nunca,y estoy como demandante de empleo…
    la cuestión es q entre el sueldo de mis padres y el de mi hermana seran unos 2400e,dividido en 7 salen a unos 342e.
    El problema es q hay gente q me dice q si tengo derecho a la ayuda,y otros que no…kiero saber si estoy en mi derecho de «pelear» para q me la den.un saludo gracias!

    • El tema viene de la definición de la unidad familiar: En tu caso está compuesto por tus padres y tú. Tus hermanos no cuenta.

      De esta forma, tienes que sumar la renta de tus padres y el tuyo, y dividirlo entre 3 y dicha cantidad no debe de superar los 474€ para poder obtener el subsidio de 426€ o prodi.

      De todas formas, para acceder a este subsidio, previamente tienes que haber cobrado el paro o el subsidio de desempleo entre el 1 de enero del 2009 y el 15 de agosto de 2010.

      Salu2.

  • chica

    hola yo en junio es mi ultimo mez de paro, y me dijeron que podía optar a la ayuda, el hecho es que vivo con mis padres y con el sueldo de mi padre mas lo k yo cobraba superaba el tope para solicitar dicha ayuda, pero yo en casa claro! no dependo de mis padres, yo cobro mi paro, mi padre cobra su pensión pero tiene sus gastos en casa con mi madre! yo no kiero ni pensar como me veré cuando se me acabe el paro y me vea sin prestación, me dijeron que me empadronara con mi amiga! por ella no hay problema, pero en casa me dicen k mejor lo haga con una de mis hermanas, podrias decirme si empadronandome con mi hermana tendria k presentar sú nómina? no entra en el computo familiar verdad? ella vive con su marido y sus 2 hijas, y luego tengo otra hermana k vive sola con 2 hijos mas, pero si me pudieses ayudar te lo agradecería, lo del empadronamiento lo haría en estos días puesto k me urge arreglarlo todo ya! estoy muy apurada y desanimada al igual k preocupada! gracias…

    • Si vive con su hermana, su unidad familiar estaría compuesto exclusivamente por usted, y por lo tanto sólo contará sus ingresos.

      Sin embargo, INEM en los casos que el solicitante, poco tiempo antes de solicitar el PRODI, se empadrona en otra vivienda, le suele exigir pruebas que demuestre que efectivamente vive en la vivienda donde se ha empadronado mediante facturas, recibos o similar.

      Mi consejo es que se ponga como titilar o cotitular de algún suministro del hogar, y si se puediera que le añadiera en el contrato de alquiler de la vivienda.

      Salu2.

  • nisar

    HOla,
    mi pregunta es yo mi acabe de recebir el prestacion de desempleo en 13 de deciembre 2009 y yo no he pedido ningun tipo de subsidio porque queiria trabajar en enero yo mi encuentre un tarbajo de 2 meses.Ahora no tengo tarbajo desede 7 de abril 2010.Queria saber si tengo derecho de receibir RODI o no??

  • Manuel

    Estoy cobrando el subsidio, los 420 € , y mi hijo va a empezar a trabajar , cobrará unos 700 € mas o menos. Yo tengo cotizado 9 meses aun quisiera saber si seguire cobrando el subsidio?

    • Los ingresos económicos que tienes que tener en cuenta son los de su unidad familiar:

      Por unidad familiar se entenderá: Usted, su cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.

      Salu2

  • manuel

    tengo una pension por incapacidad permanente se me acaba el subsidio ahora vivo con mis padres y tengo discapacidad del 33 por ciento puedo solicitar el prodi

  • Cristina

    Hola, una pregunta lo q cobra mi padre al mes, me sale 440 asi q podria cobrar la ayuda, pero mi pregunta es, cuentan las pagas extras????

  • youssef

    se me acaba el subsidio de 426 €el dia 13 de mayo se puede renovar otro 6 meses porque estoy soltero sin empleo

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