Se ha confundido a la hora de rellenar los ingresos que tiene en la declaración de la renta o ha retirado el dinero de la cuenta vivienda para otros fines que la adquisición de la vivienda habitual y ha seguido deduciéndose como si tal cosa no hubiera sucedido… Tanto si ha sido un error como si deliberadamente se ha beneficiado de una declaración incorrecta, incompleta o no haber declarado, el fisco podría imponerle una sanción.
Una vez que Hacienda detecta una infracción, además de hacerte pagar lo que te corresponde, te aplican una sanción que dependen de la reincidencia y del tipo de infracción cometido:
- Infracciones muy graves: Independientemente de la cuantía, cuando una persona se ha beneficiado gracias a uso de medios fraudulentos: doble contabilidad, facturas falsas… Las sanciones que se aplican ronda entre el 100% y 150%.
- Infracciones graves: Cuando la cuantía de la infracción supera los 3.000€ y más del 10% de esa cantidad se debe a la ocultación de datos. Las sanciones aplicables son entre el 50% y el 100% de la infracción.
- Infracciones leves: Infracciones que no superan los 3.000€ o más siempre que no se haya producido una ocultación de datos. Las sanciones son del 50% del impuesto no ingresado.
Algunos ejemplos de sanción son:
- Obtener devoluciones indebidamente: 50% o 26,25% si no se recurre.
- No comunicar el cambio de domicilio fisca: 100€ o 75€ en caso de no recurrir.
- Presentar fuera de plazo declaraciones a devolver o complementarias que reduzca la devolución aún no recibida: 100€ o 75€ en caso de no recurrir.
- NO presentar correctamente y completa la declaración: 50% o 26,25% si no se recurre.
Cuando el contribuyente no recurre la liquidación puede obtener un descuento del 30% y del 25% adicional si no recurre la sanción.
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Hola, he relizado la declaracion de hacienda este año por internet porque me devolvian unos 40 euros (realmente no estaba obligado a acerla ya que mis ingresos fueron poquísimos), el tema esque ahora que caigo en la cuenta yo me case hace un año y pico y no e comunicado nada a hacienda y en mi declaracion no me sale ningun tipo de referencia a mi mujer ni nada. En fin he hecho algo mal? Gracia.
Tendrías que haberle incluido, aunque no afecta en nada la declaración de la renta.
No creo que te ande reclamando nada… eso sí, en el próximo año, incluyela.
Salu2.
hola,mi pregunta es la siguiente,èste año he presentado la declaraciòn como si hubìese estado de alquiler pero no lo he estado,y me han devuelto 600 euros,si la persona que ahora està de alquiler en esa casa presente la declaraciòn,¿le devuelven tambièn dinero?o ya les sale que ya està hecha la declaraciòn y por lo tanto me van a sancionar y cuànto tendrìa que devolver?…gracias…
Va a saltar las alarmas… debes de hacer una declaración complementaria y resolver el problema.
Hola, estube en hacienda y me ha dicho que incluir que estamos casados es opcional, y ademas no me a tomado nota de que estamos casados ni nada, simplemente que cuando quiera hacerla en conjunto, marque la casilla de casado. Entonces no entiendo por que dices: «Tendrías que haberle incluido» . Gracias.
Debes de actualizar todos los cambios en vuestra situación personal o familiar.
En este caso no pasa nada, pero deberías de haberle incluido para que el fisco sepa vuestra situación.
Hay casos en que sí que afecta en las declaraciones: bienes gananciales, el tema de deducciones de vivienda, etc.
Estar casado implica algunos cambios en la situación económica de una persona.
Hacienda impone multas «leves» de 100 euros por presentar autoliquidaciones (¡negativas, ojo!) espontáneas (sin requerimiento previo de hacienda) fuera de plazo… Pero a ver: los artículos 27 y 198 son poco coherentes entre sí. Si una declaración resultó a ingresar, aplica el art. 27, y por lo tanto no hay multa, sólo recargos etc. Si fue negativa, aplica el art. 198 y se pagan los 100 euros (encima te quitan la reducción si presentas reclamación). Es decir que si no hay ingreso pagas lo mismo que si hubiese debido haber ingreso de más de 1.000 euros! Con la de gente que debe de haber caído en esto, mas que descuido de hacienda parece maniobra para sacar pasta a despistados sin ingresos y dejar en paz a los defraudadores… ¿Me equivoco?
No, tiene mucho sentido lo que dices.
Bueno pues mi consulta viene de lo siguiente.
Hace tiempo que tenía una cuenta vivienda (como otros muchos jovenes por aquel enteonces) pero finalmente me llego a caducar los 4 años sin que llegara a adquirir la vivienda en cuestión.
El caso es que durante 2 años hacienda me mandaba el borrador sin incluir el dinero de la cuenta vivienda que me había desgrabado hasta que finalmente el año pasado calleron en la cuenta y me reclamaron el total y los intereses. Tuve que pagar unos 4500€ mas unos 300€ hablando en numeros redondos pero el problema es que ahora me llega una carga diciendo que apesar de haber devuelto el dinero con intereses me van a poner una multa de 2300€ (reducida a 1200€ por pronto pago) por esta cuestión.
Me parece un abuso, y una sanción completamente desproporcionada por un error que encima es compartido.
Hay base para recurrir? Que puedo hacer?
Gracias y un saludo
Me temo que esa es la sanción que te corresponde por no haberlo devuelto voluntariamente por haber perdido el derecho a dicha deducción.
La sanción e tu caso es el 50% del dinero defraudado tal y como figura en el artículo de arriba.
El tema de los 300 euros son los intereses de demora, por haberlo pagado un tiempo después al que te corresponde. EStos intereses hay que pagarlo siempre (da igual si lo devuelves voluntariamente o no).
Salu2.
Hola, mi padre cobra unas pensiones de Suiza y Holanda. Cuando he llamado para preguntar como incluirlas en la declaracion, me dicen que en retribuciones dinerarias. Pero al hacerlas con el PADRE veo que tiene que pagar un 30% de lo que ha cobrado al año de esas pensiones del extranjero ¿Es correcto?
Sí, pero también tiene derecho a reducción o deducción si en el extranjero le ha retenido parte de su dinero.
Acude a una asesoría fiscal para que te ayude a hacer la declaración.
Salu2.
HOLA UNA VEZ COMFIRMADO EL BORRADOR PUEDO ANADIR DATOS COMPLEMENTARIOS
No, tendrías que hacer una declaración complementaria:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2013/04/15/que-hacer-si-ya-he-confirmado-el-borrador-con-errores-en-los-datos-declarados/
Salu2.
hola buenas en mi borrador aparece que estoy casada y mi declaracion aparece conjunta junto con mi marido, en realidad me separe en mayo de 2012, yo pense que esto era correcto que el estado civil era el que aparecia a 1 de enero pero mirando me doy cuenta que es el que aparece a 31 de diciembre, mi problema es que ya solicite la devolucion ahora me pregunto que me puede pasar si hacienda detecta el fallo, es probable que lo detecten???????
Tienes que rectificarlo.
Tu marido posiblemente habrá presentado su declaración por su lado y habrá lo más probable una paralela si no lo rectificas.
Salu2.
Buenos días.
Mi pregunta es la siguiente:
Vendí y compré un piso solicitando una nueva hipoteca.
He estado incluyendo en la declaración de la renta los importes pagados en concepto de intereses y amortización de esta hipoteca, tal como salia en el borrador que solicitaba todos los años a Hacienda.
Al hacer la declaración de este año, con la ayuda de un conocido me indica que no tengo derecho a esta deducción por la hipoteca de la vivienda, ya que vendí y compré otra.
¿Esto es así?
Gracias anticipadas y saludos
TE podrías deducir la hipoteca de la segunda vivienda siempre que hayas invertido en esta última al menos lo deducido en la anterior.
Salu2.
27/06/2013
mi pregunta es la siguiente: en el 2010 recibi unos atrasos por rendimientos del trabajo correspondientes al ejercicio 2009 de 5 € sin retenciones ni deducciones y tendría que haber presentado una complementaria del 2009 con el resultado de 1.38 € a ingresar a favor de hacienda, Pero no la presente y aunque hacienda no me ha dicho nada no estoy tranquila por no haberla presentado ¿que hago ahora ? ¿le digo algo a hacienda o espero noticias de ellos por deberle 1.38 €?
muchas gracias: atentamente maria angeles
Si estás intranquila lo que tienes que hacer es presentar una complementaria.
Si es Hacienda que te requiere, vendrá con sanción.
Salu2