Las pensiones No Contributivas es un derecho que se da a unos determinados ciudadanos que se encuentren en situación de necesidad, que no han cotizado o no haya cotizado el tiempo exigido para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. La percepción de esta prestación está condicionada a un nivel máximo de ingresos.
¿Cuáles son los requisitos?
- Que tenga residencia legalmente en territorio español.
- Que no tengan derecho a una pensión contributiva por no haber cotizado nunca o no haber cotizado el tiempo suficiente para tener derecho a la percepción de una pensión contributiva.
- Que carezcan de ingresos suficientes.
¿Qué es carecer de ingresos suficientes?
- Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2020, sean inferiores a 5.538,40 € anuales
- No obstante, si son inferiores a 5.321,40 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación:
Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:
Nº convivientes | €/Año |
---|---|
2 | 9.415,28 |
3 | 13.292,16 |
4 | 17.169,04 |
… | … |
Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
Nº convivientes | €/Año |
---|---|
2 | 23.538,20 |
3 | 33.230,40 |
4 | 42.922,60 |
… | … |
¿Qué tipos de prestaciones no contributivas existen?
Existen dos tipos y dependiente de la situación personal:
¿Dónde se ha de solicitar la prestación?
La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). En las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el IMSERSO.
La solicitud de la Prestación No Contributiva podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social.
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Buenos días, ¿podría aclararme que significa intereses imputables?
Muchas gracias.
Por ejemplo si tienes una vivienda de segunda mano que no está alquilada, se le imputa rentas.
Salu2.
Buenas tardes, gracias por su respuesta y disculpe por molestarle de nuevo. ¿Y en el caso del dinero depositado en una cuenta corriente que no genera intereses, si lo haría respecto a los citados intereses imputables?
Muchas gracias.
No debería, se aplica más bien a bienes inmuebles, fondos de inversión, planes de pensiones que no genera intereses hasta que lo vendas o lo rescates.
Salu2
Hola buenos días. En la hoja de cambio de circunstancias, por motivo de cambiar el domicilio, «dado que se va a compartir vivienda con alguien que no se tiene parentesco ni afinidad» .¿ Es conveniente escribir en el este dato, o no hace falta?. Gracias.
Sí, ponlo.
Vais a compartir piso sin relación.
Salu2.
Hola buenas estuve viendo la nueva ayuda que hay la Ayuda Vital quería saber si es compatible con la pension no contributiva de invalidez, si ahora cobro 395,60€ al mes, me pertenecería después la ayuda vital cuanto subiría después? La tengo que solicitar o me lo subirian automáticamente
En la casa solo vivimos Mi pareja y yo el no trabaja no tiene ingresos, solo cobramos lo mio
Espero haberme explicado
Gracias
Si tienes menos de 65 años, sí. Si estás cobrando la PNC de jubilación, no. La IMV es para menores de 65 años
Salu2
Tengo 22 años solo cobro eso, la pregunta es si la tengo que solicitar yo, o ya me pasan ese dinero electrónicamente al instante, o tengo que solicitarlo, como lo puedo solicitar
Gracias
No, tienes que solicitarlo.
Por lo menos lo que tengo entendido que los que cobran una Prestación por hijo a cargo, no hace falta, pero la PNC, sí.
Salu2.
Vale muchas gracias me eres de mucha ayuda, para pedir la ayuda vital sabrás decirme como la puedo pedir, y si ahora estoy cobrando la PCN de invalidez que Cosas Papeles documentación nueva te piden para la ayuda vital
Gracias
Leete los artículos del enlace:
– https://www.preguntasfrecuentes.net/etiquetas/imv/
Salu2.
Hola tenía una pregunta, estoy cobrando la Pensión no contributiva de invalidez por tener un 66% de minusvalía, Cuando entregue los papeles a la Pension Estaba casada en matrimonio con mi pareja donde el es el propietario de la Casa donde vivimos los 2 , Yo estoy empadronada con el. No estamos pasando por buen momento y nos queriamos separar separación de mutuo acuerdo, cuando lleve los nuevos papeles que entregaria después a la pensión ; sería los papeles de la separación de mutuo acuerdo, y el empadronamiento que sería el mismo seguiría yo empadronada donde estoy aunque la casa es de el, yo seguiria viviendo en la misma casa, el que se marcharia sería el se empadronaria en otro lado, y no viviriamos juntos, entonces resumiento yo al entregar eso a la Pensión de la separación y el empadronamiento sería el mismo en la misma casa aunque el es el dueño viviría yo, por ese tema abría algún problema, me podrian parar la pensión unos meses, (el se empadronaria en otro lado y no viviriamos juntos) solo viviria yo en la casa sola empadonada donde ya llevó años y viviendo en la casa que el dueño es el, tendría algún problema
Mientras tengas menos de 65 años puedes solicitar la IMV.
Si vivís juntos, y cumplís los requisitos, la IMV te completaría tu ayuda hasta 600€ al mes.
Pero si te separas, la IMV sería de 462€ al mes como máximo.
Así que te completaría tu PNC hasta esa cuantía.
Además, te tendrá en cuenta tus pagas extras, que también se te descontará.
Salu2.
Si vais a seguir viviendo juntos, va a ser un poco raro y no sé si aceptarán tu solicitud.
Salu2.
Hola no vamos a seguir viviendo juntos el se marcharia a vivir a otro lado para eso también se cambiaria de empadronamiento, resumiendo :
Nos separamos de mutuo acuerdo
En la casa que el tiene como propietario donde vivimos n15
Hay estamos empadronados los 2
Una vez estemos separados oficialmente
El se empadronaria en otro lado y se marcharia a vivir a otro lado
Solo yo me quedaría viviendo sola, empadronada yo sola, en la casa que el es el propietario pero yo seguiria viviendo en ella como hasta ahora, solo que el se marcha, entonces yo al entregar los papeles nuevos a la pension
De la separación
El empadronamiento que vivo yo sola
( en una casa que es el el propietario)
Pero en esa casa viviria yo sola
Al entregar eso, la separación y el empadronamiento que estoy yo sola, que pasaría después, me la paran unos meses o me piden más papeles de algo?
Gracias
Yo lo único que pienso, aver el no viviria con migo, se cambia de empadronamiento y se va a vivir a otro lado, lo único que pienso es que yo seguiría viviendo en la casa donde vivo ahora pero la casa es de el que esta a su nombre, entonces pasaría a vivir en una casa de mi ex marido, pero pensando no creo que tuviera problemas por eso por que el empadronamiento es de muchos años y seguiría empadronada en ella todo igual , solo sería la separación y vivir yo sola
Entonces tampoco creo que sería un problema nolose
Ese es el problema. Por qué tu ex te va a dejar vivir en su casa. Si se separa, se separa también los bienes, y se reescritura el titular de cada cosa. Si te cediera la vivienda, se podría a tu nombre.
Algo debe de figurar en el convenio, la razón por la que te deja vivir en la vivienda que es suya y seguirá siendo suya.
¿Quizás una compensación y te deja vivir x años? Consúltalo con vuestro abogado.
Salu2.
Vale gracias , y si por ejemplo hago algo como dices tú en el Convenio que traiga que me deja vivir en la vivienda o como compensación unos años o algo así, después por dejarme El a mi la vivienda como compensación dejarme vivir en ella, a la hora de solicitar las ayudas puedo cobrar la cuantia que se cobran el porcentaje entero o al ser la vivienda como compensación o algo así, me pueden bajar algo el precio de lo que cobrase despues ?
O es lo mismo cobraria y podría cobrar los porcentajes completos
Espero haberme explicado
Gracias
No, se trata de tu vivienda habitual, no cuenta.
Lo del convenio es para explicar el porqué sigues viviendo ahí, y que la separación no sea fingida.
Cobrarás lo del IMV restando los otros ingresos que puedas tener.
Salu2.
De acuerdo gracias pero yo estaba pensando que por ejemplo a la hora de separarnos de mutuo acuerdo, no sería mejor que después de una vez separados para la vivienda me ponga un alquiler de poco al mes, yo creo que sería mucho mejor asi.
Una vez separados de mutuo acuerdo
El se va a vivir a otro lado, se empadrona em otro lado
Viviria yo sola, como el dueño de la casa sería después mi ex marido, no pasaria nada si mejor me pone un alquiler al mes por la vivienda de poco, yo creo que sería mucho mejor verdad
Gracias de nuevo
Para el tema de las ayudas y demás, con alquiler de poco al mes valdría bien, solo que el Casero y dueño de la vivienda sería mi ex marido no habría ningún problema con eso , con que después mi ex marido me ponga un alquiler por la vivienda, yo creo que sería mucho mejor
Gracias de nuevo
El problema de un alquiler por debajo del tipo tasado o medio, se puede ver como fraude para solicitar la ayuda.
Si quieres que te ponga un alquiler, sea un precio real o que figure como compensación en el convenio.
Salu2.
De acuerdo vale, que sea un Alquiler real mucho mejor
Hola, tenía una pregunta, necesito pedir unos documentos por Internet y me pide la Cl@ve , me registre en el registró de Cl@ve y me traia :Se le va a enviar una carta por correo postal a su domicilio fiscal.
Mi pregunta es que significa Domicilio Fiscal?
Donde tengo que ir para recoger la carta
Sabrías decirme
Muchas gracias
El domicilio que tienes registrado en Hacienda para notificaciones, el domicilio que pones cuando haces la declaración de la Renta.
Lo normal es que coincida con tu vivienda habitual.
Salu2.
Hola, necesito ayuda por favor.
Cobro una pension no contributiva por invalidez.
Hemos recibido un piso en herecia de mi padre y los tres hermanos lo hemos puesto a nuestro nombre.
Que he de hacer para mantener mi pension…renunciar a el antes de venderlo?
Muchas gracias
Debes de comunicar la herencia a la Seguridad Social y es posible que te afecte sobre la PNC en el año de la percepción de la herencia. Los siguientes años, puedes volverlo a solicitar.
Si renuncias (que no llegues a heredar, pero por lo que dices, ya has heredado), no te afecta.
Salu2.
Hola , tengo consedida por 3 años la renta de inserción de la comunidad valenciana , acabo de cumplir 65 años y me avisan de los Servicios Sociales q me la retiran xq debo cobrar la no contrivutiva , pago 300 de alquiler vivo sola y mi unico ingreso es esa ayuda q al retirarmela cobrare 300 eu menos
Mi pregunta no puedo seguir cobrando mi ayuda el año q me resta para los 3 que me consedieron ???
Gracias miles saludos nerea
Tienes que solicitar la PNC de jubilación:
– https://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/pensiones-no-contributivas/
Salu2.
Hola tenía una pregunta estoy cobrando la pensión no contributiva de Invalidez , estoy viviendo en una casa estoy empadronada en ella muchos años en ella entregue mis documentos a la pensión de mi dirección donde vivo y el empadronamiento, ahora estoy mirando otra casa y estaba pensando si me cambio de domicilio empadronamiento la dirección y todo ese tipo de cosas y lo entregó donde la pensión mi nueva dirección el cambio de domicilio el nuevo empadronamiento, mi pregunta es si al cambiarme de empadronamiento puedo seguir cobrando la pensión, me la paran unos meses o puedo seguir cobrandola sin problema ?
Muchas gracias me eres de mucha ayuda.
Mientras que no haya un cambio de Comunidad Autónoma, seguirás cobrando la ayuda sin problemas.
Hay que ver si la nueva vivienda es en propiedad, si seguirás teniendo la anterior vivienda su fuera de tu propiedad… etc.
Vamos, hay que mirar si además de cambiar de vivienda, sigues cumpliendo los requisitos.
Salu2.
Hola la casa sería en la misma provincia de Asturias dentro de la misma provincia.
Ni la casa anterior ni la nueva casa sería en propiedad.
Eso es lo único por lo demás es lo único que cobro
Sería así, siendo así no tendría problema y seguirá cobrando como siempre?
Muchas gracias
Ninguno. No pasa absolutamente nada.
No tienes que hacer nada, simplemente comunicar la nueva vivienda y decir que es de alquiler. Como mucho envía también el contrato.
Salu2.
Vale lo que pasa es que en la nueva casa no voy a tener contrato de alquiler, solo me voy a vivir a ella, me empadrono en ella, sería mi nuevo domicilio, lo que pasa que no haría a mi nombre ni nada es como si el dueño un amigo o familiar pero el contrato de alquiler no se haría, que pasaría si lo hago así viviría en ella lo demás el empadronarme el nuevo domicilio viviría yo sola separada, pero el contrato no lo tengo me entiendes, que pasaría de hacerlo así, Si solo entregó en la pensión, el nuevo cambio de domicilio, el empadronamiento de hacerlo así me valdría igual para poder cobrarla como siempre?
Muchas gracias me eres de mucha ayuda
Ufff… aquí es posible que haya algún problema…
Vete a la Seguridad Social y pregunta antes de hacer nada.
Salu2.
Hola
El padre de mi hija esta cobrando la pnc.
y o estoy en tramites de vender una vivienda junto con mis hermanas,piso procedente de una herencia en el 2015.
Mi pregunta y mi duda:
se tiene que declarar como ingresos en la comunidad de convivencia?
O no he de hacerlo al ser un bien privativo?
gracias un saludo
Lola
Existe una plusvalía.
No hay que declarar el importe obtenido, sino la plusvalía obtenida.
Y sí habría que declararla.
Vete a la Seguridad Social y pregunta.
Salu2.