Las pensiones No Contributivas es un derecho que se da a unos determinados ciudadanos que se encuentren en situación de necesidad, que no han cotizado o no haya cotizado el tiempo exigido para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. La percepción de esta prestación está condicionada a un nivel máximo de ingresos.
¿Cuáles son los requisitos?
- Que tenga residencia legalmente en territorio español.
- Que no tengan derecho a una pensión contributiva por no haber cotizado nunca o no haber cotizado el tiempo suficiente para tener derecho a la percepción de una pensión contributiva.
- Que carezcan de ingresos suficientes.
¿Qué es carecer de ingresos suficientes?
- Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2020, sean inferiores a 5.538,40 € anuales
- No obstante, si son inferiores a 5.321,40 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación:
Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:
Nº convivientes | €/Año |
---|---|
2 | 9.415,28 |
3 | 13.292,16 |
4 | 17.169,04 |
… | … |
Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
Nº convivientes | €/Año |
---|---|
2 | 23.538,20 |
3 | 33.230,40 |
4 | 42.922,60 |
… | … |
¿Qué tipos de prestaciones no contributivas existen?
Existen dos tipos y dependiente de la situación personal:
¿Dónde se ha de solicitar la prestación?
La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). En las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el IMSERSO.
La solicitud de la Prestación No Contributiva podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social.
Artículos relacionados:
Buenos días
Quisiera saber cuando me mandan la carta de PNC,para declarar el balance de 2019,todavia no me llego,es normal o en el mes de febrero llegaría esta carta.
Gracias por la respuesta
Lo deben de hacer durante el primer trimestre, pero puede que no llegue.
Está en tu obligación de presentar la declaración:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2020/01/02/los-pensionistas-de-la-no-contributiva-tienen-hasta-abril-para-hacer-la-declaracion-anual/
Salu2.
Gracias por la respuesta,de no llegar antes tendría que ir a servicios sociales de mi ayuntamiento ahí me entregarían los formularios para llenar.
Gracias por la respuesta
Puedes coger un formulario que existe por la red y rellenarlo y entregarlo en los servicios sociales:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/wp-files/2018/declaracion-anual-imserso.pdf
Salu2.
Buenos dias, cobraba una pnc, al irme a vivir con mi hermano los ingresos de la unidad familiar, superan el limite,por lo tanto me la han quitao.mi pregunta es ¿tengo que pagar los medicamentos? Los unico ingresos que tenia era la pension, ahora no tengo ningun tipo de ingreso.
El tema es que iba vinculado y me temo que sí.
Pero vete a la Seguridad Social y consulta.
Salu2.
Hola, estoy cobrando una pnc,una empresa quiere contratarme, mi pregunta es ¿ la empresa tiene que dar un alta nueva, o tengo que darles yo a la empresa mi numero de la seguridad social de pensionista y con ese numero darme de alta?
La empresa te da de alta. El número ya lo sabe la Seguridad Social.
Eso sí, tendrás que realizar gestiones por la PNC: compatibilizar, suspender…
– https://www.preguntasfrecuentes.net/2015/07/08/compatibilizar-pnc-invalidez-y-trabajo-que-cobrare-de-pnc-si-trabajo-cual-es-el-limite-de-ingresos/
Salu2.
Gracias por la respuesta, pero sigo teniendo unas dudas,el numero con el que estoy dado de alta ahora es el de pensionista,el que figura en la tarjeta sanitaria,¿ ese es el numero con el que me tiene que dar de alta la empresa?
El número de la Seguridad Social no cambia. Es único en toda la vida.
Salu2.
Lo que aparece en la tarjeta sanitaria no es el número de la Seguridad Social, pero suele coincidir.
No te tienes que preocupar, ellos se encargan de todo, a través de tu DNI.
Salu2.
Gracias por la respuesta, pero sigo teniendo unas dudas,el numero con el que estoy dado de alta ahora es el de pensionista,el que figura en la tarjeta sanitaria,¿ ese es el numero con el que me tiene que dar de alta la empresa? Hace 10 años otra empresa me contrato y me dijo que si estaba dado de alta en la seguridad social,yo como tenia la pnc y tenia un numero de la seguridad social, le dije que si le di numero de la tarjeta sanitaria y con ese me dieron de alta, no se si hice bien.
No te líes ni te preocupes.
El número de la Seguridad Social NO CAMBIA, y cuando te den de alta, será con tu NÚMERO. Con el DNI sabrán cuál es tu número.
Lo que ponga en la tarjeta sanitaria no es el número de la Seguridad Social (aunque pueda coincidir).
Salu2.
Buenas tardes, cobro una PNC, si cambio de población dentro de la provincia y domicilio hay que avisar? Si en la nueva vivienda comparto con una persona que no tengo parentesco hay que aportar lo que está persona cobra o al no tener ningúna afinidad no hace falta o si no es así afecta? Gracias.
La PNC es una ayuda estatal pero está gestionada por las comunidades autónomas.
Si te cambias de Comunidad, tienes que avisar y solicitar una especie de traslado de la ayuda.
Si es dentro de la misma comunidad, tendrías que comunicar el cambio de residencia y lógicamente varia los convivientes. Todo esto hay que comunicarlo.
Salu2.
Buenos días, me refería, si con la persona que voy a convivir no tengo afinidad ni parentesco,¿ me afectan los ingresos que tiene esta persona en mi pensión?. ¿Hay que aportar o comunicar los ingresos de esta persona, o no hace falta?
Saludos.
Si no hay parentesco, no afecta en el límite de ingresos. Pero has de comunicar el nuevo domicilio.
Salu2.
Buenos días, tengo una duda respecto a los topes de ingresos y es la siguiente:
Si el solicitante convive con su cónyuge y un hijo, ¿habría que ceñirse a los 13.292,16 euros del primer bloque o a los 33.230,40 del segundo?
Muchas gracias
Si es con un hijo o padre del solicitante, el segundo bloque.
Salu2.
Buenas noches y gracias por su respuesta.
Me ha surgido otra duda: ¿al monto de ingresos provenientes del trabajo o pensiones de los convivientes, habría que sumarle los intereses generados en una cuenta de ahorro o depósito?
Y, respecto a la vivienda habitual de los convivientes, engrosaría los ingresos de algún modo si es en propiedad.
Gracias.
Sí, lo intereses tanto reales como imputables.
La vivienda habitual, nunca.
Salu2.
Buenas, mi madre hace los 65 años en 2020, si en 2019 ella tuvo ingresos durante todo el año y lo declara en Hacienda, pero desde 1 enero 2020 no los tiene, ¿Tiene derecho este año a la PNC? O se tiene que esperar a 2021 con 66 Años?
Puede pedirlo. Si no tiene ingresos puede solicitarlo.
Salu2.