En muchas ocasiones, el tener un golpe o siniestro con el coche es imprevisible ya que depende del resto de conductores o otros factores externos.
Sin embargo, en caso de tener algún siniestro o accidente de circulación, ¿sabemos cómo debemos actuar?
Es importante saber con qué coberturas del seguro contamos y cómo reclamar al contrario si fuera el culpable la indemnización por daños y lesiones.
¿Cómo debemos actuar en caso de siniestro o accidente?
Lo primero es seguir la técnica P.A.S. que quiere decir Proteger, Avisar y Socorrer a las víctimas en el caso de que las hubiera.
Una vez que las personas implicadas en el siniestro estén en zona resguardada o protegida, hay que llamar a Emergencias al telf. 112 y solicitar que acuda la Guardia Civil o Policía para que realice atestado del accidente y lo traslade al juzgado de instrucción.
Este atestado deberán hacerlo en el caso de que alguno de los implicados en el accidente lo solicite, aunque éste no haya sido muy grave.
Se debe apuntar el nombre y dirección de los otros conductores implicados y se recomienda rellenar el parte amistoso.
Si le es posible, recopile también todas las pruebas que pueda: fotos, datos de testigos, justificantes de gastos…
Para retirar el vehículo y si precisara de atención urgente, podría recurrir a su seguro de Asistencia en Viaje.
En el caso de que haya resultado herido en el accidente, debe conservar el parte de urgencias que haya emitido el facultativo le atienda.
Y si quisiera interponer denuncia en vía penal, ¿qué plazo habría?
Habría un plazo de seis meses para presentar la denuncia en el juzgado.
¿Qué habría que hacer después del accidente?
Tendría que dar parte a su aseguradora. Y siempre que sea posible antes de que pasen 7 días desde el siniestro (ver condiciones de cada póliza en particular)
Una vez entregado el parte, su compañía aseguradora se pondrá en contacto con la compañía del otro vehículo y aportará toda la documentación que considere necesaria para determinar quién fue el responsable del accidente.
En caso de lesiones, es importante guardar los sucesivos partes de baja y de alta para poder justificar los días de incapacidad y demostrar su derecho a la indemnización.
La aseguradora del responsable le hará una oferta de indemnización por daños y lesiones que podrá aceptarla sin más o si no estuviera de acuerdo podrá tratar de confirmarla acudiendo a un especialista en valoración de daños corporales (en el caso de que su seguro tenga cobertura de reclamación de daños se hará cargo del peritaje).
Si la indemnización que negociara su compañía no le pareciera la adecuada, quizás debería contratar un abogado especializado y presentar una demanda por vía civil en el caso de que la cuantía lo mereciera.
Los costes del proceso pueden estar cubiertos por la reclamación de daños del automóvil, una póliza de defensa jurídica.
En caso de no querer ir a juicio, tendría la posibilidad de hacer una reclamación ordinaria acudiendo al Defensor del Asegurado de la compañía o solicitar a la aseguradora que se someta al arbitraje.
¿A qué indemnización tendría derecho en caso de lesiones?
En caso de siniestro la víctima de un accidente tiene derecho a ser indemnizada por daños personales, ya sea por los días de baja, como en caso de incapacidad permanente provocada por las secuelas, en cuyo caso se indemniza directamente a la víctima, o su fallecimiento, por el que se indemnizaría a sus familiares.
La cantidad que se podría fijar como indemnización variaría dependiendo la gravedad de la lesión, los ingresos de la víctima, sus circunstancias personales y familiares, etc.
La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro para la circulación de vehículos a motor rige el sistema de valoración de daños físicos tras un accidente de tráfico, y se utiliza muchas veces también para establecer las indemnizaciones por las lesiones producidas.
¿Qué factores influyen en la cuantía de la indemnización de los días de baja?
También se podría reclamar una indemnización por los días que tenga que estar de baja la víctima de un siniestro.
Respecto a los días que se estuvieran de baja habría que distinguirse entre (cuantía según baremo 2014):
- Días de baja hospitalaria: 71,84 €/día
- Días de baja no hospitalaria:
- Días de baja impeditiva : 58,41 €/día – cuando no se pudiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
- Días de baja no impeditiva: 31,43€/día – cuando no le impidiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
Dependiendo de qué tipos de días de baja se trate, como puede observar, corresponderá una cuantía u otra.
¿Cómo se realiza la valoración de las secuelas?
Las secuelas físicas o estéticas que hubieran sido provocadas por el siniestro también dar derecho a la víctima a reclamar la indemnización correspondiente.
La valoración de las secuelas definitivas, una vez que hayan sido valoradas por informe médico que determinará la gravedad de las mismas, darán lugar a que la aseguradora del vehículo culpable indemnice a la víctima.
El Real Decreto Legislativo 8/2004 recoge la cuantía de las indemnizaciones por daños físicos y estéticos establecidas a partir de un baremo por puntos en función de daño que se trate. Cada punto tendrá un valor en euros, y estos valores se actualizan cada año mediante el IPC del año anterior, publicándose en el Boletín Oficial del Estado.
El valor de cada punto variará en función de los factores particulares de cada caso, como puede ser por ejemplo de la edad de la víctima, cuanto mayor sea, menos vale cada punto, y del número de puntos acumulados. En el caso de que hubiera muchos puntos, indicaría que se habrían producido más secuelas y eso incrementaría a los puntos de valor.
¿Los gastos médicos, de transporte y demás serían reembolsables también?
En principio sí, por lo que conviene conservar los justificantes, recibos y facturas relativos a los gastos médicos, farmacéuticos y correspondientes a desplazamientos durante la rehabilitación para reclamarlos también a la compañía contraria a través de su aseguradora.
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hola,
he tenido un accidente con mi coche, producido por culpa de otro vehiculo que invadió mi carril.El caso que mi coche cuesta mas el arreglo (12.000)que el valor es si del coche (el coche se matriculo hace 4 años)
y solo nos dan 8.170 EUROS.
A mi el coche me costó 12.900 euros, mi pregunta es la siguiente; puedo reclamar de alguna forma el dinero que pierdo??
Hola Mª Carmen.
Lo primero es estos casos es que echeis un vistazo a las condiciones particulares de vuestro seguro, a ver a qué valor según contrato tendríais derecho en caso de siniestro total.
En la mayoría de los casos la indemnización corresponde al valor venal del coche que suele ser el valor de tasación por Ganvam. Tienes que pensar que aunque te costará inicialmente 12.900e hace 4 años, en ese tiempo el valor del coche se ha devaluado.
Echar un vistazo a ver que os indica en vuestras condiciones y si nos dices cual es tu modelo exacto de coche (marca, modelo, motor, acabado y fecha de primera matriculación) te podemos indicar el valor de tasación para ver si la indmenización que te ofrecen sería la correcta.
Salu2 y ya nos contarás. ok
hola mi nombre es amalia y cuento nos chocaron x detras ni un problema con el seguro contrario y ya nos repararon el coche. ahora nosotros nestamos todavia de baja x tratamiento sin terapia esto paso el 24 de abril nuestra consulta es mi marido es pensionista y yo estoy desempleada todavia padecemos muchos dolores a consecuencia del golpe la consulta es si tenemos derecho a q nos indemnizen 2 cuanto mas o menos seria el valor 3 si la decision de de la terapia depende del doctor de cabezera o del doctor del seguro contrario 4 y x ultimo cuanto tarda desde el alta en efectuarte el pago??? desde ya muchas gracias
Hola Amalia.
Antes de nada, sentimos lo sucedido. Esperamos que os mejoreis cuanto antes.
En vuestro caso de accidente con lesiones tendríais que tener derecho a ser indemnizados por parte de la aseguradora del culpable del siniestro.
Tal como indicamos en el artículo en el punto «¿Qué factores influyen en la cuantía de la indemnización de los días de baja?» hay que tener en cuenta varias variables que ahí podeis ver (si se trata de días de baja impeditiva o no impeditiva, de vuestras ganancias anuales netas..).
Os tendrán que indemnizar los días transcurridos desde el accidente hasta que os den el alta médica.
De momento, como aún estais de baja no os lo podrán cuantificar..
Hablar con la aseguradora de vuestro coche para que os indique cómo teneis que actuar en estos casos y que os indique a qué médico teneis que acudir para la valoración de los daños. (el seguro no tiene que estar sólo para cobrar la prima, os tiene que defender ante la aseguradora contraria en estos casos)
– Sobre cuanto tardan en efectuar el pago desde la fecha de alta, varía de unas compañías a otrsa, pero tienes que tener en cuenta que según la Ley de contrato de seguro:
No dejeis de insistir a vuestro seguro que os informe de cómo van los trámites y os aclare estas dudas concretas sobre vuestro caso.
Salu2 y ánimo!
Hola!! ante todo saludos para todos.
Bien, os comento, he tenido un accidente con moto, en una rotonda un coche no me ha cedido el paso y me llevo por delante, supongo que no miraría a ver si venía alguien.
Pues bien, me llevo la policia municipal a urgencias dado que fué muy cerca del hospital. en urgencias me hicieron radiografias y demás prubas, no tenía «gracias a Dios» nada roto, no enccuentro explicación dado el golpe que me dio. también supongo que la ropa de moto colaboró a que el daño fuese menor. todo fueron golpes y magulladuras.
pues bien, despues de dos meses entregando partes médicos a ambas compañias la contraria me ha mandado hacer rehabilitación puesto que algunos dolores en ingle y rabadilla aún siguen.
pues bien, no he cogido baja, dejé de trabajar unos días pero sin baja.
mi pregunta sería, ¿que puedo reclamar aparte del casco y carazadora? me han dicho que por cada día que ha pasado y en el cual no sigo estando bien me correspondería algo, no sé que me corresponde o cuanto puedo reclamar en el caso de que la compañía contraria me haga una oferta.
si alguien me puede informar lo agradecería. no sé si en estos casos es conveniente confiar en la compañía de seguros propia, dado que también y según me comentan están de acuerdo todas en no reclamar todo lo que corresponda, les beneficia a todas las compañías.
Un saludo y gracias por anticipado.
Emi
Buenas tardes Emi.
Vaya susto. Sentimos lo sucedido y esperamos que poco a poco te encuentres mejor.
La compañía contraria tendría que indemnizarte por daños y lesiones. Tal como indicamos en el artículo en el punto «¿Qué factores influyen en la cuantía de la indemnización de los días de baja?», en tu caso entendemos que tendrían que indmenizarte por días de Baja no impeditiva (ya que no te impidió hacer tus tareas habituales como por ejemplo seguir trabajando).
Esta baja se refiere a baja médica, no a laboral, asi que te correspondería aunque hayas estado trabajado este tiempo.
En la cunatía de la indemnización influyen los días de baja No impeditiva que en tu caso hayas estado, y se tiene en cuenta también tu sueldo neto anual entre otros factores.
Habla con tu compañía de seguro de moto y exige que te aclaren estos puntos y como serían los trámites para cobrar la indemnización que te corresponda. Deben estar para ayudarte en estos casos, ya que para eso lo pagas, y no sólo para cobrarte la prima anual..
Ya nos dirás a ver qué te comentan al respecto y guarda también los partes médicos ya que son los justificantes que te servirían para reclamar.
Salu2!
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Hola. mi nombre es marcelo y cuento tuve un accidente mi esposa y yo llevo 2 meses de baja. Mi mujer se dio de alta hace 1 dia ella esta de bja y somos inmigrantes yo soy pensionista e inmigrante tambien el coche ya me lo repararon y mi mujer aunque todavia tiene molestias se dio de alta pues quiere buscar trabajo mi pregunta seria cuanto le corresponderia x la baja de 2 meses para tener una idea de cuanto seria para q en el momento de q nos llamen de la otra compañia y supuestamente nos hagan 1 oferta tengamos una idea yo todavia estoy de baja solo seria lo de mi esposa desde ya graciasssssssss
Entendemos que el culpable del siniestro fue el conductor del otro vehículo.
En ese caso os tendrían que indemnizar en función de los días de hospitalización (si esta hubiera tenido lugar) o de baja )impeditiva o no – ver en el artículo más información sobre esto)
Para ello es vuestra compañía aseguradora la que tiene que ponerse en contacto con la contraria y solicitar la indemnización que correspondería en vuestro caso.
En función de si se trata de días de baja impeditivos o no, y cómo los considere la compañía, aparte del sueldo neto que cobreis, os correspondería una cantidad u otra.
No dejeis de consultar con vuestra aseguradora y que os hagan una simulación con todos los datos conocidos hasta ahora de cuánto podría ser y que os acalaren todas las consultas sobre vuestro caso y cómo van los trámites.
Esperamos que mejoreis pronto y os mandamos mucho ánimo.
Salu2!
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Hola. Muchas gracias x la respuesta. La verdad es q estoy desconcertada pues yo todavia sigo de baja sin poder trabajar pues no me encuentro bien para hacerlo. Tengo dolores de cuello y de columna pero estuve leyendo todas las consultas y no se cual seria mi caso pues solo tengo una paga de subsidio de 420 x mes q cobro desde hace 1 año. Soy inmigrante asiq no se como va mi tema tengo derecho a cobrar teniendo en cuenta q estoy en el paro y solo cobro el subsidio asi q mas o menos mi pregunta seria mas o menos x 2 meses de baja solo para tener una idea y la otra pregunta es a quien se lo pagan a mi o a mi marido ??? x favor mi interes es x q como es la 12 vez q tuve un accidente y mi ignorqncia en este tema es total solo espero respuesta para q cuando nos llamen de la aseguradora contraria sepamos a que atenernos. Desde ya muchas gracias
Tienes que entender que no te podemos dar una cifra ni mucho menos exacta, ya que no conocemos exactamente todos los datos.
Teniendo esto en cuenta, suponiendo que no estuviste ningún día hospitalizada, que no tuvierais ninguna responsabilidad en el accidente, que os consideraran la baja por dos meses y del tipo no impeditiva, y suponiendo un sueldo neto anual de 5.000€ aprox correspondería aproximadamente 1.900€
En cualquier caso, sólo tu compañía de lo podrá confirmar exactamente ok
Salu2!
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Buenos días;
Os cuento.. Hace tres semanas tuve un accidente, un señor se salto un stop chocandome por lateral delantero y arrastrandome hasta que el otro lateral choco con un edificio. Desde entonces estoy de baja impedida por latigazo cervical y magulladuras. En la actualidad estoy en tratamiento pero el medico me ha dicho que en cuanto cese el dolor un poco y baje inflamación iré a rehabilitación. Mi pregunta es yo estoy en el paro, tengo derecho a compensación por día de baja, o solo tengo derecho a secuelas??
Muchas gracias de antemano.
Hola Valeria.
Hay que diferenciar entre baja médica y baja laboral.
Lo que se indemniza es por baja médica. Es decir, puedes estar de baja médica por días no impeditivos y a la vez estar trabajando porque los daños no te lo impidieran realizar tu actividad habitual.
Así que en tu caso, estés o no trabajando tienes derecho a que te indemnicen por los daños y lesiones producidos, estés trabajando o no.
No dejes de consultar con tu compañía aseguradora a ver qué indemnización te correspondería en tu caso. Guarda bien los partes médicos y de baja ya que serán los justificante que te servirán para solicitar indemnización.
La cifra exacta sólo te la podrán dar una vez que te den el alta médica. A partir de esa fecha se valorarían las secuelas que te hubieran posido quedar.
Esperamos que te sea de ayuda y no dudes en aclarar todo este tema con tu seguro.
Salu2 y esperamos que mejores pronto!
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muchs gracias por vuestra respuesta.
un salu2
Muy buena ayuda. Muchas gracias
Hola gracias x la respuesta, solo q tengo algunas dudas. Yo tuve un accidente hace tres meses asi q hace 3 dias q estoy de alta le cuento yo soy pensionista y mi paga es de 600€ al mes. Asi q mas o menos keria saber cuanto seria mi indemnizacion x 3 meses no estube ningun dia hospitalizado y no trabajo pues no puedo x mi incapacidad.
Lo pregunto para q cuando la otra compañia nos llame tenga una idea mas o menos y se q no sera exacto cuanto seria la indemnizacion desde ya muchas gracias pues siempre sus respuestas son muy alentadoras.
saludos y espero respuesta.
Hola Marcelo.
Lo sentimos pero no te podemos decir una cifra aproximada de qué cuantía te ofrecerán en tu caso.
Dependerá de cuántos días te hayan contabilizado como días de Baja impeditiva (sin poder realizar tus actividades habituales) o días de Baja no impeditiva.
Lo mejor es que consultes estos datos con tu compañía y que te aclaren cómo van los trámites y cuando van a realizarte el pago de la indemnización.
Pide que te den datos concretos y no se anden con rodeos.
Ya nos contarás!
Salu2!
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Hola buenas, les voy a contar mi caso. Tuve un acidente de coche hace 6 meses yo conducia y mi hija de 19 años iba de acompañante, el coche se salio de la carretera por hielo impactando con un muro de tierra, el coche que venia detras le paso lo mismo golpeandonos a nosotras lateralmente. El diagnostico fue esguince cervical las dos, mi hija estuvo 50 dias de baja por lo que la indemnizan con 1600 euros y yo 90 dias y un punto de secuelas 3800 de los cuales solo me darian el 50% pues dice la compañia contraria que no tiene mas culpa. El abogado de mi compañia (linea directa que por cierto tiene comvenio con la otra) me dice que esta muy bien y que coja el dinero,como dije que no estaba de acuerdo que queria ir a juicio y que el juez dictaminara ,me dijeron que si no aceptaba me quitaban el abogado si queriamos ir que fueramos por nuestra cuenta,me siento engañada por mi compañia. me gustaria saber: 1¿si vamos a juicio nos darian mayor indemnizacion? ¿y el alta medica quien la da el medico o el forense?un saludo y muchas gracias
Buenos días María.
En vuestro caso, como la causa principal del siniestro fue el hielo, las responsabilidades de cada vehículo deberán determinarlas entre ambas compañías.
En el caso de que no estuvieras conforme con la actuación de la compañía, podreis presentar reclamación, queja o consejos ante la Dirección general de Seguros (DGS).
Por si te sirve de ayuda te facilitamos su telf y te dejamos dos enlaces a más información sobre esto que conviene que leas antes de llamar..
Seguros de coche: reclamación a la compañía aseguradora
Seguro de coche: Procedimiento de reclamación y quejas
Dirección General de Seguros (DGS)
– Centralita – 913397000 913397113
– Servicio de Reclamaciones – 902197936
En caso de no estar de acuerdo con la indemnización, convendría que consultarais con un abogado independiente especializado en este tema, que os pueda consejar sobre si merece la pena ir a juicio o no..
Salu2!
Gracias por la información.
Hola!!
Muchas gracias por la respuesta.
os lo agradezco mucho, uno no tiene ideas sobre estos temas hasta que no te pasa algo.
gracias otra vez y un saludo.
Emi