En muchas ocasiones, el tener un golpe o siniestro con el coche es imprevisible ya que depende del resto de conductores o otros factores externos.
Sin embargo, en caso de tener algún siniestro o accidente de circulación, ¿sabemos cómo debemos actuar?
Es importante saber con qué coberturas del seguro contamos y cómo reclamar al contrario si fuera el culpable la indemnización por daños y lesiones.
¿Cómo debemos actuar en caso de siniestro o accidente?
Lo primero es seguir la técnica P.A.S. que quiere decir Proteger, Avisar y Socorrer a las víctimas en el caso de que las hubiera.
Una vez que las personas implicadas en el siniestro estén en zona resguardada o protegida, hay que llamar a Emergencias al telf. 112 y solicitar que acuda la Guardia Civil o Policía para que realice atestado del accidente y lo traslade al juzgado de instrucción.
Este atestado deberán hacerlo en el caso de que alguno de los implicados en el accidente lo solicite, aunque éste no haya sido muy grave.
Se debe apuntar el nombre y dirección de los otros conductores implicados y se recomienda rellenar el parte amistoso.
Si le es posible, recopile también todas las pruebas que pueda: fotos, datos de testigos, justificantes de gastos…
Para retirar el vehículo y si precisara de atención urgente, podría recurrir a su seguro de Asistencia en Viaje.
En el caso de que haya resultado herido en el accidente, debe conservar el parte de urgencias que haya emitido el facultativo le atienda.
Y si quisiera interponer denuncia en vía penal, ¿qué plazo habría?
Habría un plazo de seis meses para presentar la denuncia en el juzgado.
¿Qué habría que hacer después del accidente?
Tendría que dar parte a su aseguradora. Y siempre que sea posible antes de que pasen 7 días desde el siniestro (ver condiciones de cada póliza en particular)
Una vez entregado el parte, su compañía aseguradora se pondrá en contacto con la compañía del otro vehículo y aportará toda la documentación que considere necesaria para determinar quién fue el responsable del accidente.
En caso de lesiones, es importante guardar los sucesivos partes de baja y de alta para poder justificar los días de incapacidad y demostrar su derecho a la indemnización.
La aseguradora del responsable le hará una oferta de indemnización por daños y lesiones que podrá aceptarla sin más o si no estuviera de acuerdo podrá tratar de confirmarla acudiendo a un especialista en valoración de daños corporales (en el caso de que su seguro tenga cobertura de reclamación de daños se hará cargo del peritaje).
Si la indemnización que negociara su compañía no le pareciera la adecuada, quizás debería contratar un abogado especializado y presentar una demanda por vía civil en el caso de que la cuantía lo mereciera.
Los costes del proceso pueden estar cubiertos por la reclamación de daños del automóvil, una póliza de defensa jurídica.
En caso de no querer ir a juicio, tendría la posibilidad de hacer una reclamación ordinaria acudiendo al Defensor del Asegurado de la compañía o solicitar a la aseguradora que se someta al arbitraje.
¿A qué indemnización tendría derecho en caso de lesiones?
En caso de siniestro la víctima de un accidente tiene derecho a ser indemnizada por daños personales, ya sea por los días de baja, como en caso de incapacidad permanente provocada por las secuelas, en cuyo caso se indemniza directamente a la víctima, o su fallecimiento, por el que se indemnizaría a sus familiares.
La cantidad que se podría fijar como indemnización variaría dependiendo la gravedad de la lesión, los ingresos de la víctima, sus circunstancias personales y familiares, etc.
La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro para la circulación de vehículos a motor rige el sistema de valoración de daños físicos tras un accidente de tráfico, y se utiliza muchas veces también para establecer las indemnizaciones por las lesiones producidas.
¿Qué factores influyen en la cuantía de la indemnización de los días de baja?
También se podría reclamar una indemnización por los días que tenga que estar de baja la víctima de un siniestro.
Respecto a los días que se estuvieran de baja habría que distinguirse entre (cuantía según baremo 2014):
- Días de baja hospitalaria: 71,84 €/día
- Días de baja no hospitalaria:
- Días de baja impeditiva : 58,41 €/día – cuando no se pudiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
- Días de baja no impeditiva: 31,43€/día – cuando no le impidiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
Dependiendo de qué tipos de días de baja se trate, como puede observar, corresponderá una cuantía u otra.
¿Cómo se realiza la valoración de las secuelas?
Las secuelas físicas o estéticas que hubieran sido provocadas por el siniestro también dar derecho a la víctima a reclamar la indemnización correspondiente.
La valoración de las secuelas definitivas, una vez que hayan sido valoradas por informe médico que determinará la gravedad de las mismas, darán lugar a que la aseguradora del vehículo culpable indemnice a la víctima.
El Real Decreto Legislativo 8/2004 recoge la cuantía de las indemnizaciones por daños físicos y estéticos establecidas a partir de un baremo por puntos en función de daño que se trate. Cada punto tendrá un valor en euros, y estos valores se actualizan cada año mediante el IPC del año anterior, publicándose en el Boletín Oficial del Estado.
El valor de cada punto variará en función de los factores particulares de cada caso, como puede ser por ejemplo de la edad de la víctima, cuanto mayor sea, menos vale cada punto, y del número de puntos acumulados. En el caso de que hubiera muchos puntos, indicaría que se habrían producido más secuelas y eso incrementaría a los puntos de valor.
¿Los gastos médicos, de transporte y demás serían reembolsables también?
En principio sí, por lo que conviene conservar los justificantes, recibos y facturas relativos a los gastos médicos, farmacéuticos y correspondientes a desplazamientos durante la rehabilitación para reclamarlos también a la compañía contraria a través de su aseguradora.
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Buenas!
Mi padre circulaba por la autopista cuando de pronto se le cruzaron dos jabalis.y los mato y el coche por delante quedo destrozado y mi madre con dolores en el brazo que aun no esta recuperada ( esto fue el 01/12/2009 ). La reparación cuesta 5000 euros y solo le quieren dar el valor venal del coche 2000 euros.
Buenas Inma
Sentimos lo sucedido. Vaya susto para tus padres y para ti..
Esperamos que se les vaya pasando y poco a poco se encuentren mejor. Lo del coche dentro de lo que cabe de una forma u otra tiene solución..
Dependiendo de cómo esté asegurado el coche y su antigüedad te indemnizarán de una forma u otra. En las condiciones generales de la póliza del seguro podreis ver cómo corresponde la indemni. zación en caso de siniestro.
Aunque en caso de siniestro total suelen indemnizar con el valor venal correspondiente y si el vehículo tiene ya unos años será ese el correcto (si nos dices, modelo de coche, motor, acabado y año de matriculación te lo podemos mirar por tablas de tasación)
Sin embargo, comentarte que aparte del valor venal tendríais que tener derecho a una indemnización por daños, aunque habría que estudiar si por tu seguro o interponiendo reclamación contra la Consejería de Medio Ambiente correspondiente, ya que los riesgos que comporta el libre deambular de animales de caza
conlleven la responsabilidad del titular del Coto del que procedan cuando estos sean la causa que provoque el daño.
Sería importante disponer de:
– fotografías del estado en el que quedó el vehículo por cuyos daños se reclame
– denuncia presentada por ti como lesionado ante el Juzgado
– Informes médicos sobre daños y secuelas.
– Informe pericial de daños en el vehículo
Leer más: http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/coches/3534-accidente-por-jabali-en-la-autovia-indemnizacion-por-danos-y-lesiones#ixzz0nHheT7vW
Esperamos que se solucione pronto.
Mucho ánimo y salu2
como o con quien puedo acudir si por culpa de el pavimento y las vias terrestres de la ciudad de mexico mi carro sufrio daños que me saliero muy caro y aparte los policias en vez de ayudar me quieren extorcionar mi preguta es con quien puedo ir para que me paguen el daño
Lo sentimos Víctor pero los casos que tratamos son de sucesos ocurridos en España.
Desconocemos cómo se realiza la tramitación en México.
Vaya trato el de los policias no?
Te enviamos ánimo y esperamos que te indemnicen como corresponde por los daños de tu coche. Ya nos contarás cómo sigue también tu caso.
Salu2!
— Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro —
Por favor! podrían contestarme a mi consulta??
Gracias de anteMANO.
Un saludo!
Hola elsahh
Puedes ver la respuesta a tu consulta en:
http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/19/seguros-de-coche-e-indemnizacion-por-siniestro-o-accidente/comment-page-4/#comment-11066
Esperamos que te sea de ayuda o te sirva al menos de orientación.
Salu2!
Hola de nuevo!!
En primer lugar, gracias por contestarme.
En cuanto a los días impeditivos y no impeditivos es algo que no entiendo muy bien, sí te puedo decir que de los 6 meses y medio de baja un mes y medios estuve en reposo en cama con una pierna en alto, a los 4 meses de baja empecé a hacer rehabilitación, el tiempo entre el reposo y la rehabilitación fui mejorando progresivamente, primero iba en silla de ruedas, luego con dos muletas y finalmente con una, hasta que en rehabilitación me quitaron la última muleta, así ha sido el progreso de mi baja, pero no consta en ningún lado esto creo, realmente hasta que no me di el alta no pude hacer una vida normal.
Respecto a la compañía contraria aún no me han llamado, es por lo que os pregunto, por tener una orientación.
Mi abogado aún anda haciendo números y no me quiere decir una cantidad exacta.
Como secuelas tengo un clavo intramedular desde la rodilla al tobillo, más unas siete cicatrices de unos dos a tres cm.
También, tengo la zona de la fractura aún inflamada y con cardenales.
Esto es todo lo que te puedo añadir.
Muchísimas gracias de nuevo!!
Un saludo.
Aparte de tu abogado, habla con la compañía de seguros de tu vehículo (desconocemos si ese abogado es de la propia compañía o lo has contratado de forma independiente)
Tu aseguradora debería defender tus drecehos ante la compañía contraria y ésta debería hacerte una oferta de indemnización que podrás aceptar o no.. En caso de no aceptar, puedes ver los pasos a seguir en el artículo en el punto «¿Qué habría que hacer después del accidente?».
Respecto a los días impeditivos o no impeditivos o no impeditivos la verdad es que es bastante subjetivo.. En tu caso no sabemos muy bien cómo los tomará la compañía contraria.. por ello tu abogado no querrá decirte ninguna cifra aún, hasta no conocer el informe detallado y oferta de indemnización contraria..
Espera hasta conocer esta oferta y no dejes de insistir a tu seguro en que quieres una solución ya y que hablen con la compañía contraria para que oferten cuanto antes o te comenten los plazos que tienen para ello.
Salu2!
hola,tuve un accidente hace poco y el coche me dan siniestro total es un furgon mixto tiene 14 años me gustaria saber cuanto me corresponde mas o mesnos un saludo
Tendrías que consultar las condiciones generales de tu póliza, para ver con qué valor te indemnizarían en caso de siniestro (valor venal, venal mejorado, etc..)
Habría que saber también si lo tienes a todo riesgo, si el accidente ha sido causado por un tercero..etc.
De todas formas, si nos dices los datos de tu vehículo, marca, modelo, motor, año primera matriculación.., te podríamos decir el valor de tasación por Ganvam, que suele coincidir con el valor venal que dan como indemnización si te correspondiera.
Salu2!
— Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro —
Mi padre tuvo un accidente el 24/04, un alcance por detras, está de baja medica desde ese dia por latigazo cervical y recibiendo sesiones de fisio (15 sesiones )por parte de la compañia contraria desde 8 o 9 dias despues del accidente. no estuvo hospitalizado aunque hay parte de urgencias del hospital.
Se da la circunstancia que actualmente está en el paro desde el mes de marzo y cobra 1000 euros netos al mes, su base diaria reconocida es de 98€ pero como no tiene hijos a cargo le pagan el minimo. Sus ingresos habituales el año pasado han rondado los 28.000 netos/año.
Con todo estos datos me gustaría saber que tipo de indemnización le puede corresponder, sobre todo que consideración tiene su baja si de dias impeditivos o dias no impeditivos. muchas gracias
Hola Raúl.
Sentimos lo sucedido y esperamos que tu padre poco a poco se encuentre mejor.
Sobre el tipo de días de baja que le aplicarán (impeditivos o no), la verdad es que es un poco subjetivo y depende un poco cómo lo considere la compañía contraria viendo los partes de lesiones. Serían días impeditivos si no pudiera desarrollar sus tareas habituales diarias..(ya ves que no queda muy calra la definición..)
Vuestra compañía aseguradora tendría que velar por vuestro interés como clientes e intentaros conseguir la máxima indemnización posible para compensar los daños sufridos.
Suponiendo por ejemplo el peor de los casos (y luego si os dan más mejor que mejor..) que tomarán los días como no impeditivos, los ingresos de este año (supongamos 12.000€ netos de paro), y los días de baja desde el 24 de abril, correspondería una indemnización indicativa de aproximadamente 1.100€..
Pero vamos, para saberlo definitivamente tendreis que hablar con vuestra compañía para ver cómo van los trámites, esperar a que le den el alta médica para cuantificar los días de baja, ver si hay secuelas, etc…
Cualquier duda que tengais sobre vuestro trámite concreto hablar con vuestra aseguradora, ya que no sólo pueden estar para cobrar la prima, tendrán que responder cuando surjan también los problemas.
Mucho ánimo y un saludo!
muchas gracias, lo tendremos en cuenta, un saludo.
hola!!!
me han dicho que en caso de muerte de un progenitor en un accidente de trafico,los hijos tiene derecho a recibir una indemnizacion, siempre q el progenitor sea menor de 65 años. Queria saber si esto es cierto
Gracias por atenderme
Hola neovo.
Tendrías que revisar las condiciones particulares de tu póliza para ver qué indica en estos casos y dependerá también de las condiciones del siniestro.
Salu2
El 10/01/10 tuve un accidente de moto y mi mujer que iba detrás se rompió la Tibia y el Peroné con fractura quirúrgica (vamos que le han puesto un hierro en la tibia) estuvo ingresada 15 días y hasta hoy esta d baja todavía. ¿Que indemnización le correspondería si estaba cobrando el paro en ese momento?