En la compra de un vehículo nuevo existe una serie de ayudas por descuento por minusvalía como son la reducción del IVA al 4% y la exención del Impuesto de matriculación e Impuesto municipal de Circulación para personas con el certificado de minusvalía.
Sin embargo, ¿puede uno comprarse un vehículo aprovechando la minusvalía de un familiar para beneficiarse de estas ventajas fiscales? ¿Qué ocurriría si nos pararan y ven que el titular del coche no coincide con el conductor? ¿Y si se trata de un coche familiar y lo conduce el cónyuge que no tiene la minusvalía? ¿Podría utilizarlo una persona diferente al titular con minusvalía?
Respondemos a éstas y otras consultas sobre este tema.
¿Cuáles son las ventajas fiscales en la compra de coche con descuento por minusvalía?
Las ventajas fiscales con las que podría contar una persona con certificado con minusvalía superior al 33% en la compra de un vehículo nuevo y sin matricular, y en el caso de cumplir las condiciones especificadas en los enlaces siguientes son:
- Exención en el Impuesto de matriculación.
- Reducción del IVA al 4%.
- Exención en el pago del Impuesto municipal de Circulación (también denominado Impuesto de vehículos de tracción mecánica, IVTM)
¿Podría utilizar el vehículo una persona diferente al titular con la minusvalía?
Una de las condiciones que se exige para beneficiarse de estas ventajas o ayudas en el precio, tal como se especifica en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, es que sólo se aplicarán a los vehículos automóviles matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo.
La expresión “uso exclusivo” da lugar a una posible interpretación demasiado estricta y obligaría para cumplirla, de cara a la Administración, a que la persona minusválida titular del vehículo se encuentre siempre a bordo del mismo cuando circule, con independencia de que lo conduzca otra persona.
¿Podrían privar a la persona con minusvalía de las ventajas fiscales si se acreditan que el vehículo lo utilizan terceras personas?
En los casos que se acredite que el uso del vehículo lo realiza una tercera persona para asuntos particulares, el discapacitado se vería privado de la exención en el Impuesto de matriculación, aunque este uso por terceros fuera ocasional o estuviera motivado por circunstancias económicas.
¿Habría alguna excepción en este tema?
A pesar de los puntos anteriores, hay que decir que se admitirá que el uso exclusivo del vehículo por el discapacitado también se produce cuando es conducido por otra persona sin que la persona minusválida vaya en el coche, siempre que sea para satisfacer determinadas circunstancias de su interés.
Por ejemplo, en los casos en que la persona minusválida no pueda conducirlo por él mismo y se le traslada a algún sitio, o se regresa más tarde a recogerlo; o si lo conduce otra persona para atender compras, encargos u otras necesidades del titular; o meramente si otra persona lo lleva a un taller mecánico para revisión o reparación, supondría cumplir la condición de uso exclusivo para el minusválido aunque en ese momento no viajara en el coche.
¿Qué organismo se encarga de la verificación de la correcta aplicación de la exención del Impuesto de matriculación?
El órgano competente para realizar comprobaciones sobre este impuesto es la a Inspección de Aduanas e Impuestos Especiales de la Dependencia Regional correspondiente al domicilio del contribuyente o el Servicio de Vigilancia Aduanera adscrito a la misma Dependencia.
Normalmente este tipo de comprobaciones, aunque no son habituales, se realizan por personación en el domicilio del beneficiario de la exención.
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tengo una minusvalia de 70 por ciento y 8 puntos de movilidad reducida soy viuda y no tengo carnet de conducir me han denegado el exencion del impuesto de matriculacion por que dice hacienda que como no tengo carnet la persona que he puesto que es mi hijo y que convivo con el, que no coincide el domicilio fiscal mio con el de mi hijo aun habiendo presentado un certificado de convivencia es eso asi puedo reclamar
Hola María Isabel.
Lo hemos estado consultando y en el artículo 66 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales sobre las Exenciones, devoluciones y reducciones no se indica nada sobre que el solicitante deba o no tener carnet de conducir..
Lo que sí que se requiere para la solicitud de la exención es que el vehículo automóvil sea matriculado a nombre de la persona minusválida. Así que en principio deberías figurar tú como titular del vehículo y realizar la solicitud a tu nombre.
Esperamos que así se solucione tu problema y no te pongas más inconveniente.
Salu2
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gracias por en comentaRIO pero aunque el vehiculo se ha solicitado a nombre del misnusvalido haciendo me lo deniega por la no coincidencia del domicilio fiscal de mis hijo esto es una injusticia haber si alguien me puede ayudar si debo reclamar o no tengo nada qu hacer gracias
Dada tu situación lo mejor quizás sería que acudieras a una gestoría con toda la documentación, a ver si ellos te pueden indicar cómo presentar la reclamación.
Te merecerá más o menos la pena en función del Impuesto de matriculación que esté en juego pagar o no.. Este impuesto de matriculación varía entre un 0%, 4,75%, 9,75%, 14,75% según el CO2 que emita el coche.
Dependiendo del coche que se trate puede suponer un ahorro importante.
Salu2 y a ver si tienes suerte y se soluciona tu problema.
soy minusvalido y no tengo carnet de conducir tengo derecho a exencion impuesto matriculacion que requisitos exige hacienda gracias
En el artículo 66 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales sobre las Exenciones, devoluciones y reducciones no se indica nada sobre que el solicitante deba o no tener carnet de conducir.
Pero lo que sí es necesario es que la solicitud de la exención y el automóvil sea matriculado a nombre de la persona minusválida.
Te facilitamos los enlaces donde puedes ver todas las preguntas Frecuentes referentes a este tema:
Descuento por minusvalía en la compra de coche: impuesto de matriculación
Descuento por minusvalía en la compra de coche: reducción del IVA al 4%
Esperamos que te sean de ayuda.
Salu2
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Gracias por la informacion.
Si un agente de trafico ( bien guardia civil, policias locales y nacionales), verifica que el coche es conducido por un tercero, que puede hacer? Inmovilizar el vehiculo?
En el supuesto, de que conduciendo el vehiculo un tercero hubiera un accidente, podría la compañia de seguros poner trabas a cumplir sus compromisos sobre la base de la ilegalidad fiscal?. Aunque el conductor tuviera documentos en regla y cumpliera los requisitos del seguro en cuanto a edad y años de carnet
Muchas gracias.
No es competencia de los agentes de Tráfico comprobar si ese vehículo se ha sacado con obtención del Impuesto de matriculación o no, así que no te podrían multar por ello ni te inmovilizarían el coche ni nada, así que no te preocupes.
ECha un vistazo al artículo a:
¿Qué organismo se encarga de la verificación de la correcta aplicación de la exención del Impuesto de matriculación?
En cualquier caso, en el artículo indicamos excusas legales que podrías utilizar de todas formas, y que podrían ser verdad por si te quedas más tranquilo.
En el caso del seguro, a partir de 27 años y 2 años de carnet el seguro te cubriría en cualquier turismo, estés o no indicado en la póliza del seguro. Esto serían las condiciones generales, no influye que el coche se haya comprado con minusvalía o no. Y si no cumples esto, no lo cumples para ningún coche que conduzcas, no sólo para éste en concreto.
Salu2
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buenas tardes es una pregunta?
quisiera saber si todas estas ayudas de minusvalia son compatibles con la del plan 2000 e, estoy harto de ir a concesionarios volswagen y demas y el plan 2000e no me lo quieren aplicar ¿quisiera saber por que?y si hay alguna ley que diga que estas dos ayudas no son compatibles por favor decirmelo, me dan a elegir o una ayuda u otra dicen que las dos no me puedo acoger, gracias con antelación
Buenas tardes Marcos.
No tienen razón. Las ayudas del Plan 2000E con compatibles con las exenciones o ayudas por minusvalía. La ayuda del plan 2000E es una ayuda directa y no tiene nada que ver con el IVA o el Impuesto de matriculación ni influyen en ello.
Pasamos tu consulta al Foro de Preguntas Frecuentes para poder darte información más ampliada sobre este tema. Te dejamos el enlace a tu consulta:
http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/coches/3805-descuentos-minusvalia-compra-de-coche-son-compatibles-con-plan-2000e#3806
Salu2
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muchisimas gracias¡¡¡¡ no lo dudeis que si soluciono algo o lo comentaré.
Conozco a una persona cuya hermana con minusvalía le ha permitido en la compra las ventajas y los descuentos que ello supone. Mi pregunta sería ¿es esto denunciable si podemos comprobar que la persona con minusvalia no es la dueña del vehículo aunque esté a su nombre y no disponga de permiso de conducir? ¿ante que organo se ha de acudir para denunciar estos hechos? ¿que pruebas se han de aportar o corresponde al organo en cuestion comprobar que esto ocurre?
Para solicitar las deducciones y exenciones de impuesto por minusvalía no es necesario que la persona minusválida titular del vehículo disponga del carnet de conducir. Ese hecho no sería como tal denunciable.
Es difícil demostrar que ese vehículo no es únicamente para uso exclusivo del minusválido. Si te fijas en el artículo en el punto «¿Habría alguna excepción en este tema?» podrías ver excusas que podrían alegar para indicar porqué utilizan ese vehículo.
En la página de la Agencia Tributaria AEAT puedes ver los trámites para interponer una denuncia:
Tramitación de denuncias tributarias.
De todas formas en al artículo en el punto «¿Qué organismo se encarga de la verificación de la correcta aplicación de la exención del Impuesto de matriculación?» puedes ver datos más concretos sobre los responsables de verificar que estos beneficios fiscales se regulen correctamente.
Salu2
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Lo que necesitas es meterte en tu vida y dejar al resto de la gente tranquila. Hay que ser mala persona y rastrero para denunciar a alguien por hacer algo que no te molesta lo más mínimo. Vive tu vida, o tan triste es que tienes que fijarte en la de los demás.
Hola, gracias por la información, pero me asalta una duda. Si se presentan los de Aduanas en la casa del minusválido que hace el «favor» a otra persona, ¿cuál es la sanción?
Muchas gracias.
No conocemos ningún caso en contreto, pero en principio tendrían que devolver la cuantía del beneficio fiscal (importe del Impuesto de matriculación correspondiente y liquidación del IVA en los casos de la aplicación del Iva reducido) + multa correspondiente + intereses de demora.
La multa correspondiente es posible que sea el 50% de la cuantía del importe defraudado, pero no te lo confirmamos exactamente.
Salu2
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Hola. tengo unas dudas y me gustaría saber si me podríais ayudar, tengo un bebe de 28 meses el cual tiene una minusvalía del 37%, tenemos un coche familiar el cual usa mi marido que trabaja a 50km de casa, y se nos plantea comprar otro coche, no sabemos si podemos ponerlo a nombre del niño y poder aprovechar los dto. por su minusvalía y que es lo que tenemos y podemos hacer.
Muchas gracias.
Hola Patricia
Respondimos una cuestión similar en el enlace que te indicamos.
Echale un vistazo y si te quedara alguna consulta por aquí seguimos ok 😉
http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/13/descuento-por-minusvalia-en-la-compra-de-coche-impuesto-de-matriculacion/comment-page-1/#comment-3041
Esperamos que te sirva de ayuda.
Salu2!
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