La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.
¿Quién puede acceder a esta ayuda?
- Los mayores de 45 años o discapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
- Agotar su prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial.
- Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo. (Se considera interrumpida la demanda si se ha trabajado 90 o más días en el año anterior a la fecha de solicitud o si se ha salido al extranjero.)
- Carecer de rentas.
- Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
- No convivir con el agresor.
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas.
- Ser trabajador emigrante retornados:
- Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
- Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
- Carecer de rentas.
Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
¿Qué es carencia de rentas?
- Que las rentas del solicitante en su cómputo mensual (incluidas las pagas extras) no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias) que para el 2018 son 551,93 euros.
- La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.
Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.
¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?
- Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
- Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.
¿Cuánto durará la RAI?
La duración máxima de la renta es de 11 meses.
¿De cuánto es la ayuda?
La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.
En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:
- Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
- El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.
¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?
El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.
Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.
La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.
¿Es compatible con el empleo parcial?
Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.
¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?
No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.
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Hola el 7 de octubre me caduco la rai y la renove el dia 15 el dia 10 de noviembre cobre 114 euros entonces en diciembre cobrare los 430 o algo mas?
Se me olvido decir que el primer mes cobre 312 en vez de 426 asi que los 114 son de ese primer mes entonces queria saber si ak haber renovado en octubre cobrare algo mas de los 430 en diciembre
Cobraste los 7 días que tenías derecho.
En diciembre, cobrarás 15 días de octubre y el mes completo de noviembre.
buenas la rai se puede echar 2 veces aun que te venga denegada por falta de algun documento
Puedes pedirlo cuantas veces que quiera, pero como máximo te concederán 3 veces a lo largo de tu vida.
Salu2.
Buenos días,
Tengo una duda y me gustaría que me la aclarasen, por favor. ¿Mientras que cobro el RAI estoy cotizando en la Seguridad Social?
Muchas gracias.
Un saludo,
MARia
No. Sólo se cotiza cuando se cobra el subsidio de desempleo de mayores de 55 años y la prestación contributiva.
Salu2
Hola,esta mañana he llamado por telefono al sepe para ver si podia reanudar la R.A.I despues de haberla paralizado por un trabajo jornada completa de tan solo una semana,del cual he sido cesado a los 3 dias por no superacion del periodo de prueba,y despues de hacerme varias preguntas y tal me ha dicho que ya esta reactivada de nuevo y tiene que tramitarla.El tema es que me meto en la web del sepe donde sale mi informacion de la R.A.I(durante esta mañana) y sigue apareciendo como baja por colocacion cuenta ajena.Estoy pensando si esto es normal o deberia salir ya como reanudada o sera que les lleva un tiempo colocarlo en la web,porque para la baja fue avisar y despues de un rato ya estaba en la web.
Pido opinion,muchas gracias.
Yo acudiría a SEPE, porque seguramente tienes que darte de alta nuevamente en la demanda de empleo.
Esto último es superimportante, porque si te dan de baja, pierdes la RAI.
Salu2.
Puedes cobrar la RAI 3 vexes seguidas si el grado de discapacidad lo tiene tu hijo??
No. Es una ayuda a personas con necesidad. Y se da de forma continuada a las personas de especial necesidad (discapacitado o víctima de violencia).
En tu caso, debes de esperar 12 meses.
Salu2.
Buenos días
Comencé a cobrar el Rai el 10/1/2017
Tengo que renovar en Diciembre?
Es que en la hoja me pone periodo reconocido : 20/12/2016 al 19/11/2017
Claro. La ayuda se te termina el 19 de 11. El último pago, el 10 de diciembre.
Puedes pedir una nueva RAI a partir de 20 de noviembre, si tienes discapacidad o eres víctima de violencia.
En caso contrario, no podrás pedir otra RAI hasta el 20 de noviembre de 2018
Salu2
Hola buenas queria saber si puedo solicitar la rai teniendo una orden de alejamiento contra el ex suegro de mi hermana gracias
Pero eso no se encuadra dentro de víctima de violancia de género, ¿no?
Salu2.
Hola,escribí hace un par de dias porque al reactivar el subsidio seguía saliendo en la web del sepe como baja por colocación cuenta ajena y me dijisteis que a ver si me faltaba el nuevo alta de demanda de empleo,pero no porque ya lo tenía…,ahora ya aparece como reanudacion desde dia 19,causa finalización de otros contratos temporales..,entonces imagino que tengo que entender que ya está de alta de nuevo y el día 10 cobraré de nuevo,no es así?
Sí, el tema son las fechas. Creo que emiten los pagos el día 25, así que no debería de haber problemas.
Salu2.
Cobro la rai, por víctima de violencia, eche solicitud de trabajo del pacas del ayuntamiento, si soy admitida y me llaman para trabajar, y rechazo la incorporación a dicho trabajo por problemas personales, pierdo la ayuda
Sería injustificado rechazar ese empleo, salvo que esos problemas personales esté relacionado con el motivo de la violencia de género (habría que ver).
Salu2.
Hola mi duda es que cobre 6 meses de la renta básica y comencé a trabajar y en enero termino de cobrar el subsidio.Se puede recuperar lo que me resta de la renta básica o pierdo los otros 6 meses que me quedaban por cobrar
En tal caso debes de consultar las bases de tu renta básica. Ten en cuenta que es una ayuda autonómica y diferente de una comunidad a otra, incluso hay comunidades que ni siquiera tiene esta ayuda.
Salu2.
Buenas, se puede cobrar la RAI al mismo tiempo que el subsidio por emigrante retornado? Ya que el emigrante retornado no supera el 75% del Salario Mínimo.
Gracias de antemano!
No, una cosa después de la otra.
Salu2.