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24 de noviembre de 2009

RAI: Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de 426€ al mes para incrementar las oportunidades de retorno al mercado laboral de determinados colectivos de trabajadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda. Editado este artículo con las nuevas condiciones.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Los mayores de 45 añosdiscapacitados de grado igual o superior al 33 % o tener reconocida una incapacidad que suponga una disminución en su capacidad laboral del 33%;
  • Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica:
    • No convivir con el agresor.
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.
  • Ser trabajador emigrante retornados:
    • Haya retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud.
    • Haya trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero desde su última salida de España
    • Ser demandante de empleo, sin necesidad de ningún periodo mínimo de permanencia.
    • Carecer de rentas.

Todos los posibles beneficiarios deberá de buscar ectivamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.

¿Qué es carencia de rentas?

  • La suma de los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros debe de ser inferior a este límite.

Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, para las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica las rentas individuales del cónyuge o del hijo agresor no se computarán como rentas familiares y estos no deben ser considerados miembros integrantes de la unidad familiar de la víctima.

¿Se puede solicitar varias veces la ayuda?

  • Sí, se puede beneficiarse de hasta de 3 veces de la RAI.
  • Para poder solicitar una segunda y una tercera vez la RAI, hay que esperar al menos 12 meses desde la última percepción de esta ayuda, salvo que se demuestre condición de discapacitado o víctima de violencia.

¿Cuánto durará la RAI?

La duración máxima de la renta es de 11 meses.

¿De cuánto es la ayuda?

La cuantía de la renta es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento: 430,27 euros al mes para el año 2017.

En el caso de las víctimas de violencia de género y víctimas de violencia doméstica tienen una ayuda adicional por cambio de residencia:

  • Ayuda de 3 mensualidades de RAI adicional.
  • El cambio de residencia se ha de hacerse en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI o durante la permanencia en el programa.

¿Cuándo y cómo se pagar esta ayuda?

El pago de la renta se realizará por mensualidades de treinta días y el mes siguiente al que corresponde el devengo, y se suele pagar los días 10 de cada mes.

Se abonará en la cuenta de la entidad financiera que el trabajador determine, salvo en los casos justificados en los que el Servicio Público de Empleo Estatal autorice el pago en efectivo o por ventanilla.

La Renta Activa de Inserción se percibe a partir del día siguiente a la fecha de incorporación al programa.

¿Es compatible con el empleo parcial?

Sí, siempre que se siga cumpliendo los requisitos económicos. SEPE pagará la parte proporcional de la jornada laboral no trabajada.

¿Es compatible con el empleo a tiempo completo?

No, la RAI en sí se suspende, eso sí, SEPE otorga una ayuda del 25% del importe de la RAI durante un plazo máximo de 180 días como forma de incentivar el empleo tanto por cuenta propia como cuenta ajena.

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8.251 comments to RAI: Renta Activa de Inserción

  • pedrito

    hola a todos mira queria saber si en caso de que cobraria la primera vez la rai y despues de acabar la primera aunque me queda dos de rai puedo hacer el prodi ? lo que si que se es cuando ya se te acaba las 3 veces no hay prodi o sea que no se podria claro saludo

  • marisol

    el 10 de noviembre cobro la rai por ultima vez pues se me cumplen los 11 meses¿cuando debo ir a cumplimentar los papeles para no tener que dejar de cobrar?¿DEBO DEJAR DE COBRAR ENTRE UN PEDIDO Y OTRO?¿que papeles debo llevar? me pueden explicar que es la prodi.gracias

  • marisol

    yo tengo un 42% de minusvalia y quiero saber que si siguen asi de mal las cosas en el trabajo cuando acabe con el tercer año de rai,si no encuentro nada ¿de que podria vivir?¿tengo derecho a alguna otra ayuda?soy madre soltera de 1 niño de 12 años y aunque mi madre nos deja dormir en su casa tiemblo en el dia que ya no pueda cobrar y no me haya salido un trabajo.gracias

  • marisol

    una mujer nacida en 1942 puede cobrar o solicitar alguna ayuda por desempleo?gracias

  • marisol

    donde podemos encontrar para enterarnos de todas las ayudas que existan para cada cosa y cada persona en concreto

  • marisol

    tengo 67 años,desearia saber si tengo derecho a cobrar la ayuda por desempleo teniendo una pequeña pension de viudedad aunque tengo a mi cargo ami hija y mi nieto.gracias

  • pedro

    hola keria preguntar una cosa si yo estaria cobrando la primera vez la rai y luego cuando se me acabe la primera , ¿ se puede cobrar el paro tambien estando 1 año cotizao si lo tuviera porke ahora tengo 4 meses y me keda 8 meses mas para cotizar el cobro del paro ¿ se podria tambien ?
    y luego solicitar el segundo?
    la rai gracias un saludo

    • Después de la RAI se puede cobrar la prestación de desempleo si generas suficientes cotizaciones, y una vez terminado estas prestaciones, podrías volver a solicitar la RAI siempre que cumplas las condiciones.

      Se puede solictar hasta 3 veces la RAI como máximo a lo largo de la vida.

      Salu2.

  • Rosae

    Hola me acaban de pagar el primer mes del PRODI, y el inem me colocó en un trabjo pero solo 8 días, sé que después puedo volver a solicitarlo, q no lo pierdo, mi pregunta es: si me salen más trabajos así q sumen mas d 90 días, cuando se me agote el PRODI, puedo solicitar la RAI (cumplo los requisitos) ó por el contrario no podré porque he trabajado más de 3 meses, ó cuanto tiempo es..
    gracias, espero haberme explicado correctamente. un saludo

  • ANA

    Hola: mi hermano está cobrando por primera vez la RAI y mi madre quiere solicitar una pensión no contributiva en nuestra comunidad autónoma por invalided, para lo que se considerarán todas las rentas de la unidad familiar. Mi hermano es discapacitado con un porcentaje del 68% y vive en casa de mis padres. ¿Se tendrán en cuenta las mensualidades que recibe mi hermano a la hora de tener en cuenta los ingresos de la unidad familiar?¿Se declara a Hacienda?

    gracias y saludos,

    • Sí, creo que contará todas las rentas que se ingrese, y además estos ingresos tributan en el IRPF.

      Acude a la seguridad social y allí le informarán sobre el PNC.

      Salu2.

  • alvaro

    holaa una pregunta ..hasta cuando se puede solicitar la RAI? era por si me puedo espera un poko mas adelante o se Acaba ya RAI este año graciass

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