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28 de octubre de 2009

Herencia legítima: derecho de sucesión o línea de sucesión

El patrimonio de una herencia se divide legalmente en tres partes: la legítima, la mejora y el tercio de libre disposición. Explicamos en este artículo todas las dudas referentes a la herencia legítima y cual sería el orden y los derechos de sucesión de los herederos forzosos dentro una dentro de una familia.

¿De qué partes consta una herencia?

El patrimonio de una herencia se divide por disposición legal en tres tercios: la legítima, la mejora y el tercio de libre disposición.

  • La legítima: es la parte de los bienes de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, ya que por ley se reserva a los denominados herederos forzosos, salvo que el testador decida desheredarlos expresamente.
  • La mejora: puede emplearse para favorecer en especial a alguno o algunos hijos o descendientes. Si no se especificara nada al respecto, incrementaría la cuantía de la legítima.
  • El tercio de libre disposición: con el cual el testador podrá hacer lo que crea conveniente.

¿Quiénes serían los herederos forzosos?

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

¿Cuándo tiene lugar la sucesión legítima?

  • Cuando uno muere sin testamento, o con testamento nulo, o que haya perdido después su validez.
  • Cuando el testamento no especifica la institución de heredero en todo o en parte de los bienes.
  • Cuando falta la condición puesta a la institución de heredero, o éste muere antes que el testador, o renuncia a la herencia sin tener sustituto y sin que haya lugar al derecho de acrecer.
  • Cuando el heredero instituido es incapaz de suceder.

Por tanto, a falta de herederos testamentarios, la Ley defiere la herencia a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado.

¿Cómo se determinan los niveles de sucesión?

La proximidad del parentesco se determina por el número de generaciones, de forma que cada generación forma un grado.

La serie de grados forma la línea, que se distingue en descendente y ascendente.

Descendente: une al cabeza de familia con los que descienden de él.

Ascendente: une a una persona con aquellos de quienes desciende.

Los parientes que se hallen en el mismo grado heredarán por partes iguales, salvo si concurriere doble vínculo (parentesco por parte del padre y de la madre conjuntamente), en cuyo caso aquéllos tomarán doble porción que éstos en la herencia.

Si hubiere varios parientes de un mismo grado, y alguno o algunos no quisieren o no pudieren suceder, su parte acrecerá a los otros del mismo grado.

¿Cuál es el orden de sucesión de la línea descendente?

La sucesión corresponde en primer lugar a la línea recta descendente.

Los hijos y sus descendientes suceden a sus padres y demás ascendientes sin distinción de sexo, edad o filiación.

Los hijos del difunto le heredarán siempre por su derecho propio, dividiendo la herencia en partes iguales.

Los nietos y demás descendientes heredarán por derecho de representación, y, si alguno hubiese fallecido dejando varios herederos, la porción que le corresponda se dividirá entre éstos por partes iguales.

Si quedaran hijos y descendientes de otros hijos que hubiesen fallecido, los primeros heredarán por derecho propio y los segundos por derecho de representación.

¿Cuál es el orden de sucesión de la línea ascendente?

A falta de hijos y descendientes del difunto le heredarán sus ascendientes.

El padre y la madre heredarán por partes iguales.

En el caso de que sobreviva uno solo de los padres, éste sucederá al hijo en toda su herencia.

A falta de padre y de madre sucederán los ascendientes

Si hubiere varios ascendientes de igual grado pertenecientes a la misma línea, dividirán la herencia por cabezas.

Si los ascendientes fueren de líneas diferentes, pero de igual grado, la mitad corresponderá a los ascendientes paternos y la otra mitad a los maternos.

En cada línea la división se hará por cabezas.

¿Y si no hubiera familiares ascendientes ni descendientes?

En ese caso heredarán el cónyuge y los parientes colaterales según el orden que indicamos:

A falta de ascendientes y descendientes, y antes que los colaterales, sucederá en todos los bienes del difunto el cónyuge sobreviviente, salvo que éste estuviera separado judicialmente o de hecho.

Los hermanos e hijos de hermanos suceden con preferencia a los demás colaterales.

Si no existieran más que hermanos de doble vínculo, éstos heredarán por partes iguales.

Si concurrieren hermanos con sobrinos, hijos de hermanos de doble vínculo, los primeros heredarán por cabezas y los segundos por estirpes.

Si concurrieren hermanos de padre y madre con medio hermanos, aquéllos tomarán doble porción que éstos en la herencia.

En el caso de no existir sino medio hermanos, unos por parte de padre y otros por la de la madre, heredarán todos por partes iguales, sin ninguna distinción de bienes.

Los hijos de los medio hermanos sucederán por cabezas o por estirpes, según las reglas establecidas para los hermanos de doble vínculo.

No habiendo cónyuge supérstite (el cónyuge que sobrevive cuando el otro fallece), ni hermanos ni hijos de hermanos, sucederán en la herencia del difunto los demás parientes del mismo en línea colateral hasta el cuarto grado, más allá del cual no se extiende el derecho de heredar abintestato.

La sucesión de estos colaterales se verificará sin distinción de líneas ni preferencia entre ellos por razón del doble vínculo.

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330 comments to Herencia legítima: derecho de sucesión o línea de sucesión

  • ANGELICA MANSILLA

    Hola, quisiera saber si los ahijados heredan algo. Y otra cosa, fallecio una tia, su marido ya murio y su hijo igual. No hay hijos por parte de mi primo, en ese caso los herederos serian mi mama y sus otros hermanos?
    Graciasss

  • KATHERINE

    Buenas tardes, mi papa adoptivo falleció y su esposa y su hijo estan reclamando todo, yo tengo derechos sobre su propiedad como hija adoptiva. Además mi papa dejo 2 hijos sin reconocer, pero toda la familia sabe que son suyos, ellos tienen derechos tambien?

    gracias

    • Todos los hijos legales (propios o adoptados) tiene derecho a la herencia a partes iguales o lo indicado en el testamento (respetando lo mínimo, la legítima).

      Los hijos no reconocidos, debe primero hacerse valer que son hijos legítimos.

      Salu2.

  • Octavio Rodriguez Lopez

    Muy buenas:
    Una persona falleció en 2009, en estos momentos se esta comentando la posibilidad de realizar la aceptación de herencia.
    En la publicación anterior de 2009 consta que la legítima en ese momento era 1/3, parece ser que ahora es 1/4.
    Si ahora se realiza la aceptación la legitima a percibir entre todos los herederos será 1/4 actual, o 1/3 que correspondía en la fecha de fallecimiento.
    Gracias y saludos.

  • José luis

    Pregunta mi padrino falleció y no tiene parientes y no dejó testamento , yo como ahijado heredo algo? O para quien queda las pertenencia de el si alguien me podría ayudar

  • Joseph

    Quiero saber ¿Si un hijo (yo) pongo mi casa a nombre de mi mama es posible que me la quiten en caso de digamos pensión, divorcio o cualquier otra situación?

    • No te conviene hacer eso ya que pagarías una burrada de impuestos: donación y después cuando lo heredes, la de sucesiones.

      En cuanto al bien, que recibe tu madre de una donación, es un bien privativo, y por lo tanto es suya al 100%.

      Cuando ella fallezca, el bien pasará a sus herederos a partes iguales si no testa, y si hace testamento ha de cumplir con el 1/3 de la legítima entre todos sus descendientes (hijos).

      Salu2.

  • francesco franz

    Perdona mi español pero soy italiano, una pregunta muy simple: mi madre ha muerto en junio de este año, vivía en Santiago de chile y ante de morir, con cáncer y lo sabia, (somos 5 hijos), hizo una venta falsa de un terreno de 1000 metros en santiago, a una de mis hermanas, y ella ahora dice que es suyo, podemos reclamar? Yo creo que si. No existe ningún testamento. Gracias

  • francesco franz

    Perdona, no se si ha hecho una falsa venta o una donacion

    • Depende de si cobró algo o no.

      Además debe de respetar el precio de mercado.

      Podría realizar una donación, pero tendría que haber respetado la parte legítima.

      Todo esto te estoy indicando con la legislación españala. Tendrías que mirar la legislación de Argentina.

      Salu2.

  • Felix

    mi caso es el siguiente,mi tio no tiene hecho testamento no esta casado,no tiene ni padre ni madre eran cuatro hermanos y solo viven tres en caso de fallecer mi tio los herederos serian los hermanos que viven y los hijos de el hermano fallecido o estos ultimos no les pertenece nada.
    salu2

  • jairo ROA

    mi hermano murio, a los tres dias de haberse casado, el tenia propiedades, cuando se fue a vivir con la señora, a la viuda le corresponde herencia? no hubo hijos, pero existe la mama del difunto. como se reparte?

  • Jesús

    ¿En un matrimonio sin hijos, al fallecer la mujer (y vivir la madre de ésta), la parte de la herencia que había recibido en su día por la muerte de su padre pasa al marido o a quién?. Informo que habían hecho testamento el matrimonio sin hijos del uno para el otro.
    Muchas gracias por su respuesta.

    • Todos los bienes de la fallecida pasa a los descendientes o ascendientes de la misma.

      En vuestro caso, todos los bienes de ella, pasará A SU MADRE.

      Tú tendrás derecho al usufructo de 1/3 de los bienes de ella.

      Todo esto es diferente, si hay un testamento en medio, siempre que este testamento respete los mínimos de la herencia legítima.

      Salu2.

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