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13 de octubre de 2009

Capitalización o Pago único y el IRPF

La Capitalización o el pago único constituye una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo mediante el pago único de gasta el 80% de las prestaciones de desempleo pendientes. Una gran ayuda para comenzar una nueva aventura, pero no debemos de olvidarnos su impacto fiscal sobre la declaración de la renta.

La normativa actual contempla la exención de tributación de los primeros 12.020€ que se reciba en concepto de pago único, pero el restante del dinero se debe de integrar en la declaración de la renta como rendimientos del trabajo y por lo tanto pagará al tipo marginal del contribuyente que va desde el 24% hasta el 43% en función de las otras rentas que tenga.

En algunos casos extremos, si se dispone de 24 meses de prestaciones pendientes, el importe puede llegar hasta los 25.000€ que se puede capitalizar, lo que implica que más de 10.000€ pasará formar parte de las rentas del trabajo, que supone aproximadamente 2.500€ o más de impuestos que se ha de pagar en la declaración de hacienda.

Adicionalmente, para tener la exención de los 12.020€ es necesario mantener el negocio durante al menos 5 años, en caso contrario hay que pasar por hacienda y pagar lo que corresponda de ese dinero y como rendimiento del trabajo.

En definitiva, la capitalización es una medida interesante para la ayuda de personas que se encuentre en situación de paro para estimularle a emprender y crear un negocio, pero hay que considerar su impacto fiscal sobre la declaración de la renta para no llevarse sorpresas.

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110 comments to Capitalización o Pago único y el IRPF

  • alveiro

    capitalice el paro en septiembre de 2012 , me dieron 4200 y en colombia en diciembre del 2012 me pagaron 7000 euros restantes, como trabaje hasta septiembre , recibi 11.000 euros de la empresa , ahora hacienda me cobra 7600 euros de sanciones porque en el 2012 debi declarar y devolver 3400 euros, ahora tengo la cuenta embargada, puedo recurrir porque nunca recibi las notificaciones , ya que las enviaron al domicilio en españa y yo ya estaba en colombia, tenia entendido ese dinero del paro estaba exento , gracias

    • Ojo, una cosa es la capitalización para invertir en una empresa y otra es lo que hiciste tu, que cogiste todo el dinero para volver a tu país.

      Son cosas diferentes y en tu caso, no está exentos.

      Tuviste los 11.000€ de tu empresa, + 11.200€ de prestaciones.

      Por ese dinero tuviste que hacer la declaración de la renta y pagar lo que te hubiera correspondido.

      Estando en tu país… puede reclamar lo que quiera Hacienda. No te puede embargar nada, salvo que tengas cosas en España.

      Además las sanciones de Hacienda prescribe a los 4 años.

      Salu2.

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