Uno de los pocos requisitos que exige la Oficina del Empleo durante el periodo de recepción de las prestaciones del desempleo es ir puntualmente a sellar la demanda de empleo. Su no renovación es motivo para que el Servicio Público de Empleo Estatal penalice con la denegación del pago de una, tres o seis mensualidades en función de la reincidencia de esta inflación.
La renovación de la demanda es una obligación de los beneficiarios de prestaciones de desempleo. Por ello, el olvidar renovarla en fecha (salvo motivo de fuerza mayor) es motivo para que el Servicio Público de Empleo Estatal inicie un procedimiento sancionador por infracción leve cuya penalización (tiempo sin prestaciones) depende de la reincidencia:
- Un mes: si es la primera vez que se incumple.
- Tres meses: si es la segunda vez
- Seis meses: si es la una tercera
- Pérdida total del derecho: si se produce un cuarto incumplimiento.
Para los supuestos de reincidencia no es necesario que el incumplimiento sea siempre del mismo tipo (en este caso, no renovar la demanda de empleo). Por tanto, se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, con independencia del tipo de infracción, cuando entre la comisión de una infracción leve y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días.
En el caso de haber solicitado o ser beneficiario del programa de Renta Activa de Inserción, la no renovación de la demanda supone la baja definitiva desde el primer incumplimiento.
En definitiva, no hay que olvidarse de ir puntualmente a sellar la demanda de empleo, ya que el dinero nunca sobra, y menos cuando uno se está en el paro.
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hola estoy en el paro y me han hecho un sancion de 1 mes por no acudir al inem esto fui el dias 07/09/2011 y hasta hoy no han reanudado el cbro , y quando me han enviado la carta se la sancion no he hecho la cata para justificar.
Me fui al inem para paraque me informen y me han dicho que el tramite dura 2 meses resulta ya han pasado 4 meses y nada que hago¿ gracias saludos
Ve nuevamente al Servicio de Empleo y pide información.
Salu2.
Estoy cobrando el subsidio de mayor de 52 años, se me paso el sellar la cartilla mas de un mes , tenia que sellar el 12 -12-2011 y hasta hoy no me di cuenta. El mes de diciembre me pagaron. No he recibido ninguna carta , ¿que penalizacion me pueden poner por el retraso de sellar la cartilla?
gracias
Te penalizarán al menos con 1 mes de ayuda, o los días que te hayas retrasado en vovlerlo a sellar.
Salu2.
Hola buenas,
Sellé el paro con 2 semanas de retraso y evidentemente estaba dado de baja (7-12), este mes no he cobrado y presenté alegación. No tengo justificación, así que dudo que lo recupere. Hace 15 dias (10-1) que la presenté y aún no me han dicho nada, pero es cierto que hasta que no se resuelva la alegación, estaré sin cobrar? Si el 10 no me ingresaron ninguna cantidad, el dia 10 de febrero cobraré la totalidad que me corresponde?
La sanción sería de 1 mes de ayuda.
Si haces una alegación es posible que suspenda el pago hasta que se resuelva, que puede tardar entre 1 y 2 meses.
Salu2.
Grácias por la respuesta. Me has dejado ahora bastante preocupado.
Significa que es posible que tampoco cobre el dia 10 de febrero? Si se resuelve el dia 17 por ejemplo, me pagarán ese mismo dia o tendría que esperar hasta el 10 de marzo?
Se pagará los días 10 de cada mes.
Salu2.
Hola a todos, estoy cobrando el subsidio por desempleo por cargas familiares desde el 10/11/2011 y hasta el 10/04/2012, y se me ha pasado cuatro días sellar la cartilla del paro por primera vez, debería haber sellado el 27/01/2012 y hoy día 31 al entrar en internet para sellarla me ha salido que estaba dado de baja, enseguida me he dado de nuevo de alta, me penalizarán con un mes? Sólo voy a cobrar 4 meses y tengo 3 hijos a mi cargo y ninguna entrada más.
Puedo hacer algo para que no me descuenten nada?
Soy de Baleares.
Muchas gracias
Sí, te penalizará con 1 mes de ayuda.
¿Qué puedes hacer? realmente nada, salvo que puedas justificarlo (baja médica o similar).
Salu2.
hoolaa!!! se me ha pasado sellar la cartilla del paro dos semanas.ya la he sellado estaba de baja y me han echo otra. la penalizacion es de un mes de paro, queria saber si me lo quitan este mes o el 10 de febrero lo cobrare.grasias
Te lo quitan desde el día que tenías que haber renovado y por un periodo de 1 mes.
Por lo tanto te afectará a la ayuda de 2 meses.
Salu2.
hola,cobro ayuda de rai ulvido de sellar demanda de empleo
(21)dias tengo mas de 52 añios casado no tengo ijous ?? gracias
Te quitarán la ayuda definitivamente por no sellar la demanda a tiempo.
Lo siento.
Salu2.
hola el 28 de diciembre se me paso sellar el paro, el dia 11 de enero me hice una nueva cartilla, el 23 de enero presente alegaciones con un informe medico alegando enfermedad, a dia de hoy sigo de baja en el sepe, y me aparece un cobro indebido de 42e, estoy divorciada con un hijo a mi car go y no tengo otros ingresos, necesito saber cuando me reanudan la prestacion independientemente de que me sancionen o no estoy desesperada, y en el caso de que acepten alegaciones pagan dos meses juntos? gracias
Es posible que no reanuden las ayudas hasta que se resuelva tus alegaciones: 1 o 2 meses.
Salu2
Hola, estoy en paro por primera vez después de 20 años en actividad ininterrumpida. Tengo paro por 2 años por lo que voy a tener que sellar 8 veces, pero la tarjeta de desempleo solo tiene 4 fechas para sellar, y como estoy sellando por internet, ¿cómo hago para sellar por quinta vez si no se en que fecha debo hacerlo? ¿tendré que ir personalmente a la oficina de empleo? Muchas gracias.
Deberías de hacerlo.
Por otro lado, cuando sellas, no te da fecha para la siguiente vez?
Salu2.
Efectivamente cada vez que sello por internet imprimo el justificante de demanda de empleo que me indica la próxima fecha de renovación. Las primeras 4 fechas se cuales son porque están en la tarjeta de demandante. La duda que tengo es si cuando selle por cuarta vez, el justificante de demanda me va a informar la siguiente fecha que desconozco, o si por el contrario tendré que acudir a la oficina de empleo a solicitar una nueva tarjeta de demandante para el segundo año de paro ¿me explico?
Hola!
Había escrito anteriormente –el 11 enero 2012 art. 17:11 – .
Hoy me llegó un certificado por parte del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, con el que me excluyen definitivamente de la RAI (n.5 del art. 11 y en n.1 del art. 13 del RD 1369/2006, de 24 de noviembre y letra b, del art. 9 del RD 1369/2006 de 24 de noviembre -Resolución sobre exclusión de Renta Activa de Inserción-) a pesar de haber presentado una reclamación alegando un certificado médico (tanto privado como de la Seguridad social).
Además, el INEM había aceptado mis certificados médicos recuperando mi antigüedad.
La pregunta es: 1) ¿no es un contrasentido que me admiten en el INEM (los certificados médicos), restableciendo mi antigüedad y, sin embargo, la Dirección Provincial del Ministerio de trabajo recuse o desestime mi recurso o reclamación? 2) ¿Tengo que devolver el mes y medio pagado? Porque en el certificado recibido no habla de devolución. ¿Puedo recurrir y que posibilidades hay? Porque me parece un poco raro y sin sentido que por una parte me hayan restablecido la antigüedad y que por otra parte recusan mi reclamación excluyéndome definitivamente de la RAI. Muchas gracias!
1. Es posible, intenta realizar una alegación.
2. No, no tienes que devolver nada, la penalización es sólo desde el momento que cometes la infracción.
3. Sí, recurre, y creo que sí que tienes posibilidades, pero intenta pedir ayuda profesional para hacer la alegación.
Suerte!!!