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21 de septiembre de 2009

Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar?

Recientemente hemos recibido muchas consultas de nuestros usuarios sobre una interrupción de la prestación del desempleo debido a un trabajo temporal en época estival, y al término de este periodo vuelven al paro, y se cuestionan si tienen derecho a una nueva prestación por desempleo o si deben de reanudar las prestaciones que estaban recibiendo antes del verano.

La respuesta depende del tipo de prestación que estuviera recibiendo el trabajador:

Subsidio por desempleo:

  • Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) inferiores a 90 días, en cuyo caso sólo podrá reanudar el subsidio suspendido.
  • Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 90 días e inferiores a 360. En este caso, y si cumple los requisitos para acceder a un subsidio por cotizaciones inferiores a doce meses, a la finalización del empleo podrá optar entre solicitar este nuevo subsidio o la reanudación del subsidio suspendido.
  • Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 360 días: en este caso deberá necesariamente solicitar una prestación contributiva nueva.

Prestación contributiva:

  • Si la duración del trabajo haya sido inferior a 360 días, en cuyo caso deberá necesariamente solicitar la reanudación de la prestación suspendida.
  • Si la duración del trabajo o trabajos realizados desde la suspensión de la prestación haya sido igual o superior a 360 días, en cuyo caso podrá optar entre reabrir el derecho anterior por el período que le restaba y las bases y tipos que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones. Debe tener en cuenta que, cuando opte por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la prestación por la que no ha optado, se considerarán utilizadas, por lo que no podrán tenerse en cuenta para el reconocimiento de un derecho posterior de nivel contributivo o asistencial.

Referencia normativa: Arts. 204.3, 210.3, 212.1.d), 213.1.d) y 215.1.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/94 de 20 de junio. Arts. 13.3 y 14 del R. D. 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la ley de protección por desempleo.

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442 comments to Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar?

  • Maria jose soler espin

    Hola. En mayo de 2015. Empeze a cobrar en mayo de 2013.
    Voy a empezar a trabajar en una clínica tal y como estaba anteriormente.
    Mi pregunta es: ¿el tiempo que trabaje se me acumula con lo que tenia antes?
    Cuando acabe el trabajo que voy a empezar ppuedo seguir cobrando el paro que me deje atrás?
    ¿hhhhhhhhhhh

    • Maria jose soler espin

      QueriA decir que acabo de cobrar el paro en mayo de 2015 y empeze a cobrarlo en mayo de 2013

    • No, no se acumula.

      Lo cotizado antes de pedir el paro, ya se ha gastado.

      ¿Qué ocurre a partir de ahora?

      Si en tu nuevo trabajo estás más de 1 año, y lo pierdes, tendrías que elegir entre el paro anterior o el nuevo paro (perdiendo la opción no elegida).

      Si trabajas menos de 1 año, tendrías que reanudar el paro, guardándose el nuevo tiempo cotizado para el futuro.

  • paula

    Tengo una duda, trabaje 10 años jornada completa y me despidieron,por tanto tenia acumulados 2 años de paro, cobre el paro durante un año y he enlazado varios contratos parciales durante un año y 10 meses y aun no se cuando voy a terminar,¿puedo reanudar el paro antiguo si han pasado mas de 2 años que estoy trabajando?
    ¿si mi ultimo trabajo es parcial cobraria la misma cantidad que cuando lo interrumpi o me aplican una cotizacion parcial de los ultimos 6 meses?
    Si no acabo puedo solicitar ahora puedo solicitar que el paro me complemente la jornada?

  • Nieves ariza danes

    No puedo acceder a la cita previa gerona

  • Zaira

    Hola he trabajado durante 3 años en una empresa y me despidieron, pedi el paro, que me corresponden 12 meses y todavia no he utilizado.
    Mi duda es me han ofrecido un puesto con un contrato de 2 meses, pierdo el paro que me correspondia o puedo retomarlo cuando acabe este contrato?
    Gracias

  • manuela

    Hola mi pregunta es la siguiente:
    He estado trabajando 6 meses en un bar de camarera y me han despedido por haberme quedado embarazada. Ya denuncie a la empresa y todo pero el lio es que me dieron 10 días que me quedaron de un paro del año 2014 y luego de eso me dicen que no tengo ni ayudas ni nada hasta que no tenga a mi hija. Eso es posible? De que como yo ahora mientras tanto?

  • elena

    Hola yo tengo 427dias e trabajado en una empresa y se acabo la temporada cuando voy al paro me dice la chica de ahí q me conviene mas renudar 21dias q tenia del paro viejo q prestar otro q ésos dias se acumulan en la temporada q viene cuando me pongo a trabajar es verdad

  • pedro matabuena

    Hola.

    Una empresa por error me dio de alta en la seg.social y se anuló en el mismo momento y quedándose sin efecto. ¿Puedo reanudar la prestación contributiva que tenía pendiente?

    Gracias.

  • angel

    yo estaba cobrando la renta activa de insercion, la cobre 1 y me puse atrabajar acer una suplencia y alos dos meses me acidente en mi casa mean despedido lo que quiero saber es si cuando me den el alta tengo derecho ala prestcion que dejedelarenta activa.

  • julio

    Hola yo tenía 2 años de paro después de estar trabajando durante más de 18 años en una empresa,cobre solo un mes y me di de alta como autónomo,llevo tres años y ahora al darme de baja dada la situación y solicitar la reanudación del paro,mi sorpresa ha sido q me dicen q lo he perdido,y no se si esto puede ser así,q pasa con todo el tiempo q he cotizado ha desaparecido?en toda mi vida he cobrado el paro salvo ese mes q indicó,esto me parece una tomadura de pelo,luego se preguntan porque la gente agota todo tipo de prestaciones,menuda vergüenza.

  • Oscar

    Estoy actualmente cobrando la prestacion contributiva por desempleo, y aun me quedan por cobrar 22 meses.
    Si firmo un contrato de trabajo por 3 años (36 meses), al finalizar este contrato puedo recuperar los 22 meses pendientes o tendria que cobrar los 12 meses generados en los 3 años del nuevo contrato.
    Gracias

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