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21 de septiembre de 2009

Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar?

Recientemente hemos recibido muchas consultas de nuestros usuarios sobre una interrupción de la prestación del desempleo debido a un trabajo temporal en época estival, y al término de este periodo vuelven al paro, y se cuestionan si tienen derecho a una nueva prestación por desempleo o si deben de reanudar las prestaciones que estaban recibiendo antes del verano.

La respuesta depende del tipo de prestación que estuviera recibiendo el trabajador:

Subsidio por desempleo:

  • Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) inferiores a 90 días, en cuyo caso sólo podrá reanudar el subsidio suspendido.
  • Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 90 días e inferiores a 360. En este caso, y si cumple los requisitos para acceder a un subsidio por cotizaciones inferiores a doce meses, a la finalización del empleo podrá optar entre solicitar este nuevo subsidio o la reanudación del subsidio suspendido.
  • Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 360 días: en este caso deberá necesariamente solicitar una prestación contributiva nueva.

Prestación contributiva:

  • Si la duración del trabajo haya sido inferior a 360 días, en cuyo caso deberá necesariamente solicitar la reanudación de la prestación suspendida.
  • Si la duración del trabajo o trabajos realizados desde la suspensión de la prestación haya sido igual o superior a 360 días, en cuyo caso podrá optar entre reabrir el derecho anterior por el período que le restaba y las bases y tipos que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones. Debe tener en cuenta que, cuando opte por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la prestación por la que no ha optado, se considerarán utilizadas, por lo que no podrán tenerse en cuenta para el reconocimiento de un derecho posterior de nivel contributivo o asistencial.

Referencia normativa: Arts. 204.3, 210.3, 212.1.d), 213.1.d) y 215.1.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/94 de 20 de junio. Arts. 13.3 y 14 del R. D. 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la ley de protección por desempleo.

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442 comments to Interrupción del paro por trabajo ¿Tengo derecho a una nueva prestación o debo reanudar la que percibía antes de trabajar?

  • adela

    Hola. Tengo una pregunta. Cobre el paro el 75% y trabajando dos horas al dia. Al terminar la prestacion segui trabajando hasta la fecha pero me van a parar al final de este mes. Me quedaban 24 meses de ayuda. Al seguir trabajando la he perdido? No tengo todavia 3 meses trabajados. Gracias.

    • No entiendo. ¿Se te acabó el paro o te quedan 24 meses de paro?

      Si te refieres al subsidio que sigue a la prestación, creo que tenías que haberlo solicitado entonces… pero, tampoco creo que haya problema para que te lo den ahora, así que vete a SEPE nada más perder el empleo.

      Salu2.

  • Juan

    Hola Mi pregunta es la siguiente: Me han comentado que cuando estas cobrando el paro y trabajas mas de doce meses te dan a elegir si reanudar la prestacion anterior o coger la «nueva».Pero si trabajas menos de doce meses seguidos,ese tiempo se te acumula a lo que ya estas cobrando? O tendrias que pedir una nueva prestacion una vez agotada la inicial?

  • Casiro

    Hola,
    estoy en subsidio de hace tiempo, no puedo encontrar algun trabajo digno y estable, quiero irme en mi tierra, como puedo intrerumpir el subsidio ? Es obligatorio presentarme en Inem y avisar o se puede por internet tambien ? De mi pais, alguien me dara trabajo, pero hasta que no veo…. no sera mejor esperar que sera alli y luego avisar al Inem ?
    Muchisimas gracias

    • Debe de comunicarlo a SEPE.

      Salu2.

    • Casiro

      Hola,
      perdón por volver, estoy presente que hay que comunicar sin falta al SEPE el interrumpcion del Subsidio,si sale algún trabajo, mi duda era si tengo que presentarme en persona al Sepe o basta por comunicarlos por internet ?
      Gracias y perdón porfa !

    • Pues nos sabría si por internet tiene esa opción.

      Si lo hay, sin problemas.

      Salu2.

    • Casiro

      Hola Sr/a,
      gracias por contestarme , les vuelvo a preguntar mas claro : hace falta presentarme en la Oficina de SEPE para avisar la interumpcion del subsidio ( si me sale algún trabajo ! ) o basta con avisar por internet ( si hay esta posibilidad ) ???
      Muchisimas gracias y
      saludo2

    • ¿Has entrado en la web de SEPE con tu contraseña? Ya sabes que para tramitar cualquier cosa con SEPE necesitas una contraseña o el DNI electrónico.

      Si no lo tienes, tendrás que acudir a sus oficinas, sí o sí.

      De hecho te lo recomendaría que lo hicieras en persona y de paso preguntar si en caso de volver puedes retomar la ayuda y los plazos.

      Salu2.

  • Casiro

    Muchas gracias,
    un saludo !

  • txaran

    Hola mi pregunta es la siguiente. Hace 6 años y 7 meses cobre 4 meses de paro. Encontre curro y ya llevo 6 años y 7 meses currando pero por razones «marranas» me echan a la calle. Mi duda es la siguiente.
    Si hace 6 años y 7 meses cobre 4 meses de paro, cuanto me corresponde ahora? dos años o dos años menos 4 meses? osea, 24 meses o 20 meses?
    Los primeros 6 eses seria el 70% y el resto el 50%?????

  • maria

    Hola estuve trabajando en la ONCE y se termino mi contrato este mes el dia 12 y no renovaron, todavia no me han pagado el finiquito, sabrias decirme cuanto tiempo es el legal para que me lo abonen?
    gracias

  • maria

    Perodon, me gustaria hacer otra pregunta, tengo un 37% de minusvalia y con 60 años solo tengo 12 años cotizados, me podriais cedir que pensión me quedará suponiendo que no pudiera cotizar mas?
    gracias

  • Antonio

    Buenos días.
    Estoy cobrando la prestación por desempleo y me gustaría salir al extranjero a buscar trabajo. He leído que tengo que notificarlo al SEPE para que me lo autoricen. He mirado que en la web del SEPE me puedo dar de baja poniendo emigración o traslado al extranjero. Con eso ya bastaría o tendría que acercarme a una oficina para que me lo autoricen de alguna manera por escrito?
    Gracias por todo

  • JOSE ALCAZAR

    Hola.

    Estuve trabajando en una empresa 5 anos y me despidieron (2005-2010). Cogi el paro 20 dias pero me contrataron de otra empresa y lo interrumpi. A los 3 meses me di de baja de esa empresa y no tuve actividad hasta hace 2 meses que fui contratado por otra empresa pero me despiden.
    Tengo derecho al paro restante del principio?

    Gracias

  • moussa

    HOLA:me llamo Moussa y me pregunta es : yo estuve trabajando en una empresa 3 años y me despidieron me apunte al paro y cobre 3 dias , y al 4 dia interrumpi el paro me volvieron a coger en la misma empresa estuve 3 años y 3 meses.Me gustaria saber cuantos años tengo de paro. Saber si los 2 años los puedo cojer juntos. muchas garcias para responder

    • El paro reconocido anterior se ha extinguido.

      Tienes derecho a paro de lo cotizado en los últimos 3 años y 3 meses, es decir, 12 meses de paro.

      Puedes cogerlo junto si solicitas la capitalización para emprender un negocio.

      Saludos.

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