Recientemente hemos recibido muchas consultas de nuestros usuarios sobre una interrupción de la prestación del desempleo debido a un trabajo temporal en época estival, y al término de este periodo vuelven al paro, y se cuestionan si tienen derecho a una nueva prestación por desempleo o si deben de reanudar las prestaciones que estaban recibiendo antes del verano.
La respuesta depende del tipo de prestación que estuviera recibiendo el trabajador:
Subsidio por desempleo:
- Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) inferiores a 90 días, en cuyo caso sólo podrá reanudar el subsidio suspendido.
- Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 90 días e inferiores a 360. En este caso, y si cumple los requisitos para acceder a un subsidio por cotizaciones inferiores a doce meses, a la finalización del empleo podrá optar entre solicitar este nuevo subsidio o la reanudación del subsidio suspendido.
- Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 360 días: en este caso deberá necesariamente solicitar una prestación contributiva nueva.
Prestación contributiva:
- Si la duración del trabajo haya sido inferior a 360 días, en cuyo caso deberá necesariamente solicitar la reanudación de la prestación suspendida.
- Si la duración del trabajo o trabajos realizados desde la suspensión de la prestación haya sido igual o superior a 360 días, en cuyo caso podrá optar entre reabrir el derecho anterior por el período que le restaba y las bases y tipos que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones. Debe tener en cuenta que, cuando opte por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la prestación por la que no ha optado, se considerarán utilizadas, por lo que no podrán tenerse en cuenta para el reconocimiento de un derecho posterior de nivel contributivo o asistencial.
Referencia normativa: Arts. 204.3, 210.3, 212.1.d), 213.1.d) y 215.1.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/94 de 20 de junio. Arts. 13.3 y 14 del R. D. 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la ley de protección por desempleo.
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Paré de cobrar el subsidio de desempleo, por un trabajo que recién he empezado ni un mes, y ahora me entero por los compañeros que el jefe me quiere despedir por no superar periodo de prueba ¿puedo reanudar el subisdio?
por favor necesito respuesta urgente
Sí, no creo que tengas ningún problema para reanudar el subsidio.
Salu2.
Hola yo quisiera saber lo siguiente:
Estoy cobrando el paro y lo suspendo porque encuentro trabajo (por 4 meses).¿debo reanudar el paro suspendido ?¿y si es así pierdo los dias que cotize en el último trabajo o eso se queda acumulado para la próxima vez que solicite el desempleo?
Gracias
Si durante el último trabajo no has cotizado suficiente para percibir prestación alguna, automáticamente te permiten reanudar la prestación pendiente.
Lo que no estoy seguro es si el tiempo cotizado en el último trabajo se acumula ya que en el caso de que se hubiera generado derecho a una nueva prestación, INEM te daría elegir entre reanudar o la nueva prestación, y en el caso de elegri reanudar, el tipo cotizado por el último trabajo se pierde.
Salu2.
Estoy cobrando el paro, y me han ofrecido un puesto pero debo darme de alta como autonomo, si las cosas me fueran mal, ¿puedo reanudar la prestación?, o la perderia?
Saludos
Creo que sí que podrías reanudarlo, pero bajo ciertas condiciones.
Antes de tomar la decisión te aconsejo que te informes bien en las oficinas del Servicio de Empleo.
Salu2.
He paralizado el paro, porque voy a empezara trabajar los meses de verano. Quisiera saber si cuando acabe el trabajo en Septiembre y reanude el paro anterior, pierdo estos tres meses cotizados o por el contrario esto se me va acumulando para el futuro. Es decir si voy trabajando de verano en verano la suma de esos meses cotizados volveran a proporcionarme prestación por desempleo en el futuro.
Gracias
Si el nuevo trabajo no genera derecho de prestación, retomarás la anterior, y el tiempo cotizado se contabilizará para futuras prestaciones.
En el caso de que las nuevas cotizaciones genera nuevos derechos de prestación, entonces te dejará elegir entre retomar la que estas recibiendo o las nuevas prestaciones. La elección de una prestación, supone la pérdida de los derechos de la otra prestación.
Salu2.
me podeis decir la deiferencia que existe entre prestacion contributiva y subsidio por desempleo
garcias
La prestación contributiva o prestación de desempleo es el derecho que tiene el trabajador por haber trabajado un tiempo y se queda en el paro.
Mientras se percibe esta prestación, el servicio de empleo cotiza por tí a la seguridad social.
El subsidio de desempleo es una ayuda no contributiva, mientras se percibe, no contribuyes a la seguridad social y sólo se lo dan en casos determinados de necesidad: rentas inferiores a 474€.
Salu2.
HOLA ESTOY COBRANDO LA PRESTACION POR DESEMPLEO Y ME HAN CONTRATADO PARA LOS MESES DE VERANO DEBERIA HABER PARADO LA PRESTACION 1JULIO PERO SE ME HA OLVIDADO TENGO ALGUNA PENALIZACION
Desde el día de alta, se suspende el pago de las prestaciones (el día 10 del siguiente mes te pagarán los días que estabas en el paro).
Si posteriormente te han seguido pagando, lo tendrás que devolver y posiblemente con penalizaciones.
Acude a INEM cuanto antes para regularizar tu situación, solicitando la suspensión de la prestación de desempleo.
Salu2.
que penalizacion tendria. si tenia q paralizar prestacion 1julio y lo voy hacer dia 5julio
Supongo que no has comunicado al Servicio de Empleo que te has encontrado trabajo.
Generalmente no ocurre nada ya que ellos saben si has comenzado nuevamente a trabajar y susponderá el pago de las prestaciones desde ese día. En caso contrario, y te siguen pagando, cuando se den cuenta te obligarán a devolver el dinero más intereses de demora.
Mi recomendación es que lo comuniques cuanto antes sea posible, ya que es tu obligación comunicarles tu nueva situación laboral.
Salu2.
Buenas, voy a empezar a cobrar un subsidio por no llegar a las 12 meses para poder coger el paro. Me han dado la opción de esta ayuda pero pierdo todo lo que tenga de paro, ahora mi duda es la siguiente: si encuentro un trabajo que pasa con mi paro? lo pierdo aunque no aiga disfrutado los 6 meses de subsidio?
Un corsial saludo,
Si te quedas sin trabajo nuevamente, puedes retomar las ayudas.
En el caso de que el nuevo trabajo genere nuevos derechos de ayudas, te darán elegir entre retomar las ayudas pendientes o las nuevas ayudas. En cualquier caso, pierdes los derechos de la opción no elegida.
En tu situación actual, has podido igualmente elegir no cobrar el subsidio y tus derechos de paro hubiera quedado intactos.
Salu2.
Tengo una consulta:
Me dieron de alta el cinco de julio con un contrato con una fecha de finalización del 31/08/2010, a día de hoy todavía no he firmado el contrato de trabajo, por unas diferencias con mi jefe me han despedido. Que puedo hacer? Puedo reanudar mi prestación? Durante el mes de junio me estuvo dando largar para no hacerme el contrato!! Que debo hacer, muchas gracias.
Acude al Servicio de Empleo y reanuda la prestación que estabas recibiendo.
Salu2.
he trabajado sustituyendo una baja 9 meses, antes al estar en la bolsa de trabajo, paralizaba y reanudaba el paro y hasta que empece con esta sustitucion, me quedaban tres meses de paro. mi pregunta es la siguiente: ¿puedo reanudar los meses que me quedaban y solicitar los meses que me hayan generado estos nueve ultimos?
Con los 9 meses cotizados no tiene derecho a una prestación de desempleo, así que lo más recomendable sería reanudar el paro pendiente.
Salu2.