Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años: requisitos para acceder al subsidio por desempleo, plazos para entregar la solicitud y documentación necesaria.
13 de Marzo de 2019: En vigor el nuevo Subsidio de mayores de 52 años
17 de Enero de 2019: El subsidio de mayores en 2019 será de 52 años, y otras mejoras
7 de Julio de 2018: Tribunal Constitucional sentencia que los ingresos familiares no compute para acceder al Subsidio de mayores de 55 años
15 de Marzo de 2013: El gobierno exigen a los beneficiarios de esta ayuda que además de tener carencia de rentas personales, tengan también carencia de rentas familiares..
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, a partir de ahora será una ayuda para mayores de 55 años de edad.
¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?
- Estar desempleado.
- Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
- No tener ingresos personales superiores a 675,00€ mensuales (el 75% del SMI de 2019).
- Tener cumplidos 52 o más cuando se agote o se le reconozca el derecho a las siguientes ayudas o agotados estas ayudas, se mantenga de forma ininterrumpidamente en la demanda de empleo hasta alcanzar la edad de 52 años:
¿Dónde debo presentar la solicitud y en qué plazo?
- La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles que empieza a contar desde que se cumple la edad de 52 años o cuando cumpla los requisitos.
- En el caso de que no pueda obtener el subsidio por tener rentas superiores a 675,00€ mensuales, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, su situación cambia y carece de rentas superiores a dicho límite.
¿Qué duración tiene?
- Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación
- Cuando se accede a este subsidio por estar en situación legal de desempleo y no tener los 360 días de cotización necesarios para tener derecho a una prestación contributiva, la solicitud debe efectuarse en los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.
¿Cuál es la cuantía de este subsidio?
- 430,27€ mensuales en 2019. Cantidad que se actualiza anualmente según el 80% del IPREM.
- Además el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones por jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia. La base de cotización es 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento (SMI).
- En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.
Los trabajadores perceptores del subsidio de mayores de 52 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.
¿Se cotiza durante la percepción del subsidio a la seguridad social?
Sí, con una base de cotización del 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de cada año incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias.
En caso de querer complementar las cotizaciones, se permite acogerse al convenio especial.
¿Qué documentación hay que aportar?
- Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
- Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
- Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.
Para el mantenimiento de la percepción del subsidio para los trabajadores mayores de 52 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.
La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.
La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.
Artículos relacionados:
tengo 54 años,he ido al sexpe al agotar la rai, tengo cotizados entre el regimen general y autonomo 15 años, me decen que tengo que cotizar tres meses mas, al no haber tabajo y estar de al en el regimen general, no lo entiendo no tengo ningun tipo de ingreso
Para cobrar el subsidio de desempleo para mayores de 52 años tienes que tener más de 52 años y además cumplir los requisitos descritos en el artículo.
Si no nos especificas más concretamente tu situación actual no te podremos ayudar.
Salu2.
Buenos días, estoy desempleado, finalicé mi subsidio de 11 meses, RAI (426 €), voy a cumplir 52, no tengo bienes, rentas, ni ingresos de ningún tipo, tengo cotizados los 6 años por desempleo, pero sólo tengo cotizados la mitad de los 15 años por jubilación que exigen, ¿puedo completarlos con un único pago para los 7 u 8 años que me faltan (un familiar quizá lo haría por mí) para obtener el derecho al subsidio?, en caso de que fuera posible, ¿de que tipo de cantidad mínima estaríamos hablando?. Muchas gracias.
Las cotizaciones mínimas son unos 250€ mensuales…
Te recomiendo que acudas a la seguridad social para que te informen sobre si se puede hacer lo que dices, pero de todas formas parece poco rentable cotizar 24.000€ de golpe para recibir sólo 426€ mensuales.
Salu2.
tengo cotizados 15 años, 6 en el regimen general y el resto como autonomo, solicite la renta activa de 420 euros que me concedieron durante 10 meses, al agotar la rai, fui a la oficina de empleo para ver si tenia derecho al subsidio de mayores de 52 años tengo54, por lo visto tengo que cotizar tres meses en el regimen general para tener derecho a dicho subsidio, es mas me dijerosn que debia de trabajar los tres meses como asalariada. y yo me pregunto ¿ si encuentro trabajo, para que voy a dejarlo para cobrar 426 €?, mi pregunta es si tengo todos los requisitos ¿por que no me lo conceden?, quizas deberia preguntar en la seguridad social
Si cumples todos los requisitos, haz la solicitud, independientemente de lo que te digan.
Nos extraña que te digan que tengas que cotizar durante 3 meses, eso es sólo para las personas que no se encuentra en situación legal de desempleo o que no se encuentre en algunas de las siguientes circunstancias:
– Haber agotado una pensión contributiva por desempleo.
– Ser emigrante retornado sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
– Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
– Haber sido beneficiario de una pensión de incapacidad que ha sido revisada por mejoría.
– Haber perdido un empleo de forma involuntaria, y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo.
Salu2.
TENGO 52 AÑOS MI MUJER COBRA 815EUROS CUANDO TERMINE DE COBRAR EL PARO TENDRE DERECHO A LOS 426 EUROS
Por edad sí, pero tiene que verificar si cumple todas las demás condiciones especificados en el artículo para saber si tiene o no derecho a esta ayuda.
Salu2.
Buenos días, me gustaría que me informaran sobre el siguiente tema: Mi marido ha solicitado la ayuda para mayores de 52 años a finales del mes de junio y todavía no han contestado absolutamente nada. (es que hace casí tres meses que se presentó la solicitud)……….entiendo que cumplía con todos los requisitos……….¿Siempre contestan admitiéndo o no la solicitud?. ¿Es normal que estén tardando tanto tiempo en pronuniarse?. ¿Una vez concedida la ayuda………a partir de que momento comienza el devengo de la misma…….desde que se pide o desde que se concede?.
Estaría muy agradecidda con su asesoramiento.
Un saludo
Leer más: http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/comment-page-29/#comments#ixzz0zakVqJKF
Por favor, no repitan las preguntas.
Si quiren una respuesta urgente, hága la consulta en el foro, donde damos preferencia para contestar.
En su caso, ya le hemos respondido:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/comment-page-29/
Salu2.
estoi cobrando 835€ y mi marido esta cobrando el paro 6 meses .mi pregunta es cobrara el los 426€ por tener 52 años y 33 años cotizados y el paro extingido ??¿¿
livia estoi cobrando 835 € y mi marido cobraria los 426 € por tener 52 años y 33 años cotizados y el paro extingido
El subsidio para mayores de 52 años sólo depende de los ingresos del solicitante que no debe de superar los 474€ brutos mensuales.
El tiempo que ha cotizado es suficiente para recibir esta ayuda.
Salu2.
pues no te extrañe me dijeron que tenia que cotizar tres mes en le rewgimen general, cumplo todos los requisitos para mayores de 52 años me acercare a la seguridad social averiguarlo en lugar de al sexpe
hola, es obligatorio haber cotizado los ultimos 3 meses para que te puedan dar la ayuda de los 52 años,
yo tengo cotizados mas de 15 años, a lo largo de mi vida y 6 de desempleo, pero no me conceden la ayuda de los 52 años por no tener los ultimos 3 meses, esto es correcto
me han denegado el subsidio de 52 años por tener unas rentas ya que soy viuda me dicen que para volver a solicitarlo no tengo que tener estas rentas ya que paso del minimo interprofesional tengo 36 años cotizados a la s.s. pero dicen que en el momento que no tenga rentas podre volver a solicitarlo pero tendre que a ver trabajado 3meses si estoy sellando el paro es esto cierto muchas gracias
Cuando se le cumpla las condiciones lo podrá volver a solicitar.
El tema de tener que cotizar 3 meses es para regularizar la situación de desempleo:
– Las personas que se dan de baja en el régimen de autónomos, no puede solicitar ninguna ayuda porque no están en situación legal de desempleo, al igual que las personas que se hayan dado voluntariamente de baja del régimen general.
Salu2
a ver si lo entiendo para volver a pedir el subsidio de may ores de 52 años tendre que trabajar 3 meses muchas gracias
En el caso de no reunir las condiciones económicas para recibir el subsidio, se puede obtener la ayuda, si en el plazo de 1 año desde la fecha del hecho causante de la ayuda, acredita que los cumple y presenta la correspondiente solicitud.
Si pasado esa fecha, y no ha acreditado el cumplimiento, se le habrá expirado el plazo y deberá de cotizar 3 meses para volver a tener derecho a la solicitud de dicha ayuda.
Salu2.