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31 de agosto de 2009

Bienes gananciales

Mediante la sociedad de bienes gananciales en un matrimonio, se hacen comunes las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, y por lo general serán atribuidos a la mitad en caso de disolución del matrimonio, aunque existen algunas excepciones.

Los bienes que los cónyuges tuvieran antes del matrimonio, ¿también serían de los dos?

No serán bienes comunes en régimen de bienes gananciales todos aquellos bienes que cualquiera de los cónyuges tuvieran antes de la celebración del matrimonio, o bien que hubieran obtenido de forma gratuita después del mismo.

Ejemplo:

  • Si uno de los cónyuges tuviera un automóvil a su nombre cuando aún estaba soltero, éste no formaría parte de la sociedad de bienes gananciales, y por tanto pertenecería sólo al titular del coche.

¿Qué otros bienes serían de un solo cónyuge y por tanto no habría que repartir?

Todos los bienes que a pesar de ser un matrimonio en bienes gananciales pertenecen a uno sólo de los cónyuges se denominan bienes privativos.

Estos bienes privativos tienen las siguientes características:

  • Al pertenecer sólo a uno de los cónyuges, éste es el único que podría disponer de ellos. En caso de concurso de acreedores, estos bienes no responderían de las deudas del otro cónyuge, y por tanto, no podrían ser embargados.
  • En caso de disolución del vínculo matrimonial, no estarían incluidos dentro de la repartición ya que nunca llegaron a formar parte de la comunidad de bienes gananciales.

Vemos a continuación cuáles son estos bienes privativos individuales:

  • Las indemnizaciones por daños y perjuicios que se concedan a uno de los cónyuges.
  • Las ropas y objetos de uso personal que no tengan un valor extraordinario.
  • Los materiales o herramientas empleados para ejercer una profesión o empleo. Con excepción de que pertenezcan a una empresa común de los dos cónyuges o hayan sido adquiridos con fondos gananciales, en cuyo caso se repartirían al 50% o se desembolsaría la mitad parte correspondiente.
  • Los bienes de las herencias que obtenga uno de los cónyuges.
  • Las cantidades que cualquiera de los contrayentes obtenga del cobro de créditos que sean privativos para alguno de ellos.
  • Los bienes comprados a plazos por uno de los cónyuges antes del matrimonio se considerarán siempre privativos, aunque se paguen total o parcialmente con dinero ganancial, salvo cuando éstas compras se refieran al la vivienda o ajuar familiar.
  • Los bienes que se adquieran para sustituir alguno de los bienes privativos que estamos comentando.
  • Los bienes y derechos patrimoniales inherentes a la persona y que no se pueden transmitir entre personas vivas.

¿Qué bienes se consideran gananciales?

Los bienes gananciales pertenecen a ambos cónyuges por igual, independientemente de quién de los dos los haya obtenido

Según el artículo 1.347 del Código Civil, se considerarán bienes gananciales los siguientes:

  • Los obtenidos por el trabajo o la empresa de cualquiera de los cónyuges.
  • Los frutos o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales.
  • Los comprados o adquiridos a título oneroso a costa del caudal común, independientemente de que se hayan adquirido para uno de los esposos o para la sociedad de gananciales.
  • Los adquiridos por derecho de retracto de carácter ganancial, aun cuando lo fueran con fondos privativos, en cuyo caso la sociedad será deudora del cónyuge por el valor satisfecho.
  • Las empresas  o establecimientos fundados durante la vigencia de la sociedad de gananciales por cualquiera de los cónyuges a expensas de bienes comunes.

¿Qué gastos y pagos serán abonados con dinero ganancial?

Ya que los bienes gananciales están sujetos al mantenimiento de la familia, serán abonados con dinero ganancial los siguientes gastos:

  • La alimentación y educación de los hijos, así como el sostenimiento de la familia.
  • La adquisición, tenencia y disfrute de los bienes comunes.
  • La administración ordinaria de los bienes privativos de cualquiera de los cónyuges.
  • El desempeño de la profesión u oficio de cada uno de los cónyuges, ya que los ingresos de ellos se considerarán gananciales.

¿Qué ocurriría con las deudas privativas que tuviera uno de los cónyuges?

En el caso de que uno de los cónyuges tuviera deudas privativas, el derecho de cobro se dirigiría primeramente contra los bienes privativos del deudor y posteriormente si no fuera suficiente, se acudiría en contra de los bienes gananciales, tendiendo en cuenta la proporción del 50% que corresponde a cada cónyuge.

En caso de embargo del 50% de la sociedad de gananciales por deudas de uno de los cónyuges, el otro podría pedir que se disuelva dicha sociedad.

¿En qué casos puede disolverse la sociedad de bienes gananciales?

  • Cuando se disuelva el matrimonio, ya sea por divorcio, separación o nulidad.
  • Cuando por sentencia judicial sea declarado nulo el régimen económico de gananciales.
  • Cuando por sentencia judicial se decrete la separación de los cónyuges.
  • Si los cónyuges deciden por acuerdo otro régimen económico diferente
  • Si cualquiera de los cónyuges realice actos en fraude, peligro o daños de los derechos del otro.
  • Si se lleva separados de hecho más de un año por mutuo acuerdo por abandono de hogar.
  • Por incumplimiento de informar sobre el rendimiento de negocios comunes.
  • Si uno de los cónyuges es declarado incapaz por decisión judicial, el otro cónyuge podría solicitar la disolución.
  • En el caso de ausencia de abandono de hogar de uno de los cónyuges o si tiene un procedimiento por quiebra abierto.
  • En el caso de disolución de la sociedad se procederá a la liquidación y por tanto adjudicación de los bienes, descontando primero las deudas de la sociedad y dividiendo el restante a la mitad.

Separación de bienes

Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.

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941 comments to Bienes gananciales

  • Maria

    Me caso en septiembre y lo vamos a hacer en régimen de separación de bienes. Pero ocurre lo siguiente, mi novio tiene una casa la cual está pagando solo pero la hemos amueblado entre los dos, a medias.
    A mí me gustaría regularizar la situación, abonarle la mitad de lo que ya ha pagado, escriturar de nuevo a nombre de los dos y terminar de pagar la hipoteca entre los dos. El está un poco reacio a esto, porque piensa que en una posible separación se quedaría sin nada, mientras que si está solo a su nombre pues la casa siempre será suya.
    Hay algún tipo de resolución estándar que se haga para estos casos? Yo lo que tampoco quiero es invertir en la casa en muebles y ajuar y a la larga no tener nada. Gracias por vuestra ayuda.

    • Efectivamente si estáis en separación de bienes, y la vivienda está a su nombre es privativa suya, y tu no tienes derecho a dicha vivienda.

      Lo que sí que podrás es reclamar el contenido de la vivienda, que sí que lo has pagado.

      Por otro lado, si la vivienda es la vivienda familiar, y tenéis hijos. El padre que se quede con la custodia del menor seguramente tendrá el usufructo de la vivienda independientemente de quién sea el titular de la vivienda.

      Por otro lado, también tendría que decirte que, aunque la vivienda no sea tuya, lo vas a disfrutar sin tener que pagar nada durante el matrimonio.

      Salu2.

  • Elena

    Hola,
    Mi marido está pensando en poner una tienda de ropa y le han dicho que seria aconsejable pasarse a separacion de bienes.
    Quisisera saber que tengo que hacer para pasar de regimen de gananciales a separación de bienes y si es posiible, que me pueda dar información tanto de los costes notaria, fiscales etc.

    • Sí, tan sólo has de ir a una notiría y llevar una lista de bienes con la asignación a cada uno de los cónyuges.

      Esta separación os beneficiará ya que al menos protegerá tu patrimonio frente a los posibles problemas del negocio de tu marido.

      Los costes notarias no son gran cosa, unos pocos cientos de euros.

      Salu2.

  • alejandra

    Hola, sobre el régimen de gananciales:
    – los bienes heredados son privativos pero si se vende el bien heredado ¿el dinero obtenido de la venta sigue siendo privativo?
    – si uno tiene una casa/empresa desde antes de casarse en gananciales, lo que suba su valor desde el matrimonio es de los dos?
    – si un cónyuge tiene una empresa desde antes de casarse, en caso de deudas responde con el 100% de los bienes gananciales? puede tener obligación de pagarlas el otro cónyuge con su sueldo?

    • Los bienes privativos lo será siempre, aunque lo vendas y lo conviertas en dinero.

      Las propiedades adquiridas antes del matrimonio es privativo.

      En cuanto a la empresa, es complicado decirte ya que utilizas los bienes gananciales para mantener su funcionamiento… en tales casos es mejor acogerse al régimen de separación de bienes.

      Salu2.

  • Maria

    Hola!
    Me voy a casar en unos meses y tengo una duda sobre hacerlo en regimen de bienes gananciales. En caso de que yo recibiera bienes heredados durante el matrimonio, esos son privativos, cierto? Pero que ocurre si yo muriese antes que mi futuro marido? Seria el el heredero de todos mis bienes privativos/herencias.
    Gracias.

  • kike

    Hola mis suegros se quieren separar solo tienen un piso el cual se a puesto a la venta y repartirian el dinero mi pregunta es de la paga que tiene mi suegro la tiene que pasar algo a mi suegra??? esta en regimen de bienes gananciales un saludo y gracias.
    mi suegro es invalido por si sirve de algo.

  • sirena

    Hola, Mi novio compro una casa hace 5 años el solo, y por tanto la escritura y la hipoteca estan a su nombre. Pero hace 2 años, cuando yo empece a trabajar le pague a él la mitad de lo que habia pagado y desde ese momento paguemos la hipoteca a medias, asi como todos los gastos. Ahora nos vamos a casar en unos meses y me gustaria saber si nos casasemos en bienes gananciales si yo tendria algun derecho sobre esa casa puesto que va a ser la vivienda familiar, o que podria hacer para que la mitad de esa casa constara como mia y en casa de separarnos no perder todo lo invertido. Un saludo. Gracias

    • Tienes que cambiar las escrituras para legalizar dicha situación, en caso contrario sólo tendrás derecho a la parte de la vivienda que se paga durante el matrimonio si os casáis en bienes gananciales.

      En caso de separación de bienes, la vivienda es exclusivamente de tu futura pareja, y si quieres reclamar algo tendrías que pelear y bastante mediante vía judicial, salvo que en las capitulaciones dejáis reflejado que la vivienda es de los 2. El notario te indicará cómo hacerlo.

      Salu2.

  • GATALUNA

    HOLA, LLEVO CASADA UN AÑO Y MEDIO Y MI MARIDO COMPRÓ UNOS 3 AÑOS ANTES DE CASARNOS UNA VIVIENDA QUE ESTÁ A NOMBRE DE ÉL PERO QUE SE ESTÁ PAGANDO LA HIPOTECA TODAVIA. QUISIERA SABER SI A LA HORA DE SEPARNOS LA MITAD DE LAS CUOTAS PAGADAS DESDE EL MATRIMONIO ME CORRESPONDE, YA QUE TENEMOS BIENES GANANCIALES.
    Y OTRA PREGUNTA SERÍA: TIENE UNA EMPRESA CON LOS HERMANOS Y HA PEDIDO UN PRESTAMO PARA MAQUINARIA A NOMBRE DE ÉL, ¿RESPONDE ESTA VIVIENDA EN CASO DE Q NO PAGUEN LAS CUOTAS DE LA MAQUINARIA? ¿EN Q PROPORCION, PORQUE NO SÉ SI ESTÁ EN PELIGRO MIPARTE DE LAS GANACIALES DE LA CASA, EN CASO DE Q TENGA EL 50%?. GRACIAS

    • Efectivamente, los bienes que se adquiere con financiación y parte se paga durante el matrimonio en gananciales, una parte del bien corresponderá al otro cónyuge aunque no está a su nombre dicha propiedad.

      Sí, responderá la parte de la vivienda que le corresponde al igual que el 50% del resto de los bienes gananciales de la pareja.

      Salu2.

  • Claudia

    El caso esque mis padres se separaran, la casa esta a nombre de los dos pero el unico negocio que tienen en comun que es un taxi es decie los dos son taxsistas y los dos trabajan de hay y es la unica fuente de dinero , esta a nombre de mi padre pero trabajan pos dos . Me interesaria saber si aunq este al nombre de mi padre se dividen las horas o no se reparte y es totalmnte de mi padre? Agradeceria una respyesta gracias!

    • Yo creo que el taxi sigue siendo de los 2 y creo que entre ellos se pondrá de acuerdo y llegarán a un acuerdo. En caso contrario lo decidirá un juez y lo más lógico es que diga que es de los 2.

      Salu2.

  • rakel

    Mi novio tiene una casa, escritura e hipoteca a su nombre.Hemos decidido casarnos en gananciales y seguir pagando la hipoteca entre los dos (cambiaríamos la hipoteca a nombre de los dos pero no la escritura que seguiría sólo a su nombre). En caso de separación creo que tengo derecho a la mitad de la cantidad aportada desde el momento del matrimonio, ¿es así aunque no figure en la escritura?
    Por otra parte, si decido comprarme un coche a mi nombre y pagarlo yo sola por estar en gananciales, en caso de separación sería de los dos?
    Gracias

  • rafael

    Tanto mi novia como yo, tenemos ambos un piso a nuestro nombre, ella el suyo y yo el mio,ambos hipotecados, tenemos cuentas de casarnos y queremos en principio hacerlo en separación de bienes,con la intención de vivir en el piso de ella, que cada uno paga el suyo, si nos separamos teniendo niños por medio, yo tendria que hacerme cargo de su hipoteca también?? o eso sería tan solo en el caso de tener bienes gananciales??? gracias de antemano

    • En separación de bienes, al separarse no hay que repartir nada, cada uno es dueño de su dinero y de sus bienes.

      Lo que sí que es posible que el juez te exija el pago de la manuntención de los menores si tu pareja se queda con la custodia.

      Salu2.

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