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13 de agosto de 2009

Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.

El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.

ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud.
  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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3.192 comments to Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

  • miloud

    tengo 6 meses de dias cotizados y quiero solisitar un subsidio por desempleo ,`porque casi hace 2 años que no trabajo, ahora quiero saber lo que tengo que llevar para solisitarlo. muchissimas gracias.

    • – Modelo oficial de solicitud: El impreso incorpora la declaración de rentas del solicitante y de los familiares que convivan con él, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).

      – Documentos de identificación del solicitante y de los hijos que conviven con él y que figuren en la solicitud. (Solamente será necesario mostrar los documentos para verificar la identidad): Documento Nacional de Identidad (DNI)/Tarjeta de identidad de extranjero o Libro de familia o documento equivalente en el caso de extranjeros.

      – Certificado de empresa en el que se acredite la situación legal de empleo.

      – Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, documento acreditativo que la acredite.

      – Solamente si la entidad gestora lo solicita, un justificante de las rentas.

  • David

    Hola, hoy dia 20 de agosto 2010 han aprobado la prorroga del subsidio, mi situacion es la siguiente:
    el dia 4 septiembre se me termina la ayuda PRODI, tengo opcion de solicitar nuevamente este tipo de ayuda o alguna otra ayuda?
    Muchas gracias

  • ruth esther

    HOLA,,, TERMINO DE COBRAR EL PRODY EL 16 DE OCTUBRE PUEDO PEDIR UNA PORROGA CON LA NUEVA LEY GRACIAS

  • Maite

    Hola. Estoy casada sin hijos mi marido está en el paro cobra 749 euros y tengo 32 años tengo derecho a la ayuda PRODI por lo que dicen de la edad. Y que documentación te piden.

  • ruth

    hola yoo estoy cobrando el prodi y me he casado mi esposo es español y yo colombiana el se dio de alta en el servef y no cobra nada… me han dicho que puedo solicitar la ayuda por familiar acargo sera que puedo gracias

    • Pero ya has solicitado el PRODI, y después de dicha ayuda no se puede solicitar el subsidio de desempleo.

      De cualquier forma, te recomiendo que acudas al Servicio de Empleo para ver si se puede hacer algo.

      Salu2.

  • Pedro

    Hola, el mes pasado solicité la ayuda de los 426€, he cobrado solo 15 días de la ayuda y ahora estoy trabajando en una empresa con contrato de 3 meses, quería saber si dejo este trabajo puedo retomar la ayuda de nuevo o tengo que esperar a que se termine mi contrato?

    Lo pregunto porque en esta empresa son unos negreros y las condiciones de trabajo son pésimas y no quiero seguir.

    Gracias y salu2

    • Cuando se percibe unas ayudas, éstas se suspende cuando empiezas a trabajar.

      En el caso de que te vuelvas a quedar en el paro, puedes volverlo a reanudar.

      Pero, te advertimos que tienes que volver a estar en el paro NO voluntario. Es decir, que la empresa te tiene que despedir o terminar el contrato de trabajo.

      Si dejas voluntariamente el trabajo no tienes derecho a ninguna ayuda.

      Salu2.

  • Pedro

    Gracias por la aclaración.

    Salu2

  • daniela

    hola
    en enero 2011 me se acaba el subsidio de 426 y tengo cargas familiares tengo tres hijos uno de 12,6,y 2 años y tengo 32 años mi pregunta es si puedo cobrar los 6 meses de proroga mas

  • marta

    Hola, en mi caso termino ahora el subsidio por desempleo y quería saber si tengo derecho a PRODI. Vivo con mi pareja en un piso en el que llevo empadronada unos años y entre nosotros no hay ningún papel (ni pareja de hecho ni matrimonio…).Tendría derecho a él aunque mi pareja gane un poco más del límite?
    Pueden pedirme algún papel de suministro o alquiler (es que aunque yo contribuyo está todo a su nombre y el piso lo está comprando él). Gracias.

    • Si has terminado de recibir el subsidio de desempleo, puedes solicitar el PRODI. Las condiciones económicas son las mismas.

      En referencia a tu pareja, si no estáis casados, para el Servicio de Empleo sois meros desconocidos.

      Si llevas tanto tiempo empadronado en dicha vivienda no te pedirán nada.

      Salu2.

  • Loli

    Buenas tardes

    Mi marido tiene 33 años, acaba de consumir el Prodi y quería saber si tenemos alguna posibilidad con la prorroga, yo trabajo media jornada y mi retribución es de 552.24 € netos, con las pagas incluidas, se me considería carga familiar?, ya que sólo la dan con ese requisito.

    Si no que podríamos hacer? hay algún otro recurso en Alicante?

    Estamos desesperados.

    Muchas gracias.

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