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13 de agosto de 2009

Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.

El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.

ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud.
  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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3.192 comments to Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

  • juan

    hola,quisiera saber cuando se publica el BOE con la nueva prologa del prodi.

  • juan

    hola disculpa soy yo otra vez,porque aun no se sabe con total seguridad si los que ya hallan cobrado el prodi no lo volveran a cobrar,es que veo muchas dudas respecto este tema,muchas gracias

    • Diría que con un 99% de seguridad que las personas que ya han solicitado la ayuda NO podrán volver a solicitar.

      El 1% se conformará con la publicación en el BOE de la prórroga.

      Salu2.

  • jacobo- barcelona

    Pero dicen que solo se cobra una sola vez el prodi.

    • La ley vigente actualmente establece que el PRODI sólo se puede cobrar una única vez y por un periodo de 6 meses.

      No sabemos si lo modificarán con motivo de la prórroga de 6 meses de plazo para su solicitud, pero todo apunta a que no lo harán, ya que tal y como indican, es una prórroga, no una ampliación de las ayudas.

      Salu2.

  • paco

    se me a acabado la ayuda de los 426 euros,es prorrogable 6 meses mas

  • jacobo- barcelona

    prorroga es continuación, eso es, seguro a los que se nos acabo el prodi, nos dan una prorroga de 6 meses.

  • diego

    He pedido el PRODI y vivo con mis padres. Si pongo que resido en casa de mis abuelos me lo concederan?. De que forma pueden ellos corraborar que yo no vivo con mis abuelos?. Tengo 25 años y a los 18 años me empadrone a casa de mis abuelo por cuestiones de beneficio. Por que sabia que no iba a perder nada y en cambio a la larga me saldria rentable. Por lo recibos de la viienda?. Los paga mi abuelo pero yo estoy empadronado allí desde hace 7 años (aunque vivo con mis padres) y no podran decir que me empadronado adrede para pedir el PRODI. Me lo daran?.

    Saludos

    • El servicio de empleo tomará tu residencia habitual el domicio del empadronamiento.

      Si llevas mucho tiempo empadronado en casa de tus abuelos, no creo que vayas a tener problemas con los ingresos de tus padres en referencia a la solicitud del PRODI.

      Salu2.

  • Carlos Almenara

    Hola a todos he estado percibiendo esta ayuda desde el pasado mes de febrero, ya que agoté el paro, en el mes de julio de 2010 se ma acaba ahora en el mes de agosto, pero en el mes de julio se aprobó la renovación de esta ayuda, he ido al paro y me han dicho que no se sabe nada hasta el día 15 de agosto, según me dijo la chica del inem, yo no puedo renovar esta ayuda si no he cotizado, ¿como voy a cotizar si he estado cobrando el paro, y desde hace 6 meses la ayuda? ¿será esto un engaño para tranquilizar a los parados? quisiera saber algo si alguien tiene mas información que yo, se lo agradecería muchas gracias.

    • La prórroga seguramente será una ampliación de plazo de solicitud, y no será una ampliación de las ayudas.

      EL PRODI es una ayuda, hasta ahora, de 6 meses no prorrogables.

      Salu2.

  • Rodrigo

    Hola, me gustaria saber si puedo empadronarme con los padres de mi novia para poder percibir la prestacion ya que con mis padres me la han denegado, en la casa viven mis suegros, mi novia y un hermano y no entran 2000 euros, podria empadronarme para recibir la prestacion?llevo un año sin paro

    • No creo que funcione, de hecho están denegando solicitudes de personas que se empadronaron meses antes en otra vivienda diferente al de sus padres y lo han rechazado porque consideran solicitudes de fraude, ya que realmente viven en casa de sus padres.

      Pero intentalo si quiere, el no ya lo tiene.

      Salu2.

  • diego

    Hola,
    Que tiempo de margen referente al cambio de empadronamiento consideran los del Inem como posible fraude?.
    En algun decreto pone que si te has cambiado de empadronamiento hace x meses no es fraude y en cambio si hace menos de x meses si que es farude?.

    Si no hay nada sobre eso, yo me puedo empadronar el dia de antes de solicitarla,no?. Por que no lo han contemplado?.

    Saludos.

    • Lo puedes hacer cuando quieran y no dice nada al respecto en la ley.

      Pero si sospechan que es un fraude, te solicitarán que demuestres tu residencia habitual mediante aportación de escritura de propiedad de la vivienda, del contrato de alquiler y de recibos de suministros del hogar.

      Salu2.

  • diego

    Recomendación:
    Según tengo entendido por un familiar cercano que pidió la ayuda, revisan una a una todas las ayudas y en caso de sospecha de fraude te piden el histórico de tu empadronamiento. Esto es dónde has vivido desde que naciste y no solo dónde resides ahora.
    Si con esto siguen sospechando, te pedirán recibos de luz, escritura de la casa, etc…
    En un principio la ayuda la dan a TODOS pero al cabo de un tiempo te llegará a casa una carta de Inem solicitando todos estos documentos.
    Un consejo que os doy es que si de verdad no vivís en la viviendo dónde indicáis, no la solicitéis puesto que al cabo de un tiempo (1 año, 1 mes, 2 años…) os reclamaran lo que os abonaron en su día y con intereses. Y tal vez en ese momento no os viene bien devolverlo.
    Esta ayuda es mejor no pedirla si tus condiciones no son las oportunas. Saldrás perdiendo a la larga.
    PD: No soy del Inem, hablo de la realidad.

    • De hecho la residencia habitual no lo marca el lugar de empadronamiento, sino donde residas habitualmente y que seas demostrarlo: tienesr un contrato de alquiler o una vivienda en propiedad y algún recibo de suministro a tu nombre.

      Salu2.

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