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13 de agosto de 2009

Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.

El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.

ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud.
  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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3.192 comments to Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

  • canarias

    Buenos dias:
    tengo 27 ano,me voy a cobra 426euro,tambien estoy cobrando ayudar 210euro de vivienda joven,y tengo 3 hija de 3ano 1ano 2meses tengo ayudar de engargo familias son 1300euro al ano,mi pregunda es me da miedo que me va a quitar alguna subusidio de ello o no.

    • ¿Has solicitado previamente el subsidio de desempleo por tener familiares a cargo? su duración es mayor además de que después si sigue vigente el PRODI lo puedes solicitar.

      Según los datos que aportas parece que no vas a tener problemas para recibir el PRODI, lo que no sabemos si para recibir las otras ayudas tienes que cumplir unos requisito económicos.

      Salu2

  • Maricruz

    Hola:
    yo deje de cobrar el para en diciembre de 2009, quise arreglar el subsidio de los 420 euros, somo 3 en la unidad familiar y como mi marido en bruto cobraba 1500 euros no me dieron la ayuda, yo ahora he trabajado 3 meses por una ett, pero me quedo ahora sin trabajo y mi marido tambien se va ahora para el paro, tengo derecho a pedir yo la ayuda? me han comentado que desde que deje de cobrar el paro tengo el plazo de 1 año para arreglarlo si mi situacion familiar cambiaba, pero quisiera saber si estos 3 meses del trabajo me lo puede interrumpir.

    Muchas gracias de antemano

  • Tatiana

    Me gustaria saber si como familiares directos cuentan los abuelos de mi hija, que aparecen en el padron municipal, yo no estoy casada ni convivo con el padre pero el piso esta a nombre de los abuelos de mi hija yo alquilo el piso,pero ellos no viven conmigo.
    Contaria como familiares para solicitar el PRODI
    Gracias

    • Para el PRODI cuenta el cónyuge e hijos. Sólo en caso de carecer de estos contaría las rentas de los padres si se convive con ellos.

      Así que sus rentas no contarán, ya que tienes un hijo y no es tu padre.

      Salu2.

  • Alba

    Hola buenas, se me acaba la prestación del paro y estoy preparando los papeles para solicitar el prodi, el caso es que yo me acabo de empadronar donde mi madre, antes vivia donde mis tios, para estudiar en la zona, pero ya no puedo mantenerme mas, por haber hecho cambio de domicilio tan repentino me pueden denegar la solicitud??

    Gracias y un saludo,

    • Sí, si contabilizando las rentas de tu madre sale una renta media por miembro familiar superior a 474€ mensuales.

      Salu2

    • Alba

      Mi madre no gana ni esa cantidad…
      El caso es que mi mayor preocupación sería por el cambio de residencia, que mucha gente dice que se la han denegado por hacerla muy reciente, pero en mi caso he pasado de vivir fuera de la unidad familiar a vivir con mi madre, no es que me haya empadronado sola para la ayuda,
      Donde yo estaba empadronada antes hay más gente empadronada, pero es gente que no tiene nada que ver conmigo, asi que tp puedo pedirles sus declaraciones, eso podria ser tb un factor a denegar dicha solicitud??

      Gracias y un saludo,

    • En tu caso no te tienes que preocupar.

      A la gente se los deniegan porque salen de la casa de sus padres para que no cuenten sus rentas en su solicitud (ya que en tal caso, no se los conceden).

      Pero en tu caso es al revés. Si no vives con tu madre, no cuenta sus rentas, y al cambiar, sí.

      Salu2.

  • Fabiola

    Hola:

    Presenté a finales de Mayo todos los papeles requeridos para que se me asigne el subsidio de los 420 euros por haber agotado ya la prestación. Sin embargo, me llegó una carta pidiéndome que presentara un certificado de empadronamiento colectivo en 15 días. Yo estoy fuera de Madrid y no me enteré de esto sino hasta ahora. No me han depositado nada. Qué puedo hacer? Puede ir alguien con un poder y presentar los papeles?

    Gracias.

    • Tienes que presentar el papel en el plazo solicitado.

      Si te han enviado una notificación, el plazo comienza desde el momento de la recepción.

      Puedes presentar el papel una persona autorizado por tí, pero te recomendaría que lo hagas tú mismo.

      Salu2.

  • Day

    Hola,

    Hace dos semanas eché la soliticud para la nueva prestación PRODI, el caso es que mi madre no trabaja, pero mi padre es funcionario.. y en casa también vive mi hermana, tiene 28 años pero ella esta fija trabajando y tiene su propio sueldo, mi duda es si también en este caso contaría mi hermana en la suma de todos los ingresos¿?

    Gracias, un saludo.

    • Tu unidad familiar está compuesto por tí y tus padres y tienes que contar sus ingresos de tal manera que la media de los 3 no debe de superar los 474€.

      Tu hermana no cuenta.

      Salu2.

  • Pedro32

    Buenas tardes.Agradeceros si podeis responderme a una pequeña duda, ya que en el servicio de empleo no me comentaron nada.Tras acabar el paro, me condecieron el Prodi del cual solo recibí los dos primeros meses puesto que he estado trabajando 6 meses.Me han concedido subsidio de desempleo( que ni me han indicado cantidad ni tiempo)y mi pregunta es si una vez acabado el subsidio(tal y como esta la cosa de trabajo), es posible reanudar el Prodi, ya que solo recibí dos meses e indica que es para cuando agotas prestacion o subsidio.
    Muchas gracias por todo.

    • No. Al haber trabajado durante 6 meses y generado nuevos derechos, tienes la opción de elegir entre reanudar las ayudas anteriores o acogerte a los nuevos derechos.

      Los de Servicio de Empleo directamente te ha elegido el subsidio de desempleo al que tienes derecho por haber cotizado durante 6 meses.

      La cuantía de la ayuda es de 426€ y su duración mínima es de 6 meses y es en función de si tienes o no hijos a cargo:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/

      Salu2.

  • ainhoa

    hola no se si interesara o no tendria q ponerlo aqui pero bueno perdonar para la gente q le interese el dia 13 de julio heche la solicitud hoy me acerque a mi oficina de empleo y ya me digeron q tenia lo solicitud aceptada lo digo porq eh leido muchos mensajes q preguntaban y decian q

    • En tu caso han sido muy rápidos. Cobrarán a partir del próximo día 10.

      La primera mensualidad no será completa, sino lo correspondiente al mes de julio y a partir del día 13.

      Salu2.

  • Maricruz

    Hola tengo otra pregunta, ahora mi marido, el niño y yo vivimos en casa de mi madre,en barcelona, pero el mes que viene nos vamos a vivir a zaragoza, lei antes que si te cambiabas de domicilio y al poco pedias la ayuda te la podian denegar porque el cambio pudiera ser debido para que no se contara la renta de mi madre, esto tambien me afectaria a mi, ya que cambiamos de vivienda pero a otra ciudad?

    • En caso de estar casado y tener hijos, nunca se contabiliza las rentas de los padres para el subsidio de desempleo, de esta forma, no influye para nada, dónde residáis.

      Salu2.

  • jose luis

    hola mi padre cobra 1496€ NETO, he solicitado el subsidio de 420€uros ¿me la concederan? somo tren en mi familia mi madre mi padre y yo, mi madre cuenta con una discapacidad de 38% ¿cuenta eso en algo? espero alguna respuesta lo antes posible, muchas gracias

    • Pues lo más seguro es que no te concedan, ya que posiblemente superáis los 474€ brutos mensuales de media por cada miembro de la unidad familiar.

      Pero has hecho bien solicitándola, el no ya lo tenías de antemano.

      Suerte.

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