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13 de agosto de 2009

Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.

El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.

ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud.
  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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3.192 comments to Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

  • maria

    hola muchas gracias de antemano por las respuestas a mi pregunta.

    yo cobre un sbsidio de 3 meses no tenia el minimo para cobrar paro, pero por carga familiar me lo dieron tengo una hija a cargo,luego cobre el prodi pero no ha mejorado nada mi situacion…hay alguna otra ayuda que pueda optar en inem mientras sigo buscando trabajo? tengo 29 años.

  • charly

    estoy cobrando la RAI por ser mayor de 45 años y la termino mañana dia 3 me gustaria saber si tengo derecho la cobrar la ayuda del gobierno de los 426 euros vivo con una pareja en un piso de alquiler que esta a su nombre

  • charly

    que es el PRODI ?

    Y ENTONCES NO TENGO DERECHO A NINGUNA SUBENCION?

    CUANDO CON LA PAREJA QUE VIVO COBRA UNA PENSION NO CONTRIVUTIBA, Y NO NOS LLEGA PARA PAGAR EL PISO DE ALQUILER.
    GRACIAS POR SU RESPUESTA.

    • El PRODI, es el subsidio de 420€ (de lo que habla el artículo) que el gobierno sacó a bombo y platillo que se lo dan a todos los que terminan de percibir la prestación de desempleo o el subsidio de desempleo (cargas familiares o por haber cotizado menos de lo debido para percibir la pretación) entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de agosto de 2010.

      En tu caso, acabas de terminar de cobrar la RAI y creemos que no te corresponde la ayuda.

      Salu2.

  • Eugenia

    Hola, he visto la página y me ha parecido muy interesante puesto que tengo una gran duda. Tengo 24 años y estoy casada y esperamos mellizos para Diciembre. El caso es que estoy cobrando el subsidio por desempleo (había cotizado 10 meses y no tenía derecho a otra cosa). La ayuda se me termina el próximo mes de agosto y, para esa fecha estaré ya de 5 meses, además es posible que tengan que darme la baja porque parece que la cosa se está complicando un poquito. Me gustaría saber si tendré derecho a prorroga ya que voy a tener cargas familiares o, por el contrario, debería haber dado a luz antes de que se me terminase la ayuda.

    Muchas gracias de antemano.

  • muhammad imran

    Hola,muy buenas ?mi pregunta es .he cotizado en rg.60 dias y en rg.agrario 224 dias.ahora mi empresa de rg.agrario me da vacaciones de 1 mes.tengo una hija a mi cargo en situacion legal en españa.mi pregunta es este mes de vacacion puedo cobrar algo de prestacion.si no tengo cotizado 360 dias para cobrar paro.

    • Los días de vacaciones, la empresa te tienen que pagar el sueldo…

      Imagino que no son vacaciones, sino que te han dado de baja durante 1 mes, en tal caso, no te recomiendo que te acojas a ningún subsidio, ya que te falto muy pocos días para acceder a la REASS, y al percibir algún subsidio, perderás esos días cotizados.

      Salu2.

  • Toñi

    Termine en marzo de cobrar el PRODI, los 426 euros, tengo 31 años,y no tengo personas a mi cargo, y me encuentro actualmente parada. Podria cobrar alguna ayuda. Gracias

    • Por tu edad, no puedes acceder a la RAI, ni al subsidio para mayores de 52 años.

      Intenta optar por la Renta Mínima de Inserción que algunas comunidades dan.

      Leete la respuesta que hemos dado a charly en el siguiente mensaje.

      Salu2

  • charly

    ME PODRIAN INFORMAR QUE PUEDO HACER EN ESTE CASO, DE NO TENER DERECHO A PRESTACION, NI AYUDA POR TERMINAR DE COBRAR LA RAI.
    YA QUE MI SITUACION, ES COMO LA DE MUCHOS ESPAÑOLES EN ESTE CASO, ALGUNA AYUDA TIENE QUE HABER PARA ESTOS CASOS, Y CON UN ALQUILER QUE PAGAR? PUES ME VERIA EN LA CALLE. SINO PUEDO PAGAR EL ALQUILER.
    DESDE YA, LES AGRDESCO SU RESPUESTA

  • Rosa

    Buenas tardes, he solicitado el subsidio por desempleo hace un par de días y después de esto me he dado cuenta que para el paro me quedaban sólo siete días, ¿puedo anular la petición del subsidio?
    Muchas gracias

  • Rosa

    He ido al Servicio de Empleo y me han dicho que no se puede anular la petición del subsidio porque ya está concedida, y que la única manera de hacerlo es que me den de alta ¿Si me dan de alta un día puedo anularlo? ¿y si la anulo ya concedida pierdo los once meses y medio que tengo cotizados?
    Muchas gracias

    • Para poderte beneficiar de una prestación de desempleo se contabiliza los días cotizados en los últimos 6 años, a lo que hay que quitar los días que se haya reconocido para una prestación anterior.

      Seguramente a tí te han concedido el subsdidio de desempleo por no haber cotizado lo suficiente para cobrar la prestación de desempleo que tiene una duración de 6 meses y por haber cotizado 6 meses:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/

      y por lo tanto, seguramente pierdas 6 meses de cotizaciones a favor de este subsidio.

      Si te das de alta, puedes suspender el subsidio de desempleo.

      Salu2.

  • jessica

    Hola mi caso es que actualmente no cobro nada ni paro ninguna ayuda estube cobrando durante 6 meses y luego ya no cobre nada mas podria pedir alguna ayuda gracias actualmente vivo con mi tia pero ella no tiene ningun ingreso ni nada ya que ella no trabajo me podrian ayudar gracias …..

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