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13 de agosto de 2009

Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.

El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.

ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud.
  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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3.195 comments to Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

  • joe rodriguez

    intento comprender si las personas que agoten la ayuda de los 420 euros hoy 19/05/2010 tienen derecho ha ampliar dicha ayuda a seis meses mas¡¡¡ ¿algien me puede decir algo?

  • elisa

    hola

    tambien se m acaba el paro ahora y m gustaria pedir el subsidio, mis dudas es:
    . mi madre no trabaja y mi padre cobra una ayuda por invalidez total de unos 600 euros al mes.
    como se si puedo cobrar el subsidio?? lei en un sitio q lo q se hace es sumar todo los ingresos de la familia y dividirlo entre los miembros de esta y no debe superar los 478 euros, es correcto? en este caso se cumpliria,no???

    gracias
    un saludo

    • Según los ingresos que has aportado, no supera el límite de 474€ por persona y mes y por lo tanto te puedes beneficiar del PRODI.

      Acude a INEM y solicítalo.

      Salu2.

  • jose

    Hola, tengo una duda, yo estoy cobrando el prodi y aun me queda dos meses, pero ahora empiezo a trabajar, una vez que termine el empleo ¿puedo reanudarla?

  • PATRICIA

    ¿SI MI MADRE POSEE UNA PENSION DE VIUDEDAD, ESTE DINERO CUENTA COMO INGRESO FAMILIAR?
    SALU2

  • PATRICIA

    ¿UNA VEZ EMPEZADA LA AYUDA, CADA MES DEBEN CALCULAR LOS INGRESOS FAMILIARES?
    GRACIAS DE NUEVO.

  • mario cotrino

    he terminado de cobrar la renta agraria.¿tendria derecho a cobrar el prodi?.alguien me puede ayudar

    • Pues creo que no, ya que para poder obtener el PRODI tienes que haber acogado la prestación de desempleo o un subsidio de desempleo.

      De todas maneras te recomiendo que acudas a INEM o llamar al teléfono de atención al ciudadano 901 11 99 99 y que te informen.

      Salu2.

    • mario cotrino

      he llamado a ese nº de telefono pero no me dan una respuesta segura.me puedes ayudar

    • No te puedo asegurar, pero creo que no.

      Pero de todas formas, si quiere estar segura, haz la solicitud y el órgano competente estudiará su solicitud aprobandolo o denegándolo.

      Suerte!!!

  • nicoleta

    Hola tengo un contrato de limpieza de 2 horas al dia, la empresa me da de baja y he trabajado solo 3 meses. Por favor quiero saber si puedo cobrar el subsidio?

  • raul

    hola tengo un problema en julio quiero solicitar el PRODI,acabo el subsidio mio el dia 31 de junio a partir del dia 1 puedo solicitar el PRODI,
    vivo con mis padres pero quiero cambiar el padron para que me concedan el prodi ya q con mis padres por poco lo supera,
    he ido al ayuntamiento y me piden algun documento que me relacione con la vivienda a empadronarme,contrato luz agua etc, la vivienda que voy a cambiar el padron es tambien de mi padre pero no esta a su nombre ,era de mi abuela pero pertenece a mi padre ya que mi abuela murio y es hijo unico.
    que puedo hacer para cambiar el padron? que presento?
    saludos

    • Es la primera vez que oigo que te pidan facturas para empadronarte, puedes cambiar la titularidad de algún suministro del hogar a tu nombre, eso es muy rápido y sencillo.

      Por otro lado, INEM suele sospechar las personas que se cambie el padron pocos meses antes de la solicitud del PRODI precisamente para evitar casos como el tuyo y puede que te lo denieguen.

      Debes de encontrar alguna justificación por la que vas a vivir en dicha vivienda y por supuesto tener facturas o recibos de suministros del hogar a tu nombre, incluso un contrato de alquiler.

      Salu2.

  • raul

    si es un cambio de domicilio del padron y me pone esos documentos,que hay que presentar al solicitar el prodi facturas mi nombre? Que documentacion me piden? Saludos y lo intentare sino pues nada.

    • Como te dije, los cambios recientes de padron son sospechosos para INEM y te requiere pruebas adicionales para justificar que realmente tienes la vivienda habitual allí: facturas, recibos o contrato de alquiler a tu nombre.

      Salu2.

    • Hugo

      Para alegría de Raul y por supuesto que creo que no sirva de referente, a un familiar le dijeron lo mismo el señor que estaba en la mesa del INEM y despues le vino aprobada, y eso que solo constaba empadronada desde un par de semanas antes de solicitar el PRODI.

      Lo que no me explico es eso de tener un recibo a tu nombre para empadronarte, pero nada más que cambies el recibo del agua, que son 5 minutos, con eso debe de valer.

      Depositos bancarios, un placer el estar por aquí contigo, un abrazo.

  • raul

    perdonar me confundi en mi mensaje ,ahora mismo estoy cobrando el subsidio por tener cotizado 180 dias ,para solicitar el prodi que es lo q necesito?
    perdon y saludos

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