El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.
El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.
ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Impreso de solicitud.
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
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hola,me han concedido los 426 euros llevo cobrando mes y medio, mi padre cobra 867 euros paro,mi madre en el momento de la solicitud cobraba 84 euros,pero ahora a pasado a co brar 339 euros pension no contributiva,mas 300 euros ley dependencia con caracter retroactivo de julio pasado,el caracter retroactivo es solo para los 300 euros ,cuidados entorno familiar,del que se hace cargo mi padre,me pueden quitar los 426,tengo 21 años,gracias por su trabajo
Ten cuidado, según los datos aportados estáis al límite de no cumplir los requisitos económicos: no podeis superar 474€ * 3.
Si en algún momento lo superas y no dices nada, puede que INEM te solicite la devolución de lo percibido.
Salu2
estoy cobrando la ayuda familiar no tengo cargas familiares pero vivo sola… y termino de cobrarla en julio es el ultimo mes…aun asi lo puedo solicitar,no¿?¿?¿hasta k dia puedo solitizarlo si la ultima prestación la percibo el 10 de julio?¿?¿ gracias
Lo pone en la carta que te envían desde el INEM, no obstante llamalos y te dirán el último día al INEM 901 11 99 99.
Y sí te pertenece, despues de cobrar la ayuda familiar, también tienes derecho a 6 meses de PRODI.
Hugo, un cordial saludo.
he leido que si una persona de la convivencia,tiene minusvalia como eselcaso de mi madre 67,5% se mul ti plica por tres y luego se divide por dos no entrando los ingresos del minusvalido es cierto esto para el subsidio por familiar a cargo
Yo no tengo entendido eso y según las base de INEM tampoco:
Salu2
hola soy juan en enero termine de cobrar el paro o eso pense yo que ya no tenia paro asi que fui a solicitar en enero la ayuda de zapatero pero me dijero que no podia solicitarlo porque aun tenia un mes mas de paro yo no lo sabia asi que espere de cobrar el paro y solicite la ayuda de zapatero viendo que no me llegaba ninguna carta ni habia cobrado,fui a la oficina del inen y me preguntaron si me habia llegado alguna carta le dije que no me dijero que si que habia sido devuelta y que seria resulta que me lo han denegado porque se ha pasado el plazo, y mi pregunta es porque si yo lo solicite una semana despues de cobrar el paro en enero del 2010′?tampoco tengo derecho a la ayuda prody yo hize una reclamacion diciendole que ha tenido que ser error pues yo lo solicite ante de los dos meses que te dan para solicitarlo lo he perdido la ayuda? yo he enviado la reclamacion de la yuda pero no se nada ni me kha llegado ninguna carta y me dicen que tengo que recoger una carta a la oficina del inen puedo perder la ayuda? estoy muy mal porque vivo solo y tengo que pagar el alkiler
Las reglas están claras, dispones de 15 días para solicitar el subsidio.
En la carta inicial que te concedían el paro te decía las fechas de inicio y fin de las ayudas.
Ahora sólo te queda esperar a ver si llega a algún lado tus reclamaciones
Suerte!!!
hola tengo una duda cuando me aprobaron el prodi el primer mes cobre unos 220€ y el inem me dijo que la otra mitad que falta lo cobraria en la ultima paga del prodi y este mes es el ultimo que cobré (y se que no es renovable)pero solo me ingresaron los 426€ que pasa ahora con la mitad que me quedo debiendo el inem me lo ingresan el mes que viene o tengo que reclamarlo?
te lo pagan el mes que viene
Efectivamente, te lo pagarán el próximo mes con lo que falte…
El pago de las ayudas se hace mensualmente los días 10 de cada mes, y se pagan los días de subsidio que tenga derecho el trabajador.
Así, el PRODI se da durante un periodo de 6 meses, y se puede cobrar en 7 meses, de tal manera que el mes 1 y el 7 sumará el total de una mensualidad.
Salu2.
HOLA A TODOS cumplo los requisitos para cobrar el PRODI pero 1 mes después de solicitarlo me casaré. Ella tiene unos ingresos de 1200€ por lo que superariamos los 474€. La pregunta es si nos casamos en regimen de separación de bienes la cosa cambia, es decir podría seguir cobrándolo.
muchas gracias
Gracias por preguntar en el sitio adecuado para las consultas: en el foro de trabajo, donde le hemos dado respuesta:
– http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/trabajo/4935-prodi-y-matrimonio
Salu2.
lo sietnto pero no puedo ver vuestras respuestas. no aparecen publicadas a pesar de que he recibido un correo que me indica que me habeis respondido. como lo hago?
muchas gracias!
Le hemos respondido en el foro:
– http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/trabajo/4935-prodi-y-matrimonio
Salu2.
Hola!
Quisiera pedirles que me resolvieran una duda, he dejado de percibir el paro, éste lo he estado compatibilizando con un trabajo a tiempo parcial, cobro unos 150€ (unos meses unos eros más otros unos cuantos menos), mi pregunta es si es compatible la ayuda de los 420. Mi único ingreso son esos 150 €. Gracias
Aunque en las bases del PRODI no dice nada, en las bases generales de los subsidios sí que establecen la compatibilidad de los subsidios con el trabajo a tiempo parcial.
Así, que acércate a INEM y solicítalo, seguramente sí que lo puedas compatibilizar.
Salu2
Se me acaba la ayuda de los 420 euros el mes que viene y mi pregunta era,ya que no he encontrado trabajo, si existe alguna otra ayuda o una prorroga de esta.muchas gracias.
No se puede volver a solicitar la ayuda de los 420€ o PRODI.
Puedes intentar a optar por la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion
salu2.
Hola,eh solicitado la ayuda de 420€..aun no se si me la aprovaron o no..la cuestien es que me llamaron para 1 trabajo,que no se si es para 1 mes o 2..cuando se cumpla ese tiempo de trabajo..podre tener deracho a reanudar la ayuda en el caso de tenerla aprovada? salu2
Efectivamente, las normas generales de los subsidios contemplan el caso de suspender un subsidio por trabajo para reanudarlo posteriormente.
Acércata a INEM e informa de estos hechos.
Salu2