El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.
El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.
ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Impreso de solicitud.
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
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buenas actualmente me encuentro cobrando la ayuda de los 420e y se me acaba el mes que viene me gustaria saber si tengo derecho a una prorroga de otros seis meses gracias
El PRODI sólo se puede disfrutar un único periodo de 6 meses no prorrogables.
Prueba con la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion
Salu2
Hola muy buenas tengo 21 años y soy de las palmas de gran canaria. agote mi prestacion por desempleo hace cosa de mes y algo y solicite los tramites para la prorroga ara unos 20 dias… estamos a dia 3 y aun no e recibido notificacion alguna… quisiera saber si es probable que para este dia 10 empezace a cobrarla. En la oficina del INEM me dijeron que casi seguro me la aceptaban ya que cumplia con todos los requisitos… un saludo y muchas gracias
Es posible que comience a cobrarlo sobre el día 10, pero también debe de considerar la sobresaturación de trabajo que tiene INEM y no te sorprenda si se demora 1 mes más.
Suerte!!
ola k rekisitos tienes k tener para ke te den subsidio ami me kda diez meses para agotar el paro k tengo k yevar al inem gracias
Los requitos están descritos en el artículo, LEASELO y sabrá qué requisitos tiene que cumplir para que te den el subsidio.
Salu2.
Hola muy buenas soy un chico de 20 años ,se me acabo el paro el mes de abril y solicite la paga el dia 20 d abril quería saber cuantos días tardan en contextarte si ono!? Estamos a día 4 ytodabia no me a llegado ninguna carta ni me an contextao
a y otra cosa yo stoy empadronao en un pueblo de teruel pero vivo en la capital con compañeras de piso eso no influlle en nada al reves al no vivir cn mi padre me la tendrían que aprobar? Xk tengo gastos q cubrir muxas gracias xbuestra atención espero su respuesta
Si no ha pasado ni medio mes… paciencia, puede tardar incluso 2 meses en responder y en algunos casos más.
Si el lugar de residencia y de empadronamiento son distintos, INEM puede solicitar pruebas para que demuestres donde realmente resides a través de facturas, recibos o contratos de alquiler.
Salu2.
buenas!! tengo una duda. he estado cobrando el subsidio sin problema durante unos meses, aun me quedan un par de ellos. me surgio un trabajo por un me y tuve que ir al inme a reanudarlo. me dijeron que los dias no se me agotabana mientrras trabajaba, que luego continuaba el subsidio cndo lo reanudara dnd se me habia cortado. este mes me han ingresado 310 euros, en vez de 426 euros, a que se debe? con quien deberia hablar para que me lo explique? me descuentan lo que gane ese mes? por que fueron mucho menos de 420 euros. un saludo
Comprueba la fecha de reanudación, porque seguramente no hayas reanudado el subsidio el día 1, sino unos días más tarde y te han pagado por los días del mes que has estado en paro.
Salu2.
no es esa la cuestión. por que el dia 10 de marzo me hicieron el ingreso de lo que me correspondia despues de ese mes de haber reanudado el paro que fueron 250. pero al mes siguiente, el dia 12 de abril me ingresaron 320.
También comprueba que no te haya acabado ya los 6 meses que corresponde a este subsidio.
Salu2.
hola, yo estoy cobrando el subsidio de 426 euros pero se me termina el mes de junio y quisiera saber si se puede reanudar, tengo 26 años y no tengo cargas familiares.
La ayuda sólo se puede solicitar una única vez y por un plazo de 6 meses no prorrogables.
Salu2.
ola el dia 10 dejo d cobrar el paro i vivo con mis padres mi madre no cobra nada i mi padre el paro i el mes keviene se jubilara le kedaran 900€ m daran la ayuda?
Pues si no tienes más ingresos, seguramente sí que te den el subsidio de los 426€.
Salu2.
pero es que he leido eso de lo del 2009 que no tiene que superar los 426€ entre los 3 miembros que somos esos que significa
La suma de las rentas de los 3 miembros de la unidad familiar dividido entre 3 no debe de superar los 474€
Salu2
entoces si sumo los 2 sueldos de mi padre y yo en 2009 i lo divido entre 3 contando ami madre k no a cobrado nada i supera los474e ya no m la dan?aunque aora mi padre solo cobre 900€?no tendria derecho ala ayuda?
Si en el momento de la solicitud, la suma de todas las rentas dividido entre 3 supera los 474€ mensual, no tendrás derecho al subsidio.
Una solución es emanciparte y no vivir con tus padres, en tal caso sólo contaría tus ingresos, pero debes de demostarar que realmente no resides con tus padres mediante contrato de alquiler y/o facturas y recibos.
Salu2.
en el momento que pida la solicitud de la ayuda, qué cuenta? todas las rentas del 2009 o de 1 año para atrás?
Se considera la renta mensual del momento de la solicitud.
Salu2.
los sueldos del paro cuentan o no en referencia lo percibido en 2009 para pedir la ayuda. Si me paso 60€ de los 474€, ya no me la darian?
No te puedes exceder ni 1 céntimo de Euro.
Salu2.
Para saber qué ingresos cuenta y qué no, lease:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/12/07/requisito-de-carencia-de-rentas-para-los-subsidios-de-desempleo/
Salu2.