El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.
El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.
ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Impreso de solicitud.
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
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Hola, Queria saber si despues de agotar los 6 meses de subsidio de desempleo(426€) se puede prorrogar durante algun tiempo mas, y en caso afirmativo, si hay que volver a la oficina INEM a echar la solicitud. Gracias.
No, el susbsidio de los 426 euros sólo es por un único periodo de 6 meses no prorrogables.
Intente por ejemplo verificar si cumple las condiciones de la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion
Salu2.
hola estoy cobrando el subsidio de desempleo ya hacen seis meses no se el tiempo q dura tengo carga familiar un hijo me podrian responder si me llega una carta del inem o me tengo que acercar para renovar(no es el paro , rellene la solisitud amarilla) gracias
En el artículo referente al subsidio de desempleo establece la duración en función del tiempo cotizado:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
Una vez agotado dicho subsidio, puede solicitar el PRODI o el subsidio de los 426 euros, siempre que siga en vigor.
Salu2.
Me gustaría saber si puedo adherirme a este programa si estoy cobrando 105 euros gracias a la renta básica de emancipación.
Gracias por preguntar en el foro:
– http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/trabajo/4518-compatibilidad-prodi-con-rbe
Ambas ayudas son compatibles mientras que tus ingresos no superen los 474€.
Salu2.
Buenos días
Tengo problemas de para poder desplazarme hasta la oficina de empleo, ¿hay algún número de teléfono en cual, pueda pedir la ayuda de los 426€?
Un cordial saludo
901 11 99 99, es el número de atención al ciudadano.
En ese número te informarán de las opciones.
Salu2.
Hola, tengo 31 años, acabe de cobrar el paro el 20 de enero de 2010, actualmente vivo independiente de mis padres de alquiler en Madrid ya que estoy haciendo un master, me he empadronado en Madrid y mis rentas actuales son nulas, he solicitado hace mes y medio la ayuda de los 420 euros y aun no he recibido respuesta alguna, tendria que ir al Inem a preguntar? Es normal la espera?
La resoluciones de las solicitudes puede tardar entre 1 y 2 meses.
Debe de esperar, INEM le comunicará en caso de denegación, y te dará un plazo para realizar alegaciones.
También puede acercarse a INEM para solicitar información sobre su estado de la solicitud.
Salu2.
Muchas gracias por la rapida respuesta.
Acabo de leer un caso similar paginas atras de una chica despues de preguntar, y supongo que me van a poner pegas porque me empadrone 3 dias antes de solicitarla, pero es que realmente vivia en Madrid desde hace 4 meses y fue el ultimo mes cuando me mude de piso porque antes vivi con mi hermano, sea como sea, yo puedo demostrar que vivo independiente, lo que no entiendo es que en la ley no diga nada al respecto y por «sospechas» denieguen la ayuda, pero bueno esto son cojeturas, asi que esperare… y muchas gracias por la ayuda!!
Ellos alegan que sigues vivienda con tus padres, y tú tienes que demostrar que realmente no vives con ellos mediante facturas, alquiler, recibos…
Salu2.
Llevo una semana cobrando el prodi, y me lesione y me han dado ls baja medica por tener un esguince con la ayuda del prodi puedo tener la baja
Me parece que para poderte beneficiar de la baja médica por incapacidad temporal sólo cuando estás dado de alta o situación asimilada al alta en la seguridad social, que no es el caso cuando se percibe el PRODI.
Salu2.
Hola me gustaria saber como puedo saber si me han aceptado el RAI por internet.
Que yo sepa, no hay forma.
Llama al teléfono de atención al ciudadano: 901 11 99 99.
Salu2
he echado los papeles de la ayuda y todavia no tengo respuestas de si lo tengo aprobado y me ha salido trabajo me puedo dar de alta sin necesidad de cortarlo como no se si esta aprobado o tengo que comunicarlo en la oficina de empleo?
Tienes que comunicarlo, ya que en caso de aprobación, te pagarían desde el día de la solicitud hasta el día que hayas comenzado a trabajar.
El resto del subsidio, según las reglas generales de los subsidio queda suspendido y posiblemente se pueda retomar en caso de volverte a quedar en el paro.
Salu2
hola,me gustaria saber si puedo entregar las solicitudes de la ayuda prodi, atraves de internet (redtrabaja) con mi firma electronica,,,,gracias
Uno de los pocos trámites que he visto que se puede hacer es la solicitud de la prestación contributiva, desconozco si también se puede solicitar el prodi vía online.
Prueba aqui:
Salu2.