El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.
El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.
ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Impreso de solicitud.
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
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hola mi caso es que se me acabao el paro el dia 4 febrero cuando cobrare la ayuda de los 420 si he arreglado los papeles y se me ha concedido?
gracias
Pues seguramente sobre el día 10 del próximo mes le pagará el subsidio, y si se retrasa, lo harán el día 10 del siguiente mes.
Salu2
Hola Buenas…
qUERIA SABER SI CON LA PRESTACION EXTRAORDINARIA, SE CONTINUA COTIZANDO A LA SEGURIDAD SOCIAL,.. MUCHAS GRACIAS.
En la prestación de desempleo sí que se cotiza a la seguridad social: asistencia sanitaria, a las prestaciones familiares y a la jubilación, pero mientras se recibe los subsidios de desempleo no se cotiza por la contingencia de jubilación.
Salu2.
Y tAMBIEN, SI CON ESTA PRESTACION, PUEDO SOLICITAR MI TARJETA DE RESIDENCIA PERMANENTE, YA QUE ME TOCA RENOVAR EN UNOS MESES, Y AL NO CONTAR CON TRABAJO, SOLO RECIBO LA PRESTACION EXTRAORDIANRIA,… MUCHAS GRACIAS!.
Para solicitarla es necesario cumplir uno de los siguientes requisitos:
· Haber residido en España de forma continuada durante los últimos cinco años.
· Haber nacido en España, y residir en España durante los tres años anteriores.
· Cumplir la mayoría de edad y haber estado los últimos cinco años a cargo de autoridades españolas.
· Ser beneficiario de una pensión por jubilación o invalidez permanente.
· Ser español de origen y haber perdido la nacionalidad.
· Ser apátrida o refugiado.
· Contribuir de forma destacada al progreso científico, económico y cultural de España.
Salu2.
Hola, se me acabó el paro en octubre del 2009, pedí la ayuda pero me lo negaron porque vivia con mis padres, ahora estoy viviendo en un piso de alquiler con mi novio y queria preguntar si podría pedir de nuevo el subsidio?gracias
Intentalo solicitar, a ver si te lo conceden ahora, aunque creo que estás fuera de plazo para solicitar dicha ayuda.
Pero por intentarlo no se pierde nada.
Suerte.
en caso de trabajar para semana santa podre seguir percibiendo la prestaciòn familiar de los 426 euros o tendrìa que solicitarla de nievo, y en que caos dejarìa de percibirla
gracias
Los subsidios se puede compatibilizar con el trabajo a tiempo parcial, reduciendo en el porcentaje del tiempo trabajado.
También se puede suspendier la ayuda, para ser reanudado una vez que vuelvas a estar parado.
Salu2.
mi ploblema es que no selle la ultima prorroga del subsidio por desempleo el 20 de enero de 2009 y ahora por no haber terminado la prestacion no puedo cobrar la ayuda p.r.o.d.i ¿puedo hacer algo al respecto?
¿No has sellado el subsidio de desempleo?
¿No será la demanda de empleo?
Salu2
pues sera la demanda, pero no cobre los tres meses que me quedaba y tampoco cobrare esto
Pues no lo sé que es lo que no ha sellado…
y… ¿cómo que no has terminado la prestación? ¿Nos lo explicas?
Y ¿por qué no puedes cobrar la ayuda del prodi?
Salu2.
pues para cobrar el prodi es necesario haber agotado el subsidio por desempleo y como yo no selle la ultima prorroga del subsidio (me quedaban 2 meses)
Entoces será que no ha sellado la cartilla del paro o la demanda de empleo cuando le correspondía y le han penalizado.
Pero eso no significa que no pueda solicitar el PRODI.
Acude a INEM, sella la demanda y solicítalo.
Salu2.
la solicite en diciembre y me llego el viernes por ese motivo denegada
¿Pero cuándo supuestamente se te acabó el subsidio o el paro o lo que estabas cobrando?
¿Cuando sellaste la demanda de empleo?
¿Estaba vigente tu demanda de empleo cuando solicitaste el prodi?
¿Estabas dentro de plazo para la solicitud del prodi?
Leete los requisitos y los plazos que están descritos en cada uno de los artículos.
Salu2.
me dieron 21 meses de subsidio que tenia que renovar de 6 en 6 meses y la ultima prorroga no la renove y al no terminarla no puedo ni reclamar esos 3 meses porque ya paso el plazo
Pues lamentablemente para el prodi, también tiene un plazo pasa solicitarlo y me parece que también se te ha pasado.
Salu2.