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13 de agosto de 2009

Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.

El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.

ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud.
  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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3.192 comments to Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

  • Raquel

    Hola.Haber si me podeis ayudar,llevo en paro desde el 2004,con antigüedad desde sep.2006(perdi la antigüedad desde el 2004 porque se me olvido ir a sellar).Tengo 2 niñas de 3 años y 2 meses,estoy casada,mi marido esta de baja y percibe por ella 800e. de ellos 270e.van a una pension alimenticia de una niña de 7 años,esta niña tiene regimen de visitas y tambien convive con nosotros los fines de semana.Es decir somos 5 en casa y tenemos que vivir con algo mas de 500e. teniendo hipoteca,etc…
    Mi pregunta es:yo tengo derecho a alguna ayuda,subsidio,prestacion o algo????

  • ramon

    ola me gustaria saber si me pertenece alguna alluda ya ke ace un par de años ke no cobro nada ya ke no me a salido trabajo fijo como para cotizar la pregunta es tengo 2 niños menores de edad y economica mente no cobro nada y cotizado tampoco solo me salen cachos de uno a 4 dias sacando escombros etc, me podeis alludar en el temita gracias

    • En España existe muchas gente que se encuentran en vuestras situaciones: sin trabajo, sin prestaciones y con hijos. Pero eso no es causa para que os den ninguna prestación o subsidio.

      Para que os concendan alguna ayuda, tenéis que cumplir los requsitos de cada ayuda, y todos los requisitos están publicados en los diferentes artículos que hablan de estas ayudas.

      Hay que verificar si se cumple esta condiciones, en caso afirmativo, tenéis derecho a la ayuda y en caso negativo, sentimos deciros, pero no podéis optar a las ayudas.

      Salu2.

  • buenas

    mi caso es el siguiente:fui a pedir la prorroga del subsudio por desempleo,pero me dijeron que mi padre sobrepasaba el salario minimo.la nomina de mi padre es de 1500 euros al mes,pero vivimos con el mi madre que no tiene ingreso alguno,mi hermana de 17 años que es estudiante y no tiene ingresos y yo que tampoco tengo ingresos,mi pregunta es la siguiente:al estar a vivir del sueldo de mi padre 4 personas el salario minimo no se multiplicaria por 4??es decir 475 multiplicado por 4????muchas gracias

    • La unidad familiar con respecto al subsidio sois: tú, el solicitante y los padres con los que convives: es decir 3 miembros; y por lo tanto superas el límite económico para poderte beneficiar de esta ayuda.

      Lo sentimos…

  • lola

    Hola, me han dado la ayuda prodi pero he recibido una carta pidiendome que entregue el certificado de empadronamiento y las rentas de la unidad familiar. Yo vivo ahora mismo temporalmente con mis padres pero al tener mas de 26 años supuestamente no formo parte de la unidad familiar ya que ellos no pueden ponerme en la declaracion de la renta porque les dicen que yo formo mi propia unidad familiar y no de la de ellos. Entonces mi pregunta es si debo llevar el justificante de mis ingresos solo o también el de mi padre, y que tipo de justificante, ¿la declaracion de la renta o la última nómina?.Me preocupa que me contemplen como unidad familiar junto a mis padres a pesar de ser mayor de 26 años y me retiren la ayuda. Gracias

    • A efecto del PRODI, la unidad familiar está compuesto por el solicitante, su cónyuge e hijos. En caso de carecer de estos, sus padres siempre que convivas con ellos.

      En tu caso, al vivir con tus padres, tendrás que llevar el justificante de los ingresos tuyos y de tus padres.

      Salu2.

  • PATRICIA

    LO SIENTO, CREO QUE NO ME HE EXPLICADO BIEN…QUIERO SABER SI LA AYUDA DE 420 EUROS PUEDE REANUDARSE DESPUES DE UN TIEMPO DE TRABAJO. GRACIAS

  • Ana

    Hola
    Acabe mi prestación contributiva en el mes de enero y despues me concedieron el RODI. Estoy acabando unos estudios y me han concedido una beca en el extranjero de duración de un mes con todo pagado.
    En el Inem me han recomendado darme de baja y dentro de un mes, cuando vuelva, renovar el PRODI y presentar la acreditación de la beca. Me comentan que no tendré ningún problema para cobrarla de nuevo. ¿Es así?.. Gracias, espero que también me lo podáis aclarar.

    • Si ellos te han informado de esa forma, no vemos por nuestra parte que haya ningún problema a este respecto.

      En principio, las base generales de los subsidios establecen unas normas para la suspensión y reanudación de los subsidios y es lo que parece que te han informado

      Salu2.

  • manoli

    Hola, en octubre me concedierona la ayuda familiar de 426 euros por 720 dias. Queria saber que tengo que hacer ahora en abril que se me acaban los seis primeros meses para renovarla, que documentacion hay que aportar, aunque no se si me la aceptaran, mi marido tiene en nomina 1432euros netos y tengo un niño de dos años. Cree que me la concederan?

  • maria

    Tengo 30 años y se me ha terminado el paro, vivo con mis padres pero ellos no me incluyen en la declaracion al ser mayor de 25 años. Tengo derecho al prodi?

    • Tu unidad familiar está compuesto por tí y tus padres.

      Para poder acceder al prodi, la renta bruta de tus padres dividido entre los 3, debe de ser inferior a los 474€, en caso contrario no tienes derecho.

      Salu2.

  • beatriz

    hola mi pregunta es la siguiente tengo 2 niños de 5 años y 4 meses me quedan 2 meses de terminar de cobrar el subsidio e estado 10 meses y no se si esto se prorroga o no ya que me dijeron que eran 2 años y me gustaria saber si sigo teniendo derecho a alguna ayudas mas ya que lo e agotado y si mi pareja trabaja pero yo no estoy casada y con lo que gana el pues no tenemos para todo muchas gracias

  • eli

    buenos dias:
    ahora estoy cobrado el paro que se me acaba en junio mi pareja esta cobrando 950 euros y tenemos un bebe de 1 año mi pregunta es;
    puedo acojerme a la ayuda familiar si tengo una comunidad de bienes con mis 2 hermanas mas y un local que el año pasado estaba en alquiler y ahora ya no

    • En primer lugar, según los datos que nos indicas tienes cargas familiares y por lo tanto puedes solicitar el subsidio de desempleo.

      Para la solicitud del subsidio debes de carecer de rentas, y para ello contabilizará todas las rentas que puedas tener.

      A referencica del local, aunque no está alquilado, te presupone unas rentas, que se ha de incluir como rentas a la hora de solicitar cualquier subsidio. Si dicho bien sólo te pertenece el 50%, sólo tienes que declarar el 50% de las rentas o supuestas rentas.

      Salu2.

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