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13 de agosto de 2009

Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.

El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.

ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud.
  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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3.192 comments to Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

  • facu

    estoy cobrando la ayuda del subsidio hace 3 meses, he encontrado un trabajo de 8 hs a la semana pero por un mes… ahora s eme acaba, seguire cobrando los 3 meses que me quedan del subsidio, o tengo q ir de nuevo al inem? da igual que haya agotado 3 meses de ese subsidio? los 3 restante los cobrare no? a pesar del contrato?

    • Acude a INEM para reanudar el subsidio.

      Cuando es un trabajo a tiempo parcial, el subsidio es compatible con dicho trabajo, siempre que no superes los límites económicos fijados, y lo único es que te quitarían la parte proporcional al tiempo que estés trabajando.

      Creo que no deberías de tener problemas.

      Sallu2.

  • lidia

    Hola buenos dias:

    Ya se me ha acabado la ayuda del prodi y mi ultima paga de los 426 euros me la dan el dia 10 de marzo.

    Hoy he ido al inem y tampoco te dicen mucho.
    Me comentasteis lo de la ayuda RAI y me lo han comentado en el inem tambien ,pero es para 45 años y yo tengo 36 ,soltera y una hija como os comente hace unos dias.
    cuando me meto en internet veo que hay otra ayuda La rmi (renta minima de insercion ) entre 25 y 65 años ,pero ellos me dicen que no saben nada y yo he visto que en madrid lo conceden.

    Yo vivo en valencia capital…..me podeis decir que ayuda puedo solicitar ,ya bien a traves de servicios sociales ,o alguna pag web o bien a traves de la seguridad social.
    Un millon de gracias !!!!!!!!!!!!!!

  • adri

    Hola, buenos días. Hoy presenté la solicitud para la ayuda de 420€. Me dicen que me responden en 4 semanas si me la otorgan o no. Tengo posibilidades de cobrarla si soy soltera, sin hijos y vivo con una hermana? Gracias por la ayuda

  • miguel angel

    BUENAS TARDES HE SOLICITADO LA AYUDA DE LOS 400 YNO SE SI HACE FALTA ESTAR EMPADRONADO EN MI CASA O DONDE MIS PADRES QUE ES DONDE AHORA RESIDO YA QUE TUVE QUE ALQUILAR MI PISO PARA PODER PAGAR LA HIPOTECA
    GRACIAS DE ANTEMANO

    • El hecho no es dónde estás empadronado, sino que seas capaz de demostrar dónde estás residiendo.

      Si resides con tus padres, computará los ingresos de los mismos. Tendrás que sumar todos los ingresos de tus padres y las tuyas (alquiler vivienda, y otros ingresos) y dividirlo entre 3. Dicha cantidad no debe de superar los 474€.

      Salu2.

  • gabriel espi perez

    hola el proximo dia 10 de abril se me termina la rai no la puedo volver a pedir soy minusvalido tengo derecho a esta ayuda muchas gracias

  • Marco

    Mi consulta es la siguiente, yo estaba cobrando el paro y antes de que se me terminara tuve una lesion en la espalda y cobrando el paro tuve que coger la baja eso en fecha 04/04/2009, y estuve de baja por la seguridad social asta el 17/02/2010 , osea que no pude presentar la solicitud porque estaba de baja por lesion asta que se me dio el alta medica el 17/02/2010, fui a presentar la prestacion extraordinaria y se me dijo que si que estaba dentro del plazo establecido , pero con fecha 26/03/2010 me llego una carta del ministerio de trabajo diciendome que se denegaba la solicitud porque no estaba dentro del plazo establecido, pero si yo estaba de baja medica y no se me dio el alta , ¿me corresponde cobrar la prestacion extraordinaria en mi caso? Gracias

    • Presenta la documentación de la baja y realice su correspondiente alegación a la denegación.

      En la notificación le tiene que indicar el plazo que dispone para realizar las alegaciones aportunas.

      Suerte

  • Karen Bautista Albites

    Buenas tardes!! estoy cobrando el subsidio de los 420 euros desde el mes pasado los dias 10 y me ha llegado una carta a casa de la inem diciendome la obligacion de asistir a las 10.30 el dia de hoy para orientacion de empleo, he ido y me han preguntado que que quiero trabajar y yo les he dicho mis opciones!!! y he discutido con esa persona porque me intentaba poner en puestos que nunca trabajaria porque me he formado para otras profesiones. Mi duda y pregunta es: es obligatorio ir a estas citaciones de orientacion o las puedo anular via telefonicaya que me dijo esta persona que me iba a citar otro dia?? y esto afecta al cobro de mis 420 euros. Me hablo de forma amenazante porque no queria aceptar lo que ella me decia!! por favor ayuda …. quiero saber si esto afecta a mi cobro o es una tonteria. muchas gracias por la ayuda y su atencion.saludos

    • Las obligaciones de los perceptores de prestaciones o subsidios son los siguientes.

      – Suscribir y cumplir las exigencias del compromiso de actividad, que supone el deber de buscar empleo activamente y de participar en acciones de mejora de la ocupabilidad que determinen los Servicios Públicos de Empleo competentes.

      – Participar en los trabajos de colaboración social, programas de empleo, o acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

      – Aceptar la colocación adecuada que le sea ofrecida por la oficina de empleo o por la agencia de colocación sin fines lucrativos.

      – Devolver (en el plazo de cinco días) al Servicio Público de Empleo y a las agencias de colocación sin fines lucrativos, el justificante de haber comparecido a las ofertas de empleo facilitadas por aquéllos.

      – Renovar la demanda de empleo en las fechas señaladas.

      Salu2.

  • tamara

    Hola! Me ha llegado hoy una crta pq se me acaba el subsidio de desempleo el 4/03/10 y que podria pedir otra ayuda al finalizar ésta, cumplo todas las condiciones, ya que no toy casada, ni tengo rentas ni vivio con mis padres, pero sigo empadronada en su casa. Llevo 6 meses viviendo con una miga pero solo esta ella en el contrato, puedo pedir esta ayuda? tengo que cambiar el empadronamiento? gracias

    • Tienes que demostrar de alguna forma que vives en casa de tu amiga y no residir en casa de tus padres, ya que en caso contrario computará los ingresos de tus padres, ya que forma parte de tu unidad familiar.

      Salu2.

    • tamara

      si me empadrono bastaría? es que como no estoy en el contrato (pq ella había solicitado ya la ayuda de alquiler y ya se la habían concedido) no aparezco en ninguna factura y no se como puedo demostrarlo. gracias

    • Al menos para deducción de la vivienda habitual el hecho de estar empadronado en un lugar o en otro no influye para determinar en qué lugar está residiendo.

      En el caso de las prestaciones, creo que también puede ocurrir lo mismo. El hecho de empadronarse en un lugar o en otro es un mero trámite y no conlleva nada más.

      Yo para asegurarme el subsidio, además de empadronarme en esta vivienda, cambiaría el titular de algunas de las facturas de los suministros del hogar a tu nombre y de esta forma se podría demostrar feacientemente que realmente resides allí y te haces cargo de los gastos de dicha vivienda.

      Salu2.

    • tamara

      donde puedo conseguir la documentacion?yo la de la prestacion me la descargué por internet,muchisimas gracias,me ha servido de gran ayuda y utilidad

  • gabriel espi perez

    hola el proximo dia 10 de abril se me termina la rai no la puedo volver a pedir ya la he pedido 3 veces soy minusvalido tengo derecho a esta ayuda de los 420€ muchas gracias

    • Según las condiciones del subsidio de los 420€ sólo se pueden beneficiar los que terminan de cobrar las prestaciones de desempleo o el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y 15 de agosto de 2010, y por lo tanto, no entras en este grupo de personasl.

      De todas formas, acércate a INEM y que te informen de tu caso en particular.

      Salu2.

  • FLORERO

    Buenas noches:

    Tengo una duda; Empezé a cobrar el paro desde el 25 de diciembre y terminaré e cobrar el 25 de abril. Por lo que me empadroné el 28 de enero ya pensanado en cobrar la ayuda de los 426 euros.Pero mi duda es la siguiente. Tena que haber estado empadronado antes de cobrar la prestaci´´on contibutiva o tal y como lo hice, esta bien?
    Espero que me haya explicado bien.
    Un saluado y muchas gracias…

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