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13 de agosto de 2009

Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.

El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.

ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Impreso de solicitud.
  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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3.192 comments to Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro

  • Ana M

    Hola,estoy cobrando el subsidio de mayores de 55 años. A mi marido le ha salido un trabajo, que supera el límite de la unidad familiar. ¿Cuando debo de imformar al SEPE, al firmar el contrato o cuando cobre la primera nomina?.Una vez finalizado el contrato, si no hay ingresos que superen el limite de la unidad familiar, ¿Puedo volver a solicitar su reanudación y en que plazo?. En caso de que el contrato de mi marido sea mayor de un año,¿Hay algún problema para volver a reanudarlo? Gracias

    • Al firmar el contrato.

      Una vez terminado el contrato, solicita la reanudación de la ayuda.

      Dispones de 1 año para solicitar dicha reanudación. Lo has de solicitar nada más cambiar de nuevo la situación.

      Una vez pasado 1 año ya no se podría pedir la reanudación y tendrías que pedir una nueva ayuda y por lo tanto te exigen perder un empleo de forma no voluntaria y generar derecho a un subsidio.

      Salu2.

  • roger lopez rivas

    tengo 57 años nunca he cotizado a la Seguridad social.nunca he cobrado el paro porque nunca he tenido contratos siempre he trabajado en casas .ahora llevo un mes anotado en el paro. vivo con mi hermana que tiene una carga familiar de 3 hijos y no tiene marido .yo soy amo de casa y hago labores de la casa puedo solicitar el PRODI o el RAI?

  • Atanas Paspalev

    tengo 47 sin familia , (163 dias cotizado,Gropo de Cotizacion 10 Contrato Tipo 401-Temporal Profesion Codico 9602) 28.01.2014—-09.07.2014 desde mes aufgosto 2014, cada 4 mes firmar Servef olvidado que tengo cita para 04.12.2015 joy fiesta todo cerrado, cero preguntar que futuro tengo gracioas a todos…

  • francesc

    Hola buenas,tengo 61 años, soy trabajador autonomo y llevo dos meses en el paro.Somos en casa tres personas y solo trabaja mi hija de 32 años, cobrando 1100 € al mes.
    Podré solicitar el RAI al cabo de un año sino encuentro trabajo, ya que la única entrada de dinero es por parte de mi hija ?
    Gracias de antemano
    Un saludo

  • Jaime

    Estoy cobrando un subsidio por cotización insuficiente de 213€. Si me contratan por una jornada laboral de 8 horas,y termino ese contrato sin tener derecho a paro, y vuelvo a solicitar un subsidio ¿Cual me conceden el que tenia antes, de 213€ de media jornada o el de 426€ por la jornada completa de 8 horas del ultimo contrato?

  • BAL

    HOLA MI MARIDO Y YO NO ESTAMOS TRABAJANDO, TENEMOS UN BEBE DE 8 MESES,MI PREGUNTA ES, TENGO DERECHO A ALGUNA AYUDA?SE TENGO AONDE TENGO QUE IR?

  • mihaela

    Hola actualmente estoy desempleada sin cobrar ningún subsidio.Mi marido cobra la ayuda de 426 euros para mayores de 52 años. Se considera que tengo cargas familiares? y en ese caso puedo solicitar algún tipo de ayuda. Gracias

  • jose

    hola yo cobro una pension por enfermedad total de 414.70 no tenemos trabajo ni mi mujer ni yo tengo mi hija menor¿ tiene mi mujer derecho a una ayuda?gracias

    • ¿Habéis cotizado recientemente? ¿Tenéis más de 45 años?

      NO indicas casi nada, así que no se te puede decir si tendrás derecho a alguna ayuda del SEPE, vete a sus oficinas que conocen tu situación familiar y laboral y podrán decirte algo.

      Si no tuvierais derecho a nada del SEPE, podrías preguntar en la Comunidad Autónoma si dan la Renta Social.

      Salu2.

  • Maria Jose

    Hola mi marido y yo estamos cobrando el subsidio el de 426 y yo de 213 tengo un hijo de 25 años que ha empezado a trabajar hace unos meses,me ha llegado una carta conforme he de devolver una cantidad de dinero por haber pasado el minimo.Quisiera saber si yo devuelvo ese dinero, a mi marido le puedes quitar su subsidio.
    Gracias

    • Me temo que si tu incumples los requisitos, tu marido le va a ocurrir lo mismo.

      El tema es saber la razón… posiblemente los nuevos ingresos de su hijo o por no comunicar los nuevos ingresos de su hijo.

      Salu2.

  • francisco martinez martinez

    he estado cobrando el paro, de 4 meses, mi pregunta es si tengo derecho a cobrar 6 meses de subsidio despues gracias. estoy soltero y no tengo cargas familiares. gracias

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