El gobierno aprueba una prórroga (20/07/2010) del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro o que han dejado de percibir el subsidio de desempleo entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011.
El subsidio sólo se puede percibir durante un plazo máximo de 6 meses no prorrogables.
ÚLTIMA HORA: ZP anuncia que no habrá nueva prórroga del PRODI
¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?
- El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2010 (ambos inclusive)
- Carecer de ingresos propios superiores a 530,70 euros mensuales (75% del SMI 2017).
- Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,70 euros mensuales (para 2017). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
- No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
- No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
- Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.
Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.
¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?
Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.
¿Qué documentación hay que presentar?
- Impreso de solicitud.
- Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
- Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.
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hola,estoy cobrando una PNC,me gustaria saber si puedo pedir el subsidio,pues ya tengo 6 meses asegurado,me han comentado que con la PNC no es posible pues el sepe te lo concede pero la JUNTA DE ANDALUCIA,que no es compatible,gracias
Si te conceden el subsidio, te suspenden la PNC.
Salu2.
hola,me gustaria saber si puedo solicitar alguna ayuda que sea compatible y no me suspendan la PNC,yo tengo una PNC,GRACIAS
Me temo que del SEPE, nada.
tengo 45, 163 dias cotizado, 1 ano firma servef. que posibilidat tengo para subsidios gracioas a todos
Te falta muy pocos días para cobrar un subsidio de desempleo (17 días).
Al tener 45 años, pdráis intentar pedir la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2
Me han comentado que existe una ayuda para madres divorciadas con hijos a cargo. Saben algo de eso?
Existe una deducción para familias monoparentales:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2015/02/26/el-gobierno-amplia-la-ayuda-de-1-200-euros-a-las-familias-monoparentales-con-2-hijos/
Salu2.
Me.gustaria saber cuanta porroga hay para el subsidio,osea cuantos meses,gracias ,despues de cobrar 18 meses de paro
Sólo 6 meses de ayuda.
Las prórrogas es para que los nuevos parados puedan seguir pidiendo la ayuda, que es de existencia temporal.
Salu2.
ola me gustaria saber si estar dado de baja por la mutua asepeyo vale para cobrar la ayuda, estube dado de baja 3 meses, ni estoy dudando si me vale para coger luego la ayuda de los 426 euros gracias.
Si era una baja médica, sí. Durante una incapacidad temporal, ese tiempo cuenta como tiempo cotizado, siempre que el contrato no haya finalizado.
Salu2.
Hola de nuevo, me refería a la ayuda de 426 € RAI
La RAI no es compatible con la PNC.
Mientras se cobra la RAI se suspende la PNC.
Salu2.
Hola, soy autonoma, tengo 55 años y estoy de IT
podre acceder a algun tipo de subsidio o ayuda al finalizar la IT al no tener ningun tipo de ingreso y no seguir teniendo mi negocio?
no podre seguir pagando autonomos, que ocurre si me doy de baja?
Gracias de antemano por la respuesta !!
Lo siento, los autónomos por desgracia no pueden acceder a los subsidios.
Si te das de baja, dejas de cotizar a la Seguridad Social y «pones en riesgo» tu pensión de jubilación.
Salu2.
Vaya….al final todo son desventajas por ser autonomos 🙁
Gracias por la respuesta
Sí, los autónomos están un poco mal tratados… y eso que son los mayores generadores de empleo y de riqueza en este país
Salu2.
Ola tengo 49 años he cotizado 14 años en españa hace 2 meses y medio me quede sin faena quisiera saber si puedo tener derecho a una pension no contributiva
La PNC se otorga a los jubilados e inválidos de más de 65% si no tiene ingresos.
NO veo que sea ninguno de los 2 grupos de personas.
¿Has pedido la RAI?
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.