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2 de julio de 2009

Consecuencias del impago de las cuotas de la Hipoteca

Antes de dejar de pagar las cuotas de la hipoteca conviene saber qué otras opciones alternativas habría, cómo negociar con el banco una flexibilización de las condiciones o sino, qué consecuencias tendría el impago o la inclusión de sus datos en los Registros de morosidad.

¿Qué ocurriría si nos retrasamos en el pago de las cuotas hipotecarias?

Si el cliente se retrasara en el pago de las cuotas, tendría que abonar a la entidad de crédito los denominados intereses de demora, cuyo tipo suele ser muy superior al de los intereses ordinarios, con lo cual la deuda aumentaría cada vez más. En las escrituras del préstamo debe figurar la forma de calcular los intereses de demora.

Y por otro lado, las entidades podrían cobrarle una comisión por reclamación de cuotas impagadas, cuyo importe estará también recogido en la escritura de la propiedad.

Inclusión en los Registros de morosidad

En caso de impago, las entidades financieras notificarán a los Registros de Morosidad (ASNEF – Asociación Nacional de Entidades de Financiación, RAI – Registro de aceptaciones impagadas..) las cuotas impagadas y los datos de los clientes que estén en esta situación de impago. A su vez, las entidades habrán de informar de ello también, a la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE).

No obstante, aunque siempre cabe la posibilidad de rehabilitar el préstamo abonando los importes pendientes y poniéndose al día en su pago, una vez incluidos sus datos en estas “listas negras” salir es bastante complicado, por los siguientes motivos:

  • El retraso en la actualización de los datos de todo este tipo de ficheros
  • Errores u omisión de datos en las peticiones de cancelación o rectificación.
  • Muchas veces no reflejan la situación real del moroso, ya que no distinguen entre un moroso habitual o uno ocasional.
  • En ocasiones por error no notifican al afectado su inclusión en el fichero.
  • O mantienen los datos por un período superior a los 6 años, que es el plazo máximo que fija la ley.

Y mientras permanezcan sus datos incluidos en estas bases de datos de morosidad, independientemente de cual sea la cantidad adeudada, le será muy complicado o imposible solicitar ningún préstamo, ya sea para la compra de un coche, que es bastante habitual, pedir un préstamo personal, ser avalista, etc.

¿Cómo recuperará entonces la entidad financiera el dinero adeudado?

En los casos de impago, la entidad financiera podrá intentar recuperar la cantidad pendiente de cobro mediante la venta del bien hipotecado, siguiendo el procedimiento de ejecución hipotecaria establecido en la Ley de

Enjuiciamiento Civil o sino, el procedimiento ejecutivo extrajudicial –con intervención de notario- previsto en la Ley Hipotecaria.

¿Qué alternativas habría para evitar el embargo?

El cliente siempre debe conocer que para las entidades financieras quedarse con la vivienda o propiedad del cliente sería su último recurso, pero solamente porque intentar que el cliente efectue el pago es lo más rentable para su beneficio.

Cuando el cliente tiene dificultades para el pago de las cuotas hipotecarias, lo más beneficioso tanto para el banco como para la persona hipotecada es negociar de forma personalizada la manera de flexibilizar las condiciones con el fin de que el cliente pueda hacer frente a su deuda.

Algunas de las medidas que puede negociar con su entidad financiera son por ejemplo:

  • Alargar el plazo del préstamo para abaratar las cuotas.
  • Contactar con entidades que refinancian la deuda o reunificar los pagos.
  • Asesorar al cliente en la venta del piso y así que se pueda hacer en buenas condiciones y sin las cargas de un procedimiento hipotecario.

¿Qué procedimiento siguen los bancos en caso de impago?

En general, cuando se produce impago de las cuotas hipotecarias, el banco intenta ponerse en contacto con el cliente antes de nada mediante llamadas telefónicas, cartas, emails, sms, etc, con el fin de reclamar la deuda impagada. En general, estas notificaciones comienzan cuando el cliente tiene una cuota impagada de más de 15 días y suele terminar cuando lleva entre 90 y 120 días con cuotas impagadas.

Si el cliente no respondiera a estas notificaciones, el cliente pasaría a formar parte de los Registros de morosos (RAI, ASNEF, CIRBE, etc..)

Si todas las negociaciones por con el cliente no son suficientes y sigue existiendo el impago, el banco procederá entonces a realizar la reclamación del mismo, poniendo la correspondiente denuncia judicial. Dependiendo de la zona geográfica, este procedimiento puede tardar entre 8 y 18 meses. Transcurrido este plazo, el juez declarará el embargo de la vivienda, que en muchos casos, suele pasar a ser subastada por el banco.

Sin embargo, en septiembre del 2004 entró en vigor la nueva Ley Concursal, mediante la cual, las personas físicas pueden acogerse a un procedimiento similar a la conocida suspensión de pagos o quiebra que normalmente se aplica a las empresas que no pueden hacer frente a sus pagos, concurso de acreedores. Debido a esta ley, ha habido ya algún caso en el que el juez ha procedido a aplicar la suspensión de pagos en declaraciones de insolvencia, y por ello la vivienda no fue finalmente embargada y el banco tuvo que acordar con el cliente la forma para lograr el cobro.

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111 comments to Consecuencias del impago de las cuotas de la Hipoteca

  • max

    hola buenos dias , me pregunta es, mi mujer y yo nos encontramos en paro y el banco nos a concedido carencia de 2 años solo estamos pagando los intereses del capital y al terminar los 2 años, nuevamente nos a concedido 2 años mas pero ya no podemos seguir pagando ni los intereses,que es lo que debo hacer? mandar un documento al banco en lo cual diga que no puedo seguir pagando,o solo dejo de pagar y atenerme a las cosecuencias., gracias por la respuesta

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  • Jorge

    Hola, mi problema es el siguiente:

    Tengo una hipoteca i un credito hipotecario, la hipoteca la tengo al dia, pero el credito no,el otro dia me dijeron que alquile la casa a algun familiar, con un contrato a 50 años o mas, con una cuota de 5 o 10 euros/mes,mientras el inquilino pague no pueden echarlo?

    Gracias.

  • Melgem Hadad de la Rosa

    Tengo 67 años y un contrato hipotecario en donde dice una clausula que después de 64 años 11 meses ya no puede aplicarse es de incapacidad total y absoluta. pero resulta que yo a la edad de 63 años me detectaron un tumor canceroso en el colon muy grande , y quede incapacitado para laborar soy pensionado por el issste pension muy baja $1700.00 pesos por mes hable con personal del banco y me dijeron que ya no se podía aplicar esa clausula por mi edad pero lamentablemente nunca me di cuenta de esa clausula me dedique a salvar mi vida.y aun así vendiendo cosas personales estuve pagando la hipoteca pidiendo que me bajaran los pagos y me alargaran el tiempo con un deudor solidario solidario por eso de mi edad y no me hicieron caso todo este año no e podido pagar y estoy demandado judicialmente por el banco, el crédito es a 15 años de los cuales e pagado durante 7 años 1/2 aprox. puedo hacer algo soy de torreon mex el banco es Banamex. denme su consejo por favor . no se que hacer Gracias (el credito fue por $600,000 y debo con los meses de este año mas intereses 380,000.00 estuve pagando antes algo a capital segun yo para que me bajaran las mensulidades y poder pagar)

  • ALBA

    Tenemos una hipoteca con Ibanesto, siempre hemos pagado bien pero cuando nos quedamos sin trabajo mi esposo y yo avisamos al bco que no podiamos hacer mas frente al pago de la vivienda, nos dijeron que nos lo alludarian a vender y les enviamos los papeles que nos solicitaron pero no hicieron nada, consultamos con una abogada y nos redacto una carta para que el bco acepte el piso en dacion de pago. nos dijeron que si y nos pidieron papeles que enviamos, despues nos dijeron que teniamos que pagar una cuota por que debiamos 3 para seguir el procedimiento, nos quedamos sin lo del mercado de ese mes y procedimos a pagar, despues de un mes sin resultados nos dicen que tenemos que pagar otra cuota por que si no detienen el proceso, si supuestamente el proceso ya esta iniciado y no podemos hacer frente a mas pagos seria logico, que siguiera el proceso, ahora nos amenazan con embargarlo y con ponernos en la lista de morosos. que podemos hacer. muchas gracias por la informacion.

  • ibana

    Hola;
    Creo que tenemos un problema bastante gordo, a ver si nos lo pueden aclarar.
    Mi suegra, puso de herederos a sus 3 hijos. El mayor, se compró una vivienda y ellos lo avalaron con ese piso.
    Ahora mi cuñado se ha separado, no tiene trabajo y es la ex mujer la que vive en ese piso. de momento ella está pagando, pero dijo que si en algun momento no podia, que no pagaría, y la verdad es que su situación tambien está complicada.
    Mi pregunta es: Si dejan de pagar la hipoteca, pueden llegar a embargar las cuentas de los otros dos hermanos??? O se quedarian con los dos pisos y ya está???
    Esque en una ocasión, no pagaron un par de mensualidades y les llegó una carta a los 4, mi suegra, mi marido y mis cuñados. En la carta les avisaba del impago y del importe que debían.
    Qué les puede pasar? Como se puede solucionar el problema?

  • mercedes

    yo compre un piso a medias con una chica el trabajo iva muy bien i hicimos una hipoteca puente con 12 meses de carencia pasaron los meses la primera vivienda no se vendio i no pude hacer frente a las dos hipotecas asi q hable con el banco no m dieron solucion no pude pagar y embargaron la primera vivienda. a los meses rompi relacion con mi pareja y ella decidio quedarse la segunda vivienda dicendome q le dejara un tiempo para reunir dinero para poder pagar los gastos de cambio de nombre yo acepte y hace unos meses recibo una yamada de el banco que estan en proceso de embargo por impago. hoy 8-10-12 me ha llamado mi jefe q le ha llegado una carta de embargo. de 13000 euros que en la carta vienen yo y dos personas mas ( mi ex-pareja y su hermana). que me va a pasar? eso debo de pagarlo todo yo?si pago eso me quedo limpio? cuanto me pueden embargar de la nomina?como debo de hacerlo

  • Jorge

    Hola,

    Tengo una casa donde vivo. Estoy en carencia pero ya ni así la puedo pagar. Pago 1600 Euros en carencia(3200 sin carencia)
    Tengo también un pequeño piso con hipoteca en la misma entidad. pago 500 Euros pero lo tengo alquilado y me pagan 500 Euros.
    Quiero hablar con el banco a ver si aceptan la dación en pago de al menos la casa o de lo contrario tendré que dejar de pagar y su consecuente embargo de casa y embargo de parte de mi nómina.
    Mi temor es que tengo una pequeña empresa (una S.L.) y mi nómina es de 750 Euros. Me quitarán una pequeña parte ya lo sé…y como la deuda que quedará es enórme, seguramente tendré la nómina embargada el resto de la vida. La empresa va muy mal y la mayoria de meses ni puedo cobrar la nómina.
    Mi pregunta es si de mi nómina de 750 (me quitarán unos 107 euros) pero si aún así consigo ahorrar algo, aunque sea 100 Euros al mes. Me pueden embargar este ahorro?

  • rosa

    Mis padres no pueden hacer frente al pago de la hipoteca y de un credito k tienen aparte mi pregunta es podriamos hacer una ofertaq de compra de la casa entre los hermanos por el valor de la hipoteca pendiente y del valor del credito.k gastos supondria?gracias.

  • Daniel

    ¡Hola!
    Tengo una hipoteca desde hace 8 años por un importe de 260.000€ el 80% del valor de tasación de entonces, me quedan 210.000€ de capital y 22 años por pagar, siendo le valor de mercado actual de la misma superior aún a esa cifra. Las condiciones son muy buenas, pagando un 0.5% de diferencial.
    Por otra parte tengo una SL con otros socios y necesitamos recapitalizar la sociedad y uno de los medios será mediante aportación por parte de los socios.
    Por este motivo he ido a pedir una carencia de capital de 12 a 24 meses al banco (Bankia) que no me pone ningún impedimento, pero pretende cambiarme las condiciones al 2%, lo que me parece inaceptable considerando que no hay ampliación de capital, el valor de la vivienda sigue siendo superior al capital y no existe ningún impago, lo que, en mi opinión no debería de merecer un diferencial como el que se aplicaría a una nueva hipoteca. Mi interlocutor en el banco está de acuerdo conmigo y, dice, que así lo hará constar en comité para su valoración, pero no me fío de que mejoren su oferta.
    Quizás sea una burrada, pero me planteo la posibilidad de presionar jugando a dejar algún recibo sin pagar, abonarlos y volver a repetir la jugada, habida cuenta que los intereses de demora serían de euribor +4% de la cantidad adeudada lo cual, aplicado a un número determinado de recibos siempre sería un importe muy inferior a una subida del diferencial como la que me ofrecen prolongada durante 22años. ¿Es una locura o bien medido podría ser una alternativa?
    Gracias de antemano por su tiempo y su atención.
    Saludos.

    • Yo creo que no deberías de hacer eso…

      Por otro lado las condiciones que te dan son inaceptables… no figura en tu hipoteca la posibilidad de una carencia?

      Salu2.

    • Daniel

      ¡Hola,
      No, no hay posibilidad de carencia recogida en el contrato. Hoy me han confirmado que comité ratifica esas condiciones y la alternativa que proponen es un crédito personal… Básicamente su oferta es una carencia de capital por un valor de 7000 a 14000€ (1 o 2 años) a cambio de un incremento de intereses de unos 40.000€ en 22 años que quedan por pagar. ¡Negocio redondo! Cualquier otro préstamo es más beneficioso. Iré buscando otro banco para cancelar la cuenta de Bankia y pedir ese préstamo a otra entidad.
      Gracias de nuevo.
      Saludos.

  • Rafael

    Hola, tengo una empresa hotelera que está al corriente de pago.la empresa es de mi mujer y míay compramos una casa en estadoen ruinas, la he arreglado pero no puedo pagar la hipoteca de la compra de la casa.La empresa la tengo al borde se suspensión de pagos.alguién me puede orientar.
    gracias.
    saludos

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