El pago único constituye una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia, o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales en funcionamiento o de nueva creación.
14 de Marzo de 2015: El Gobierno ha anunciado la eliminación del límite de edad para capitalizar el 100% de la prestación por desempleo para iniciar una actividad. Y los autonómos podrán seguir beneficiándose de la tarifa plana a la Seguridad Social aunque contraten.
22 de Febrero de 2013: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, permite mayor flexibilidad para capitalizar el desempleo e incluso permite compatibilizar la prestación de desempleo con el alta en autónomos
20 de Febrero de 2012: La nueva reforma laboral 2012 permite la capitalización del 100% de la prestación de desempleo.
¿Quién puede solicitar el pago único?
Los perceptores de la prestación contributiva por desempleo que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar desempleado, lo que supone que en el momento de presentación de la solicitud de pago único no haya iniciado la actividad para la que se solicita el derecho ni figure de alta en la Seguridad Social.
- Ser perceptor de una prestación de desempleo de nivel contributivo por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral.
- No estar en un Expediente de Regulación de Empleo de suspensión o reducción de jornada, ni mantener la condición de trabajador fijo discontinuo en una empresa.
- Tener, al menos, 3 meses de prestación pendientes de percibir.
- No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud del derecho que ahora pretende.
- Que la actividad profesional que va a desarrollar y para cuyo inicio solicita el pago único sea una de las que a continuación se indican:
- Inicio de una actividad como trabajador por cuenta propia o autónomo.
- Constitución de una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal).
- Incorporación a una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal)
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho, y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.
¿Qué ayudas puede obtener? ¿Cuál es su importe?
Existe 2 forma de capitalizar el desempleo y compatible entre sí.
- Inversión inicial o pago único de hasta el 100% de la prestación:
- Emprendedores de cualquier edad: pueden capitalizar hasta el 100% de su prestación (Hasta marzo de 2015 sólo podían capitalizar hasta el 100% los Jóvenes: hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años)
- Personas con discapacidad superior al 33%: Pueden capitalizar el 100% de su prestación
- Otros: Pueden capitalizar hasta el 60% del paro pendiente para alta en autónomos o hasta el 100% para el pago de la cuota de admisión en una cooperativa o sociedad laboral anónima o de responsabilidad limitada, existente o de nueva creación.
- Cuotas de autónomo: Sirve para sufragar las cuotas de autónomos por el resto del desempleo no capitalizado para la inversión inicial.
Tened en cuenta que si no requerís inversión inicial, podemos solicitar el 100% para las cuotas de autónomo.
¿ Dónde y cuándo debe presentar la solicitud de pago único?
- En su Oficina de Empleo, conjuntamente a la solicitud de alta inicial o reanudación de la prestación contributiva por desempleo o en cualquier momento posterior, siempre que no haya tramitado el alta en Seguridad Social ni iniciado la actividad.
- En la solicitud de pago único, debe hacer constar las modalidades de pago único que solicita en función de la actividad que pretende desarrollar, y la renuncia a aquellas que no solicita.
- La solicitud del abono en todo caso deberá ser de fecha anterior a la fecha de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral, o a la de constitución de la cooperativa o sociedad laboral, o a la de inicio de la actividad como trabajador autónomo.
- Si el trabajador hubiera impugnado el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo, la solicitud deberá ser posterior a la resolución del procedimiento correspondiente.
- No obstante, podrá modificar los términos de la solicitud inicialmente presentada, siempre que lo haga antes de que se le haya notificado la concesión del derecho solicitado. Para ello debe presentar nueva solicitud de pago único, en la que conste que desiste de la anterior, cuáles son las modalidades de pago único que ahora solicita y a cuáles renuncia, y aportar la documentación que no figure en el expediente necesaria para su tramitación
¿Y qué pasa si el negocio no funciona, tengo que devolver algo?
Puedes darte de baja sin problemas, y no tienes que devolver absolutamente nada.
De hecho, si te queda prestación sin capitalizar podrías solicitar el pago del mismo siempre que:
- Por regla general no haya trascurrido 2 años desde el inicio de la actividad.
- Para menores de 30 años no haya trascurrido 5 años desde el inicio de la actividad.
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hola tengo una cuestion a ver si me podeis ayudar, quiero pedir el pago unico para poner una empresa y la inversion que tengo que realizar es menor al 60% de lo que me queda de paro como puedo hacer para tener liquidez osea no gastarme el 60% pero si me lo den facturas de compras y luego devolverlo no se si me podeis ayudar lo agradeceria graciasss
La subvención es exclusivamente para la inversión inicial.
Si le sobra dinero o adquiere más bienes de inversión o lo perderá, no se puede quedarse con el dinero de la ayuda.
Lo que pretende hacer es un fraude.
Salu2.
buenas creo que no me explique bien la otra consulta
yo me quiero ir definitivamente para buenos aires.soy español. me queda un año y medi de paro y quisiera cobralo todo junto para poder irme para alla, cual es la solucion que tendria que tomar . ante todo muchas gracias por sus respuesta
Pues creo que no se puede…
Consúltalo en INEM o al teléfono de atención al ciudadano: 901 11 99 99.
Salu2.
si defraudar es que se queden con mi paro… en fin para los autonomos que no montamos una tienda sino un despacho esto no vale pa na ya que la inversion es minima pero para sobrevivir necesitas liquidez
Nadie le obliga a crear la empresa, existen unas reglas, si lo quiere lo toma y si no, continue en el paro y le pagará íntegramente todo el dinero que le corresponde del paro.
Por otro lado, el dinero que no consuma de su paro en el pago único, en el caso de que su negocio no funcione bien y estuviera obligado a cerrar, tendría derecho a retomar las prestaciones de desempleo.
Salu2.
Pues asi no fomentamos la creacion de negocios preo bueno es mi opinion, si todo el mundo se quedara en el paro viendo pasar mes tras mes el desastre de pais que estamos creando nos iriamos todos debajo de un puente pero vamos sigue siendo mi humilde opinion
Las reglas están hechas para cumplirlo…
También les gustaría los que encontrase trabajo, le dieran en un pago único todo el dinero del paro pendiente para sus gastos.
El pago único es para fomentar el autoempleo: cubriendo todo lo posible la inversión inicial para el arranque de un negocio. En tu caso, lo cubre en su totalidad.
Salu2.
tengo una consulta expertos he pedido la capitalizacion del pago y en elementos informaticos puse tres ordenadores por valor de 3000 euros ahora me he dado cuneta que solo necesito dos puedo devolver uno al que los compre, tengo que justificarlo al paro que debo hacer gracias
Si ya ha entragado las facturas, en principio no creo que le pida explicaciones, pero de todas formas le recomendaría que gastara ese dinero en cualquier otro elemento informático para su negocio que fuera a necesitar.
En caso de no haber entregado aún las facturas, tendrá que hacer dicho gastos igualmente adquiriendo otro elemento informático, ya que en caso de no hacerlo, INEM le solicitará la devolución de esa parte del dinero no gastado.
Salu2.
si ya las he entregado por eso pregunto si digo algo, si me callo, me pueden buscar las vueltas o que, la verdad me vendria muy bien en dinero cash
El problema es que si devuelve el producto, el proveedor anulará la factura y por circunstancias de la vida, INEM investiga tu solicitud y comprueba que esa factura está anulada: te podría reclamar todo el dinero por fraude.
Sin embargo, si puedes justificar que has cambiado el ordenador por otra cosa, supongo que no habrá mayor problema.
Salu2.
He llamado esta mañana al SEXPE, y me han indicado que la reiniciación en el cobro de la prestación por desempleo es con fecha del día siguiente a solicitar la reiniciación. Indicarte que solicité la capitalización con fecha 17 de Febrero y la reintegré con fecha 16 de Abril por no poder poner en marcha el negocio. En ningún momento me he dado de alta como autónomo. Hace unos dias me dijiste que tenía derecho a cobrar desde la fecha que solicité la capitalización, y estos del SEXPE dicen que desde el día siguiente a la reiniciación. ¿ que hago ?
El derecho al paro lo tiene desde el primer día que se quedó sin trabajo.
Cuando solicitó el pago único, éste se suspendió, y según a mi entender, realmente no fue así, ya que en ningún momento se ha dado de alta en autónomos.
De todas formas, aunque no cobres los días desde la fecha de solicitud hasta la fecha de reiniciación, sigue conservando el mismo tiempo de paro que tenía.
Es decir, que cobrará durante el mismo tiempo el paro, sólo que 2 merses más tarde.
Salu2.
buenas tengo una duda voy a pedir el pago unico para montar un negocio si mi hermana me adelanta el dinero para comprar accesorios que voy a necesitar una vez que presente el estudio si me lo aceptan pasa algo si las facturas son antes de que me acepten el pago unico gracias
Las facturas tienen que ser DESPUÉS de la solicitud, pero puede ser ANTES de que te acepten la capitalización y el pago del importe.
Salu2.
Me han ingresado el pago unico por valor de 16.000 € y presente una inversion por valor de 60.000. Ayer llame al telefono del ministerio desde donde venia la carta y pregunte por el importe que tengo que entregar las facturas porque todo el mundo me ha dicho que es sobre los 60.000€ que presente en la memoria de Inversion y ellos me dicen que soble los 16.000 € que he recibido. Alguien me lo puede aclarar.Gracias
Según me informé en su día, a mí me dijeron que se ha de presentar las facturas correspondientes a la solicitud realizada: los 60.000€.
Por esa razón, siempre recomiendo que se haga una memoria de inversión ajustada a lo que posiblemente te darían de capitalización, ya que si te excedes en la inversión no pasa nada, pero si te quedas corto, te piden la devolución de la parte proporcional no gastada.
Salu2.
hola me gustaria sabersi cuando solicitas el paro unico como autonomo solo puedes luego meter un socio contigo gracias
Una vez concedida la ayuda, después puedes hacer lo que quieras con tu empresa.
Salu2.