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9 de junio de 2009

Capitalización o pago único de la prestación por desempleo

El pago único constituye una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia, o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales en funcionamiento o de nueva creación.

14 de Marzo de 2015: El Gobierno ha anunciado la eliminación del límite de edad para capitalizar el 100% de la prestación por desempleo para iniciar una actividad. Y los autonómos podrán seguir beneficiándose de la tarifa plana a la Seguridad Social aunque contraten.

22 de Febrero de 2013: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, permite mayor flexibilidad para capitalizar el desempleo e incluso permite compatibilizar la prestación de desempleo con el alta en autónomos

20 de Febrero de 2012: La nueva reforma laboral 2012 permite la capitalización del 100% de la prestación de desempleo.

¿Quién puede solicitar el pago único?

Los perceptores de la prestación contributiva por desempleo que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar desempleado, lo que supone que en el momento de presentación de la solicitud de pago único no haya iniciado la actividad para la que se solicita el derecho ni figure de alta en la Seguridad Social.
  • Ser perceptor de una prestación de desempleo de nivel contributivo por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral.
  • No estar en un Expediente de Regulación de Empleo de suspensión o reducción de jornada, ni mantener la condición de trabajador fijo discontinuo en una empresa.
  • Tener, al menos, 3 meses de prestación pendientes de percibir.
  • No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud del derecho que ahora pretende.
  • Que la actividad profesional que va a desarrollar y para cuyo inicio solicita el pago único sea una de las que a continuación se indican:
    • Inicio de una actividad como trabajador por cuenta propia o autónomo.
    • Constitución de una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal).
    • Incorporación a una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal)
    • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho, y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.

¿Qué ayudas puede obtener? ¿Cuál es su importe?

Existe 2 forma de capitalizar el desempleo y compatible entre sí.

  • Inversión inicial o pago único de hasta el 100% de la prestación:
    • Emprendedores de cualquier edad: pueden capitalizar hasta el 100% de su prestación  (Hasta marzo de 2015 sólo podían capitalizar hasta el 100% los Jóvenes: hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años)
    • Personas con discapacidad superior al 33%: Pueden capitalizar el 100% de su prestación
    • Otros: Pueden capitalizar hasta el 60% del paro pendiente para alta en autónomos o hasta el 100% para el pago de la cuota de admisión en una cooperativa o sociedad laboral anónima o de responsabilidad limitada, existente o de nueva creación.
  • Cuotas de autónomo: Sirve para sufragar las cuotas de autónomos por el resto del desempleo no capitalizado para la inversión inicial.

Tened en cuenta que si no requerís inversión inicial, podemos solicitar el 100% para las cuotas de autónomo.

¿ Dónde y cuándo debe presentar la solicitud de pago único?

  • En su Oficina de Empleo, conjuntamente a la solicitud de alta inicial o reanudación de la prestación contributiva por desempleo o en cualquier momento posterior, siempre que no haya tramitado el alta en Seguridad Social ni iniciado la actividad.
  • En la solicitud de pago único, debe hacer constar las modalidades de pago único que solicita en función de la actividad que pretende desarrollar, y la renuncia a aquellas que no solicita.
  • La solicitud del abono en todo caso deberá ser de fecha anterior a la fecha de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral, o a la de constitución de la cooperativa o sociedad laboral, o a la de inicio de la actividad como trabajador autónomo.
    Si el trabajador hubiera impugnado el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo, la solicitud deberá ser posterior a la resolución del procedimiento correspondiente.
    No obstante, podrá modificar los términos de la solicitud inicialmente presentada, siempre que lo haga antes de que se le haya notificado la concesión del derecho solicitado. Para ello debe presentar nueva solicitud de pago único, en la que conste que desiste de la anterior, cuáles son las modalidades de pago único que ahora solicita y a cuáles renuncia, y aportar la documentación que no figure en el expediente necesaria para su tramitación

¿Y qué pasa si el negocio no funciona, tengo que devolver algo?

Puedes darte de baja sin problemas, y no tienes que devolver absolutamente nada.

De hecho, si te queda prestación sin capitalizar podrías solicitar el pago del mismo siempre que:

  • Por regla general no haya trascurrido 2 años desde el inicio de la actividad.
  • Para menores de 30 años no haya trascurrido 5 años desde el inicio de la actividad.

>> Ver más ayudas a emprendedores

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623 comments to Capitalización o pago único de la prestación por desempleo

  • miriam

    mi marido solicito el pago unico y lo cobro para darse de alta como autonomo transportista. entro a formar parte de una cooperativa y ahora por problemas fiscales tiene que modificar el autonomo y pasaria de transportista a conductor, o sea, el mismo trabajo con distinto nombre y seguiria como autonomo. nuestra duda es, tenemos que devolver el dinero?

    • Una vez concedido el pago único y justificado la inversión inicial, independientemente del tiempo de permanencia del negocio, cambio de actividad, no hay que devolver nada.

      Salu2.

  • sergio

    hola voy a solicitar el pago unico para montar un negocio de alimentacion mi pregunta es que tipo de estudio tengo que presentar papeles etc gracias

    • Básicamente lo que necesitas es:

      Una memoria del negocio con los ingresos previstos anuales y los gastos.

      Haz un presupuesto de la inversión inicial que necesitas para que el negocio comience a funcionar, y solicitar facturas preforma a los posibles proveedores.

      Rellenar el formulario de solicitud que INEM te facilita.

      Ten en cuenta que una vez que presentes la solicitud, los gastos que vayas a hacer se tiene que ejecutarse al menos por el momentante y conceptos a lo presupuestado, en caso contrario te tocaría devolver parte de la ayuda concedida.

      Acércate a INEM, y pídeles información.

      Salu2.

  • lidia

    Mi pregunta es la siguiente, me han concedido el pago unico que me ingresan el 10 de abril.
    Me dan el 60% del desempleo que me correspondia y el resto para pagos de autonomo.
    Como yo entrege proformas por valor de 60.000 € para el inicio de la actividad me dan unos 16.000 €.
    Sobre que importe tengo yo que entregar ahora las facturas por los 16.000 € concedidos o por los 60.000 € de la inversion.
    Gracias

    • Según tengo entendido (Hice una consulta en INEM) tienes que entregar las facturas de la inversión presupuestada, es decir 60.000€ y en caso de entregar menos, te harán devolver la parte proporcional no gastada. Es decir, si sólo entregas facturas de 54.000€ (10% menos de lo presupuestado) te harán devolver el 10% del pago único: 1.600€.

      Además también tienes que ajustarte a los diferentes grupos de inversión que INEM te hizo rellenar en el momento de la solicitud: gastos en equipos informáticos, gastos en material …

      De allí la razón por la que cuando se hace el presupuesto de la inversión hay que ajustarse a la cantidad que puede capitalizar.

      Salu2.

  • carmen

    He solicitado el pago único y me han concedido unos 15.200 euros. Tengo un mes para presentar las facturas por este importe, y mi pregunta es la siguiente:
    – ¿esta cantidad concedida incluye el IVA de lo que voy a comprar, o el IVA lo pago yo?

    Cuando presenté los papeles con mi asesora, no tuvimos en cuenta el IVA y ahora me surge la duda, ya que si lo tengo que pagar yo ¡supondrá más de 2.000 euros!

    Muchas gracias por su atención,
    un saludo

    • Las cantidades no incluye el IVA.

      Las facturas lo tienes que presentar en el plazo de 1 mes desde que te realizan el pago.

      Salu2.

    • Alberto Farre

      Hola Carmen,

      Me interesa mucho que me cuentes los tiempos de tu capitalizacion, porque no lo tengo nada claro. HE hablado con el inem, el gestor, y lo que lees por aqui y tengo claros los pasos pero no en que orden ni los tiempos.

      Muchas gracias!

    • Alberto Farre

      Hola Carmen,

      Solo una preguntita con lo qeu decias del IVA. La memoria la presentaste sin IVA ( segun entiendo)… al final, ¿lo que te ingresaron era IVA incluido o sin IVA?

      Gracias!

    • Tienes que presentar las cantidades sin IVA e INEM te pagan las cantidades sin IVA.

      Las empresas y autónomos están exentos de pagar el IVA, lo único es que los proveedores te lo cobran, pero después tienes que solicitar la devolución a la Agencia Tributaria.

      Salu2.

  • Alberto Farre

    Buenas noches,
    Voy a pedir la capitalizacion del paro para invertir como autonomo en un negocio.
    Para enterarme bien de cómo iba he ido a un asesor que me ha comentado lo de la memoria, etc… y que si me aprueban la capitalizacion, el total de la inversión primero he de pagarla y luego me la reinvertirán.
    La verdad me he quedado a cuadros porque yo pensaba que solo habia que presentar facturas proforma y ellos te pagaban directamente.

    ¿ Eso es asi?

    Muchas gracias

    • carmen

      Eso es justo lo que he hecho yo. Pedí la capitalización de una parte del paro pendiente y el resto para cuotas de autónomo.
      Hice una memoria explicativa de mi proyecto, aunque me parece que no es necesaria para el INEM me dijeron que era conveniente (mi asesora), para que vean que tu proyecto es real y sólido. Ahí se explicó la inversión que se iba a realizar, aunque luego tienes que rellenar la hoja que te dan en el INEM con sus casillas correspondientes para activos fijos, activo circulante y gastos necesarios para el inicio de la actividad (con apartados cada uno de ellos).
      Es muy importante que solicites la capitalización antes de darte de alta de autónomo.
      Una vez solicitada y presentada la memoria y, en mi caso, las facturas proforma -(para que vieran una previsión real, aunque a mi casi no me las cogen porque como te digo, con la hoja que rellenas y la memoria ya tenían bastantes papeles)- hay que esperar a que te ingresen el dinero.
      Una vez ingresado ya te puedes dar de alta, ya que tienes un mes para presentar el alta de autónomos y el alta de actividades económicas, así como las facturas que justifican la inversión según los datos que les habías presentado.
      Lo que a mi me pasó fue que presenté el importe que yo necesitaba para mi inversión al INEM sin el IVA, y creo que es lo que hay que hacer, pero tenlo en cuenta porque eso lo tendrás que pagar tú.

      Puntualizo que en mi caso me han concedido el importe que solicitaba. Después me di cuenta de que el IVA no estaba incluido!!

      Espero haberte servido de ayuda, un saludo, carmen

    • Existe una forma que te permite no tener que desembolsar dinero:

      1. Solicitud del pago único, con memoria y facturas preforma.
      2. Esperar a la aprobación
      3. Darse de alta en autónomos, y presetar los papeles.
      4. Esperar el ingreso del dinero.
      5. Se dispone de un mes para presentación de las facturas de la inversión.

      Como es lógico, hay que tener la inversión bien preparada para cuando te ingrese el dinero realizar los pagos y obtener las facturas en el plazo de 1 mes para poderlo presentar.

      Por otro lado el IVA no entra en el pago único, ya que los autónomos y las actividades económicas no pagan IVA, sino que los adelanta para después solicitar la devolución a Hacienda:

      http://foro.preguntasfrecuentes.net/foros/trabajo/4512-ihay-que-incluir-el-iva-en-el-pago-unico-del-desempleo#4514

      Salu2

    • Alberto Farre

      Perdona Carmen,

      SOlo una preguntita mas… me interesaria saber si en la memoria que presentaste para la capitalizacion , el importe de la inversion qeu tenias que hacer para tu negocio eran 15.200 euros o era mas ( mas que nada para saber si financian lo que pides para el negocio).

      Graciassss!!!!

    • Ellos te pagan hasta un máximo del 60% de tu paro pendiente de cobrar no más, y además te exigen la inversión de la totalidad de la memoria explicativa, así que si quieres tener más libertad para invertir, ajustate en la memoria a la cuantía de tu capitalización.

      Salu2.

  • Alberto Farre

    Muchas gracias Carmen!!!
    Me interesaria , si es posible, saber mas de tu capitalizacion. Desde que entregaste la memoria en el INEM hasta que te ingresaron el dinero ¿ cuanto tiempo paso?.

    ¿Imagino que entre esas dos fechas hay una intermedia en la que te aprueban o deniegan la solicitud no?

    Gracias otra vez!

    • Efectivamente, y suelen tardar entre 1 y 2 meses.

      Salu2.

    • Alberto Farre

      Muchas gracias por la respuesta.

      Solo una pregunta mas.
      Tengo una empresa , desde hace 6 o 7 años, desde hace 4 en «standby». Nunca ha estado dada de alta en SS ( nunca con trabajadores). Me comento el asesor que de ser asi, no tenia ningun problema para la capitalizacion, ya que el INEM no cruza esos datos ( del registro), pero si de la SS.

      ¿ Es eso cierto?

      Muchas gracias otra vez!

    • Allí me pillas fuera de juego… desconocemos qué información utilizan la INEM para la verificación de los datos. De todas formas, yo intentaría hacer las cosas siempre bien.

      Salu2.

  • jonathan

    hola,tengo una duda y es que voy a solicitar la prestacion por desempleo en pago unico y las inversiones a realizar son de vehiculos industriales y son financiadas atraves de leasing y no se si lo consideraran como inversion al considerarse arrendamiento financiero.GRACIAS

    • Me temo que no, ya que tienes que presentar las facturas en el plazo de 1 mes desde el ingreso del dinero, y sólo tendrás las facturas de 1 o 2 meses de cuota del leasing.

      Lo que sí que puedes hacer es dar una entrada (correspondiente al dinero del pago único) y negociar con el banco de alguna forma para que te de una carencia inicial de x meses.

      Salu2.

  • carmen

    Hola Alberto, te han contestado muy bien y rápido, esto es una maravilla 🙂
    Sólo hay una cosa que me gustaría puntualizar, ya que lo tengo muy reciente.
    Preguntabas por los plazos desde que presentas los documentos en el Inem hasta que te conceden el dinero.

    En mi caso presenté los papeles un 02 de Marzo, por lo que hasta el 12 de Abril no me ingresaron el dinero. Si los hubiera presentado en Febrero, en Marzo lo hubiera tenido.

    De todas formas, igual depende de tu oficina del Inem, eso no te lo puedo asegurar.
    Y no, no hay ningún paso intermedio de notificación, por lo menos en el caso de que todo vaya bien.

    Te ingresan el dinero y desde ese momento tienes un mes para comprar y justificar.
    La carta del Inem te llega como una semana después que el dinero! 😉
    saludos,
    carmen

  • José

    Solicité la capitalización por desempleo, pero no he podido poner el marcha el negocio por no cumplir uno de los requisitos – capacidad económica -, ahora he reintegrado el importe de la capitalización. Mi pregunta es ¿ desde cuando tengo derecho a cobrar de nuevo la prestación por desempleo, desde el día siguiente a la fecha de solicitud de la capitalización o´ desde la fecha de solicitud de la reanudación de prestación ?, indicar que en nigún momento me dí alta como autónomo, viendo el panorama.

    • Si no ha llegado a darse de alta en autónomos, tendrá derecho a cobrar el paro de forma ininterrumpido. Es decir, INEM te tendrá que pagar todos los retrasos desde el día que te dejó de pagar.

      Salu2.

  • jose manuel

    Hola , a ver me quiero ir para argentina y quisiera saber que debo hacer para cobrar el paro en un solo pago unico. ya empese a cobrarlo hace tres mesen y me gustaria saber que se puede hacer

    muchas gracias..

    • Puedes acogerte al «plan de retorno voluntario» cuyos requisitos son:

      * Ser nacional de un país que tenga Convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social y tener residencia legal en España: Argentina es uno de los países.
      * Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
      * Tener reconocido el derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo, sin compatibilizarlo con un trabajo a tiempo parcial.
      * Asumir el compromiso de retornar a su país de origen en el plazo máximo de 30 días naturales contando a partir de la fecha del primer pago en España y el de no retornar a España en el plazo de tres años.
      * No estar incurso en los supuestos de prohibición de salida del territorio nacional previstos en la legislación de extranjería

      Salu2.

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