Los planes de pensiones es un buen instrumento de previsión para la jubilación, postergando el pago de los impuestos del rendimiento actual a los años en que supuestamente los ingresos serán menores y por lo tanto pagar menos impuestos, al tributar estos al tipo marginal.
Son deducibles de la parte general de la Base Imponible (Supone una deducción del tipo marginal que va desde el 24% hasta el 43%), con el límite individual por persona de la menor de las siguientes cantidades:
- 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. 50% en el caso de mayores de 50 años.
- 10.000€. 12.500€ en el caso de mayores de 50 años.
Se incluyen en los límites anteriores las aportaciones realizadas a otros sistemas de previsión social: Planes de empleo (incluidas las aportaciones realizadas por el promotor), mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros privados que cubren exclusivamente el riesgo de dependencia.
Las aportaciones que no se hayan podido reducir por insuficiencia de la Base Imponible General, o porque excedan del límite porcentual se podrán trasladar a los 5 ejercicios siguientes, respetando esos mismos límites, si bien así se debe de solicitar en la declaración de hacienda.
Además, si el cónyuge no obtiene rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas o los obtiene en cuantía inferior a 8.000€, se puede reducir las aportaciones al plan del cónyuge, con el límite de 2.000€ anuales.
Asimismo, existen deducciones especial en caso de aportaciones a planes de pensiones a favor de personas con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, tanto respecto de las aportaciones efectuadas por la propia persona con discapacidad como por las efectuadas por sus parientes en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive.
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Buenas tardes¡
Quisiera hacer una consulta en relacion a la reducción por las aportaciones realizada al plan de pensiones del conyuge, explico mi caso:
Yo de 55 años de edad, obtengo rendimientos inferiores a 8000 Euros anuales, mi marido va a aportar a mi plan de pensiones 2000 euros. ¿para que mi marido pueda reducir esos 2000 Euros aportados a mi plan de pensiones, es necesario que hagamos la declaración de la renta conjunta?
Gracias, Saludos
Creo que no hace falta, pero haz una consulta en la Agencia Tributaria para asegurarte.
Salu2.
hola buenas, tengo 65 y tengo un plan de pensiones el cual no deseo rescatar aun.Me gustaría seguir haciendo aportaciones mensuales al plan. Mi pregunta es, si esas aportaciones que yo seguiré haciendo son para mi o para mis herederos, ya que las hare una vez cumplido los 65.
Gracias
Sí, supongo que lo puedes seguir haciendo… pero no creo que fiscalmente te sea muy beneficioso.
Si traspaso mi Plan de Pensiones de una entidad a otra
¿ tengo algun beneficio de cara a la Renta a realizar el siguiente año?
No, te quedas igual.
Soy mayor de 50 años y me voy a beneficiar del maximo de mi reduccion por aportacion al plan de jubilacion de 12.500€. Pero voy a aportar tambien 2000€ al plan de jubilacion de mi conyuge que no obtiene rentas superiores a 8000€. ¿Eso quiere decir que en la declaracion conjunta el maximo de la reduccion sera de 14.500€? he estado haciendo simulaciones y no me lo acepta el programa. Aparece siempre el limite de los 12.500€. ¿Hago algo mal?
Los 12.500 lo tienes que poner en la casilla 500.
Y los 2.000 euros en la casilla 505.
Salu2