La Agencia Tributaria es la primera en suministrar información tributaria y en ofrecer un servicio gratuito para hacer la declaración de quienes no quieren o no saben hacerla por su cuenta. Además, elaborar un borrador de la declaración para quienes lo piden y cumplen ciertos criterios, además de un servicio de petición de datos fiscales que le permite comprobar lo que hacienda sabe de él.
Los puntos de información son:
- A través de Internet: www.agenciatributaria.es
- A través del Teléfono:
- Para solicitar Información tributaria básica: 901 335 533.
- Para solicitar cita previa: 901 223 344.
- Para pedir los datos fiscales y solicitar el borrador: 901 121 224 y 901 200 345.
Algunas comunidades también ofrecen servicios gratuitos para hacer la declaración, al igual que algunas empresas grandes, algunos bancos y cajas de ahorro que ayudan a sus trabajadores y clientes.
El programa PADRE, que se puede obtener de forma gratuito ya sea en CD o descargando de la página web de la Agencia Tributaria, es una buena ayuda a la hora de elaborar la declaración. Una vez introducido los datos en este programa, sólo se ha de imprimir el resultado en papel y listo para presentarlo en el banco.
Los impresos de la declaración, de venta en estancos, delegaciones y administraciones de la Agencia Tributaria se acompaña de una Guía de la declaración. El Manual Práctico de la Agencia Tributaria, más amplio y con ejemplos, se vende por separado.
Acudir a un asesor fiscal profesional (una declaración sencilla su coste ronda los 30€).
Hola mi pregunta es, ¿puedo deducir todo lo que gaste en la adquisicion de la compra de 1º vivienda?es decir las cuotas gastos de notaria y lo que di a la firma de escritura?muchas gracias
Sí, absolutamente todo:
– Gastos de notaría.
– Comisiones.
– Impuestos
– …
Salu2.
Buenos días.
Quisiera hacerles una pregunta. Tengo 2 plazas de garage, una la compre con el piso y la otra aparte.En el borrador, en el apartado de bienes inmuebles no afectos aaee, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados tanto en la casilla 69 como 80 me viene un importe de sesenta y tanto euros, no sé el pico pq no tengo el borrador delante. El importe del valor catastral de mi vivienda es de 12011.96€ al 50% entre mi marido y yo.
Quisiera saber como se ha calculado este importe. La vivienda con la plaza firmamos en febrero del 2007 y la 2º plaza la firmamos en junio o julio del 2007. .No sé si se tiene que meter todo como vivienda habitual o por el contrario hay que desglosarlo como ha ocurrido este año.Es el primer año que nos meten este concepto en la declaración y no sabemos si hay que meterlo o nó y si lo teniamos que haber metido en años anteriores dado que tenemos ambas plazas desde el 2007.
Espero su respuesta.
Gracias
El cálculo es el 1,1% del valor catastral si ha sido revisado a partir del 1 de Enero del 1994, en caso contrario el 2%.
Si la propiedad es de los 2, te tienes que imputar el 50% de esas rentas.
Salu2
Hola soy el que escribio antes, gracias por contestar, disculpe que insista, pero ¿puedo desgrabarme lo que pague antes de la firma de la escritura (lo que corresponda al 2010)?es decir con el contrato de compra y venta que firme con la constructora es suficiente, no es a partir de la firma de escritura cuando empezaria a desgrabarme no?(es por asegurarme), muchas gracias.
Que sí. Todo y desde la firma del contrato de compra venta.
Salu2.
Hola buenas tardes me compre una casa en diciembre 2009 asi aque en la declaracion del 2011 la e metido es 50 mia y 50 de mi novia no tenemos hijos ni estamos casados bueno a lo que voy e ganado casi unos 30000 euros y me han retenido 5000 y pico euros pago de hipoteca 550 mas o menos y resulta que me dan 30 euros solo es posible con todo lo que me han retenido
Sí, es posible, ya que seguramente has dicho a tu empresa que tienes una hipoteca y te ha retenido en función de esos datos. De allí que te salga a devolver sólo 30 euros.
Si eso es mucha rentención, es posible. En el último año y con el último gobierno nos ha subido bastante la carga impositiva.
Salu2.
Tengo una duda que quería exponeros: ¿deben declararse como bienes inmuebles a efectos de imputación de rentas los terrenos rústicos no sujetos a actividades económicas? Sé que antes estaban exentos al igual que los terrenos urbanos no construidos (los solares urbanos) pero no sé si con los últimos cambios en la ley del IRPF deben incluirse en la declaración. Gracias por adelantado
Según el manual del IRPF 2010:
La titularidad, plena o compartida, del derecho de propiedad o de derechos reales de disfrute sobre bienes inmuebles que no estén arrendados ni cedidos a terceros, ni tampoco estén afectos a actividades económicas, no genera rendimientos del capital inmobiliario, sino que da lugar a la aplicación del régimen especial de imputación de rentas inmobiliarias, con excepción de la vivienda habitual, los solares no edificados y los inmuebles de naturaleza rústica.
Salu2.
puedo revisar mi borrador sin tener el certificado de retenciones e ingresos de la empresa ,por ejemplo con las doce nominas del año
Sí, si los datos coinciden (que es lo más normal), sí.
Si hay diferencias es mejor esperar los certificados de retenciones.
Salu2.
Desde que somos familia numerosa,hace 5 años, estamos exentos de hacer declaración.Nuestra situacion economica es igual, pero el verano pasado pedimos un prestamo personal, para comprar algunas cosas en casa. ¿Debemos hacer este año la declaración?
Un préstamo personal no te obliga a hacer la declaración.
Salu2.
Saludos, somos familia numerosa, en el 2004 compramos unpiso y el 2009 lo entregamos en dacion al banco. Tengo que declarar ahora en el 2010 por esto?
No, no creo que tengas que hacer nada, y si lo tuvieras que hacer sería en la declaración de la renta que se entregó el año pasado.
Salu2.
hola en el año 2004 compre una finca rustica improductiva,y en la escritura inclui a mi madre como copropietaria estamos los dos.pero yo hago cada año la declaracion de renta y nunca la he declarado esta finca rustica,ya que creia que mi madre la declaraba,ella me dijo igual.tambien ocurre con una plaza de parking.mi pregunta es; que me puede pasar?
quiero declararlas el año 2011,me multaran por no haberlas declarado antes?
que documentos sobre la plaza parking y la finca rustica debo aportar? gracias de antemano un saludo
Por favor, en este artículo ponemos los contactos de los diferentes puntos de información donde podéis encontrar respuesta a vuestras dudas.
Por nuestra parte hemos escrito bastantes cosas sobre diferentes preguntes frecuentes de la gente… y en algunas cosas no lo hemos estudiado a fondo y nos reservamos el responderos.
En tu caso, sólo te daremos algunas pistas… los bienes a disposición tiene rentas imputadas que depende del valor catastral. Si no lo declaras y te pillan te pueden sancionar.
Salu2.
Pregunta sobre la renta.
En el 2010 compre una plza de aparcaqmiento fuera de mi vivienda habitual, hace dos días me llega el valor catastral por primeravez, que pongo en la declaración; revisado o sin revisar.
Que tanto por cinto tengo que pagar del valor catastral.
La plaza la he pagado sin pedir prestamo alguno, me puedo desgravar aldo, y los gastos de notario y otros, Gracias.
La compra de la plaza de garaje no adherido a la vivienda habitual no es deducible.
Tienes que mirar la fecha de la valoración catastral, lo más probable es que esté revisado y tengas que pagar un 1,1% del valor catastral en forma de rentas imputadas.
En caso contrario sería del 2%.
Salu2.